Micelio

decreto 1982 de 1983

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 31 del Decreto-ley 1652 de 1977

Artículo 31Del Decreto-Ley 1652 De 1977, El Instituto De Seguros Sociales Debe Fijar Anualmente Las Tarifas De Pago Por Cada Clase De Servicios De Salud Que Requiera Contratar Para Dar Atención A Sus Beneficiarios; Que De Acuerdo Con Lo Preceptuado En El Artículo 25 Del Decreto Reglamentario 007 De 1980 El Instituto Establecerá Las Normas, Procedimientos Y Controles Para La Prestación De Los Servicios De Urgencia Y El Reconocimiento De Los Respectivos Gastos; Que Para La Elaboración Del Manual De Definiciones, Contenidos Y Tarifas El Instituto De Seguros Sociales Integre Una Comisión Con Representantes De La Subdirección De Servicios De Salud, Subdirección Financiera, Oficina Jurídica Y De La Oficina Nacional De Planeación E Informática, Encargada De Reglamentar La Prestación De Los Servicios De Urgencia Y Revisar Los Contenidos Y Valores Que De Acuerdo Con Los Conceptos Médicos Y Los Avances Técnico-Científicos Justifiquen Modificación En El Manual Vigente; Que El Director General Del Instituto De Seguros Sociales Presentó A La Junta Administradora Del Iss En Su Sesión Del Día 4 De Noviembre De 1982, El Estudio Para La Actualización Del Manual De Definiciones, Contenidos Y Tarifas, En Cumplimiento De Lo Dispuesto En Los Artículos 31 Del Decreto-Ley 1652 De 1977 Y 44 Del Decreto 007 De 1980; Que Según Consta En El Acta Número 063 La Junta Administradora Considero Necesario Crear Una Comisión Con El Fin De Revisar El Manual De Definiciones, Contenidos Y Tarifas Y Que Según Su Informe En Sesión Del 18 De Noviembre Y Tal Como Quedó Consignado En El Acta Número 064, Se Decidió Solicitar Al Gobierno Nacional La Prórroga De La Vigencia Del Decreto 3393 De 1° De Diciembre De 1981, Por El Tiempo Que El Instituto Considerara Necesario, Mientras Se Realizaba El Estudio Y Se Efectuaban Las Modificaciones Según Las Recomendaciones De La Comisión; Que El Decreto 3393 De 1981 Aprobatorio Del Acuerdo Número 190 Del Mismo Año, Por El Cual Se Adoptó El Manual De Definiciones, Contenidos Y Tarifas Expiró A Partir Del 22 De Noviembre De 1982; Que La Junta Administradora Del Iss Ha Considerado Necesario Y Conveniente La Prórroga De La Vigencia Del Decreto 3393 De 1981 Hasta Tanto Las Adopte El Nuevo Manual Con Las Modificaciones Que Sean Recomendadas Por La Comisión Nombrada Para El Efecto Y Aprobadas Por La Junta; Que Mediante Decreto Ejecutivo Número 699 De Fecha 8 De Marzo De 1983, Se Prorrogó La Vigencia Del Acuerdo Número 190 Aprobado Por Decreto 3393 Del 1° De Diciembre De 1981 Sobre El "manual De Definiciones, Contenidos Y Tarifas Del Iss" Hasta El 31 De Mayo De 1983; Que Por Las Razones Expuestas La Junta Administradora Del Instituto De Seguros Sociales, Acuerda Expedir El Manual De Definiciones, Contenidos Y Tarifas, Para El Reconocimiento Y Pago De Los Servicios De Salud Que El Iss Se Vea

Artículo primero. Apruébase el "Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas" para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales, adoptado por la Junta Administradora del ISS, en su sesión del día 28 de abril de 1983, según consta en el Acuerdo numero 253, que a continuación se transcribe: ACUERDO NUMERO 253 DE 1983 (abril 28) por el cual se adopta el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas. La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 31 del Decreto-ley 1652 de 1977, el Instituto de Seguros Sociales debe fijar anualmente las tarifas de pago por cada clase de servicios de salud que requiera contratar para dar atención a sus beneficiarios; Que de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 25 del Decreto reglamentario 007 de 1980 el Instituto establecerá las normas, procedimientos y controles para la prestación de los servicios de urgencia y el reconocimiento de los respectivos gastos; Que para la elaboración del Manual de Definiciones, contenidos y Tarifas el Instituto de Seguros Sociales integre una Comisión con representantes de la Subdirección de Servicios de Salud, Subdirección Financiera, Oficina Jurídica y de la Oficina Nacional de Planeación e Informática, encargada de reglamentar la prestación de los servicios de urgencia y revisar los contenidos y valores que de acuerdo con los conceptos médicos y los avances técnico-científicos justifiquen modificación en el Manual vigente; Que el Director General del Instituto de Seguros Sociales presentó a la Junta Administradora del ISS en su sesión del día 4 de noviembre de 1982, el estudio para la actualización del Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 31 del Decreto-ley 1652 de 1977 y 44 del Decreto 007 de 1980; Que según consta en el Acta número 063 la Junta Administradora considero necesario crear una Comisión con el fin de revisar el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas y que según su informe en sesión del 18 de noviembre y tal como quedó consignado en el Acta número 064, se decidió solicitar al Gobierno Nacional la prórroga de la vigencia del Decreto 3393 de 1° de diciembre de 1981, por el tiempo que el Instituto considerara necesario, mientras se realizaba el estudio y se efectuaban las modificaciones según las recomendaciones de la Comisión; Que el Decreto 3393 de 1981 aprobatorio del Acuerdo número 190 del mismo año, por el cual se adoptó el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas expiró a partir del 22 de noviembre de 1982; Que la Junta Administradora del ISS ha considerado necesario y conveniente la prórroga de la vigencia del Decreto 3393 de 1981 hasta tanto las adopte el nuevo Manual con las modificaciones que sean recomendadas por la Comisión nombrada para el efecto y aprobadas por la Junta; Que mediante Decreto Ejecutivo número 699 de fecha 8 de marzo de 1983, se prorrogó la vigencia del Acuerdo número 190 aprobado por Decreto 3393 del 1° de diciembre de 1981 sobre el "Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas del ISS" hasta el 31 de mayo de 1983; Que por las razones expuestas la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, ACUERDA Expedir el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para el reconocimiento y pago de los servicios de salud que el ISS se vea. precisado a contratar, la atención de urgencias, la remisión de pacientes al exterior y la venta excepcional de servicios. CAPITULO I Intervenciones y procedimientos quirúrgicos nomenclatura, clasificación y tarifas. Artículo 1º. Fíjanse para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos, la siguiente clasificación de grupos y tarifas: Grupo Tarifa I………………………………………………………………………………………………… $ 1.500 II…………………………………………………………………………………… 1.800 III………………………………………………………………………………….. 3.000 IV………………………………………………………………………………………………. 4.100 V……………………………………………………………………………………………….. 5.800 VI………………………………………………………………………………………………. 7.600 VII……………………………………………………………………………………………… 8.900 VIII……………………………………………………………………………………………… 10.800 I&x#8230;…………………………………………………………………………….. 13.000 &x#8230;…………………………………………………………………………………………….. 16.000 XI………………………………………………………………………………………………. 18.000 XII……………………………………………………………………………….. 20.000 Grupo especial I………………………………………………………………………………………………… 26.500 II………………………………………………………………………………….. 34.500 III…………………………………………………………………………………. 40.300 IV……………………………………………………………………………………………….. 63.300 Artículo 2° Señálanse para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos en la especialidad de Neurocirugía, la siguiente nomenclatura, clasificación y tarifas: 01 Incisión y escisión del cráneo y de los órganos intercraneales Trepanaciones del cráneo. 01.00 Craneotomía de descomposición craneana (Trepanación)………………… VII 01.01 Craneotomía para extracción cuerpo extraño………………………………. VIII 01.02 Craneotomia para drenaje hematoma epidural arterial……………………… XI 01.03 Craneotomía para hematoma epidural venoso……………………………… X 01.04 Craneotomía para extracción secuestro…………………………………………… VIII 01.05 Craneotomía para reapertura sitio de craneotomía………………………………. VI 01.06 Craneotomía para drenaje de hematoma de fosa posterior……………………... GE.I Trepanaciones del cráneo para aspiración y/o punción. 01.20 Craneotomía para extirpación adenomas hipofisiarios…………………………… GE.II 01.21 Craneotomía para drenaje craneofaringioma……………………………………… XII 01.22 Craneotomía para drenaje y extracción de quiste coloide de tercer ventrículo…. GE.II Trepanaciones del carneo para tratamiento quirúrgico de tumores y lesiones vasculares 01.30 Craneotomía para resección de tumores de fosa anterior……………………….. GE.I 01.31 Craneotomía para resección de tumores de fosa media…………………………. GE.I 01.32 Craneotomía para resección de tumores de fosa posterior………………………. GEM 01.33 Craneotomía para, resección de tumores intraventriculares…………………….. GE.II 01.34 Craneotomía para tratamiento quirúrgico de lesiones vasculares congénitas o adquiridas…………………………………………………………………………….. GE.II Incluye: Aneurismas arteriales Hemangiomas. Malformaciones arteriovenosas. 01.35 Craneotomía para tumores del ángulo pontocerebeloso ………………………… GE.III 01.36 Craneotomía para drenaje de hematomas subdural e intracerebrales…………… XII Trepanaciones del cráneo para incisión de meninges y cerebro 01.40 Craneotomía para cartisectomía…………………………………………………….. XII 01.41 Craneotomía para leucotomía……………………………………………………….. XII 01.42 Craneotomía para lobectomía……………………………………………………….. XII 01.43 Craneotomía para lobotomía………………………………………………………… XII 01.44 Craneotomía para procedimientos esteriotóxicos…………………………………. GE.I 01.44 Craneotomía para tractomía del bulbo raquídeo………………………………….. XII 01.46 Craneotomía para tractomía del mesencéfalo…………………………………….. XII 01.47 Craneotomía para hemisferectomía………………………………………………… GE.III Trepanaciones del carneo para operaciones sobre los núcleos grises centrales y vías de asociación. 01.50 Craneología para operación sobre asa lenticular………………………………….. XII 01.51 Craneotomía para operación sobre cíngulo……………………………………….. XI 01.52 Craneotomía para operación sobre forni&x#8230;……………………………………….. XII 01.53 Craneotomía para operación sobre globus palidus……………………………….. XII 01.54 Craneotomía para operación sobre núcleo amigdalisno…………………………. XII Trepanación del carneo para extirpación de lesión y o tejido de las meninges cerebrales. 01.60 Craneotomía para extirpación de lesión y, o tejido de las meninges cerebrales XII Incluye: Ia practicada por: Cicatriz. Fungus del cerebro Hernia cerebral. (por medio de curetaje descorticación, desbridamiento, destrucción, (criocirugía), marsupialización, resección). Trepanaciones del carneo para hipofisectomía 01.70 Hiposifectomía transesfenoidal………………………………………………………. GE.II Trepanación del carneo para operaciones del cuerpo pineal. 01.80 Craneotomía para pinealectomía……………………………………………………. GE.III 02 .Oras operaciones del carneo, encéfalo y de las meringes cerebrales. Operaciones plásticas del carneo (Reparación ósea craneal) 02.00 Corrección hundimiento craneano………………………………………………….. VIII 02.01 Craniectomía lineal o en banda (apertura de suctura craneal).(Morcelación)…. XI 02.02 Craneoplastia………………………………………………………………………….. XI Incluye: Injerto. Placa metálica Placa plástica.. 02.03 Esquirlectomía craneal………………………………………………………………. IX 02.04 Resección tumor óseo craneal……………………………………………………… X Reparación de las meninges cerebrales 02.10 Reparación encefalocele…………………………………………………………… XII 02.11 Reparación meningocele craneal………………………………………………….. XII Operaciones de tipo derivativo 02.20 Derivación ventriculo-atrial…………………………………………………………… IX 02.21 Derivación ventriculo-peritoneal…………………………………………………….. XI 02.22 Derivación ventriculo-pleural…………………………………………………………. IX 02.23 Derivación ventriculo-subaracnoidea cervical……………………………………… IX 02.24 Derivación subduro-atrial…………………………………………………………….. IX 02.25 Derivación subduro-peritoneal………………………………………………………. IX 02.26 Drenaje de quiste hacia ventriculo………………………………………………….. IX 02.27 Ventriculostomía (drenaje externo) …………………………………………………. V Revisión o eliminación de derivación 02.40 Eliminación de derivación……………………………………………………………. V 02.41 Revisión de derivación……………………………………………………………….. V Otros procedimientos intracraneales (sin craneotomía) 02.90 Punción cisternal………………………………………………………………………. II 02.91 Punción ventricular……………………………………………………………………. II 03. Operaciones sobre el raquis y la médula espinal. Resección de láminas vertebrales 03.00 Hemi o laminectomía cervical para lesión distal…………………………………… X 03.01 Hemi o laminectomía cervical para lesión medular……………………………….. XI 03.02 Hemi o laminectomía dorsal para lesión distal…………………………………….. IX 03.03 Hemi o laminectomía dorsal para lesión medular…………………………………. IX 03.04 Hemi o laminectomía lumbar para lesión distal……………………………………. IX 03.05 Hemi o laminectomía lumbar para lesión interraquídea del cono medular y cola de caballo………………………………………………………………………………. XII 03.06 Revisión de laminectomía……………………………………………………………. IV 03.07 Laminectomía para tumores intrarraquídeos y malformaciones vasculares……. GE.I Secición de raíz de nervio requídeo 03 10 Raizotomía anterior o posterior……………………………………………………… XI Incisiones sobre médula espinal 03.20 Cordotomía a cielo abierto de la medula espinal………………………………….. XI 03.21 Cordotomía percutánea de la médula espinal………………………………….. X Extirpación lesión medular o de meninges espinales 03.30 Resección lesión en médula…………………………………………………………. XII Incluye: Fístula. Quiste. 03.31 …Resección lesión en meninges espinales…………………………………………. XII Incluye: Fístula. Quiste. Operaciones plásticas de las médula yde las meninges espinales 03 40 Corrección meningocele cervical……………………………………………………. XII 03 41 Corrección meningocele torácico……………………………………………………. XII 03 42 Corrección meningocele lumbar…………………………………………………….. XII 03 43 Corrección meningorradicucele lubosacro…………………………………………. XII 03 44 Corrección sielomeningocele cervical………………………………………………. XII 03 45 Corrección mielomeningocele torácico…………………………………………… XII Liberación adherencias espinales 03 50 Liberación de adherencia de la medula, raíces y nervios raquideostécnica microcirugía……………………………………………………………………………………. XII Otros procedimientos neurológicos sobre el raquis y la médula espinal. 03.80 Elevación de fragmentos de hueso fracturado columna vertebral………………. VII 03.81 Operación de cloward (artrodesia anterior o posterior de columna cervical lumbar) ………………………………………………………………………………. XII 03 82 Cerclaje………………………………………………………………………………… XII Otras operaciones de la medula espinal, de las raíces de los nervios raquídeos y de las meninges espinales. 03.90 Corrección diastematomielia………………………………………………………… XI 03.91 Punción lumbar………………………………………………………………………… I 03. 92 Resección malformación congénita raquimedular……………………………….. GE.I 04 Operaciones de los nervios periféricos Exploración de nervio periférico 04.00 Descompresión nervio periférico brazo VI** 04.01 Descompresión nervio periférico antebrazo VI** 04.02 Descompresión nervio periférico mano (uno a dos dedos) V** 04.03 Descompresión nervio periférico mano (tres o más) dedos VI** 04.04 Descompresión nervio periférico muslo VI** 04.05 Descompresión nervio periférico pierna VI ** 04.06 Descompresión nervio periférico pie V** Estirpación lesión de nervio periférico 04 20 Resección tumor nervio periférico brazo VIII* 04 21 Resección tumor nervio periférico antebrazo VIII* 04.22 Resección tumor nervio periférico mano (una o dos) dedos VI* 04.23 Resección tumor nervio periférico mano (tres o más) dedos VII* 04.24 Resección tumor nervio periférico muslo X 04.25 Resección tumor nervio periférico pierna IX* 04.26 Resección tumor nervio periférico pie VI** Sutura de nervio periférico 04.40 Neurorrafia. nervio periférico brazo VIII** 04.41 Neurorrafia nervio periférico antebrazo VIII** 04.42 Neurorrafia nervio periférico mano (uno a dos dedos (con microcirugía) IV 04.43 Neurorrafia nervio periférico mano (tres o más) dedos (con microcirugía) VI** 04.44 Neurorrafia nervio periférico muslo IX* 04.45 Neurorrafia nervio periférico pierna IX* 04.46 Neurorrafia nervio periférico pie IV* Liespación adherencias de nervios periféricos 04.60 Neurolisis nervio periférico brazo VII** 04 61 Neurolisis nervio periférico antebrazo VII** 04.62 Neurolisis nervio periférico mano (uno a dos) dedos, (con microcirugía) III** 04.63 Neurolisis nervio periférico mano (tres o más) dedos, (con microcirugía) V** 04.64 Neurolisis nervio periférico muslo IX* 04.65 Neurolisis nervio periférico pierna IX* 04.65 Neurolis nervio periférico pie IV* Bloqueo de nervio periférico 04.80 Bloqueo de nervio periférico III* Incluye: Inyección intraneural de procaina o alcohol Otras operaciones sobre nervios periféricos y pares craneales 04.90 Injerto de nervio periférico y pares craneanos X 04.91 Transposición nervio periférico y pares craneanos X 05 Operaciones de nervios y ganglios simpáticos Sección de nervio y ganglio simpático 05.00 Sección de nervio y ganglio simpático VII Incluye: Corte División Esplacnicotomía Simpaticotripsia Transección Tritursción Simpatectomía y gangliectomía simpática 05.10 Simpatectomía o gangliectomía simpáica VII Incluye: Escisión de nervio simpático Gangliectomía simpática Neurectomía presacra Resuciten de nervio simpático Gangliectomía esfenopalatina (de lbieckel) Bloqueo de nervio simpático 05.20 Bloqueo de nervio simpático III Incluye: Ganglio estrellado Inyección intraneutral de Procaina o alcohol Exploración plejos 05.30 Exploración plejo cervical X* 05.31 Exploración plejo branquial X* 05.32 Exploración plejo lumbar VII 05.33 Exploración plejo sacro VIII Otras operaciones de nervios y ganglios simpáticos 05.90 Exploración ganglio simpático cervical X . 05.91 Simpatectomía cervical X 05.92 Simpatectomia dorsal X 05.93 Simpatectomía dorso-lumbar X 05.94 Simpatectomía lumbar X 05.35 Simpatectomía periarterial X Articulo 3° Señálanse para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de oftalmología, la siguiente nomenclatura, clasificación y tarifas: A. OPERACIONES DE LOS ANEXOS DE LOS OJOS 06 Operaciones del aparato lagrimal. Incisión de la glándula y saco lagrimales 06.00 Drenaje glándula lagrimal II* Incluye: Saco lagrimal 06. 01 Exploración glándula lagrimal II** Incluye: Saco lagrimal 06.02 Extracción cuerpo extraño glándula lagrimal VI** Incluye: Saco lagrimal Resección lesión de glándula y saco lagrimales 06.10 Dacriocistectomía V** 06.10 Resección de glándula lagrimal V** Operaciones del saco lagrimal 06.20 Conjuntivodacriocistorrinostomía X* 06.21 Decriocistorrinostomía X* Operaciones plásticas del conducto lagrimal 06.40 Plastia decanaliculos lagrimales VIII* 06.41 Sutura de canaliculos lagrimales VIII* Cateterismo del tracto lagrimal 06.50 Sondeo vías lagrimales II** Incluye: Afrandamiento punto lagrima. Dilatación punto lagrimal Lavado saco lagrimal Otras operaciones del aparato lagrimal 1 06.90 Estricturotomía VI* 06.91 Remoción cálculos aparato lagrimal III** 06.92. Cauterización del conducto lacrimonasal II 07. Operaciones de los párpados Incisión en los párpados 07.00 Elefarotomía II** 07.01 Drenaje abceso palpebral II** 07.02 Drenaje chalazión II** Resección lesión párpado 07.10 Cauterización chalazión II** 07.11 Resección chalazión II** Otras escisiones de lesiones del párpado 07.20 Fulguración párpado II** 07.21 Resección tumor párpado III** 07.22 Tarcectomía III** Suturas en párpado 07.30 Blefarorrafía II** 07.31 Tarsorrafía II** Operaciones plásticas en párpado 07.40 Correción ectropión VI** 07.41 Corrección entropión VI** 07.42 Injerto cartílago tarsal V** 07.43 Injerto párpado VI** 07.44 Plastia párpado VI** 07.45 Tarsoplastia VI** Depilación de párpado 07.50 Electrólisis pestañas II** 07.51 Corrección distiquiasis III** Operaciones de las comisuras palperrales 07.60 Cantoplastia III** 07.61 Cantorrafia III** 07.62 Catotomía III** 07.63 Corrección epicanto V** Operaciones del músculo elevador del párpado y de sus tendones 07.70 Corrección ptosis palpebral IX** 07.71 Tenctomía elevador del párpado IV** 07.72 Corrección ptosis palpebral deslizamiento músculo frontal VII 08. Operaciones de la conjuntiva Exploración de la conjuntiva 08.10 Extracción cuerpo extraño de la conjuntiva II** Resección de lesión de la conjuntiva 08.20 Curetaje de la conjuntiva II** 08.21 Peritomía total V** 08.22 Resección pterigión IV** 08.23 Resección pterigión con implante de mucosa labial V** 08.24 Resección quiste conjuntival IV** 08.25 Resección tumor de la. conjuntiva IV** Reparaciones y operaciones plásticas de la conjuntiva 08.40 Sutura de la conjuntiva III** 08.41 Injerto de la conjuntiva IV** Incluye: Trasplante de la conjuntiva Otras operaciones de la conjuntiva 08.90 Corrección simblofaron V''** 0891 Inyección conjuntival I** Operaciones de la órbita Incisiones en la órbita 09.00 Descompresión de órbita VIII* 09.01 Drenaje abceso de órbita III** 09.02 Extracción cuerpo extraño de órbita X* 09.03 Orbitotomía simple III** Resección de lesión de la órbita 09.10 Desección tumor órbita XI** Escisión del contenido orbitario 09.20 Exenteración de órbita XI* Operaciones plásticas de la órbita 09.30 Plastia de órbita V** 09.31 Inserción de prótesis orbitaria X* Incluye: Reinserción. 09.32 Plastia de órbita con reconstrucción de fondos de saco con injertos de piel X * B. 10. Operaciones del globo y de los músculos oculares Exploración intraocular 10.00 Extracción cuerpo extraño intraocular (de los elementos anatómicos del ojo) XII* Resección del globo ocular 10.10 Enucleación VI* 10.11 Enucleación con implante VII* Sutura del globo ocular 10.20 Sutura corneo-escleral VI Incluye: Consecutiva a traumatismo. Otras operaciones del globo ocular 10.30 Inserción secundaria de prótesis (con formación de fondos de saco conjuntivales) VI** Operaciones sobre los músculos y tendones del globoocular 10.40 Corrección estabismo VII** Incluye: Miotomía ocular (resección) Tenotomía ocular (retroinserción) C. OPERACIONES DE LOS ELEMENTOS INTRAOCULARES 11. Operaciones de la córnea y de la esclerótica Incisiones en la córnea y/oesclerótica 11.00 Drenaje absceso córnea III** 11.01 Evacuación de hipema VII** 11.02 Extracción cuerpo extraño de córnea II** 11.03 Extracción cuerpo extraño de esclerótica II** 11.04 Paracentesis de cámara anterior V** 11.05 Queratotomía V "* Resección y/o destrucción de lesión en la córnea 11.20 Cauterización de córnea (termo o crio aplicación II** 11.21 Curetaje de córnea II** 11.22 Queratactomía V"* 11.23 Resección tumor cornea V** Reparación y operaciones plásticas de la córnea 11.40 Sutura córnea superficial IV 11.41 Sutura córnea perforante VIII 11.42 Queratoplastia penetrante XII 11.43 Queratoplastia superficial XI 11.44 Reparación herida corneoscleral con hernia uveal o faquetomía XII 11.45 Queratofaquia GE.I 11.46 Queratomilsusis GE.I Otras operaciones de la córnea 11.50 Aplicación implante en la córnea XII 11.51 Tatuaje de la córnea V** Operaciones de la esclerótica 11.60 Diatermia esclerótica V** 11.61 Esclerectomía V** 11.62 Escleroplastia V** 11.63 Esclerotomía posterior V** 11.64 Resección tumor de la esclerótica V** 11.65 Sutura de esclerótica V** 12. Operaciones del iris y del cuerpo ciliar Operaciones sobre el iris y o cuerpo ciliar 12.00 Cauterización del iris V** 12.01 Iridectomía VI** 12.02 Iridodiálisis anterior V** 12.03 Iridodiálisis posterior V** 12.04 Iridotasis V** 12.05 Iridotomía V** 12.06 Resección tumor cuerpo ciliar VII** 12.07 Resección tumor iris VII** Reparación y operaciones plásticas sobre iris o cuerpo ciliar 12.30 Coreoplastia V** 12.31 Fijación iris V** 12.32 Iridoplastia V** 12.33 Iridotomía por fotocoagulación IV** Otras Operaciones del iris 12.50 Ciclodiatermia IX* 12.51 Sinequiotomía V** Otras operaciones del cuerpo ciliar 12.90 Neurectomía Optico-ciliar VI** 13. Operaciones de la Cámara anterior de Ia retina Operaciones de cámara anterior (del ojo). Operaciones filtrantes. 13.10 Ciclodiálisis VI* 13.11 Esclerotomía anterior V** 13.12 Coniopunción IX** 13.13 Goniotomía IX* 13.14 Iridencelsis VII** 13.15 Trabeculectomía (esclerectomía subescleral) VIII** 13.16 Trabeculotomía VIII 13.17 Fotocoagulación del ángulo camerular V* Operaciones para reinserción de la retina 13.40 Retinopexias XII* Incluye: Ruclo escleral total o parcial 13.41 Retinopexia por crio y por distermia VI* 13.42 Retinopexia por fotocoagulación con láser VIII* 13.43 Introducción de silicón líquido o procedimientos similares para reemplazar el humor vítreo XII** Otras operaciones de la retina 13.90 Diatermina de la retina V* Incluye: Por angiomatosis Lesiones inflamatorias Microaneurisma de Leber Periflebitis Retinopatía diabética Tumor 14. Operaciones del cristalino y delcuerpo vítreo Operaciones del cristalino 14.00 Capsulotomía (del cristalino) VIII* 14.01 Discisión de cristalino aspiración de masas, faco emulsificación X* 14.02 Extracción extracapsular cristalino X* 14.03 Extracción intracapsular cristalino X* 14.04 Lentes intraoculares GE.I Operaciones del cuerpo vítreo 14.80 Vitrectomía XII Artículo 4º. Señálanse para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de Otorrinolaringología, la siguiente nomenclatura y clasificación: Operaciones del oído externo Incisión del oído externo 16.00 Drenaje absceso de Bezcid V** 16.01 Drenaje absceso simple o hematoma de oído externo II** Escisión de lesión del oído externo 16.10 Resección apéndice pre-suricular I** 16.11 Resección fístula pre-auricular V** 16.12 Resección quiste pabellón auricular V** 16.13 Resección tumor benigno conducto auditivo externo IV** 16.14 Resección tumor maligno conducto auditivo externo VIII Incluye: Reconstrucción de la cavidad operatoria. Operaciones pláticas del conducto auditivo externo 16.20 Corrección agenesia conducto auditivo externo XII Otras operaciones del oído externo 16.90 Extracción cuerpo extraño conducto auditivo externo con incisión III** 16.91 Extracción cuerpo extraño conducto auditivo externo sin incisión II** 16.92 Reconstrucción pabellón auricular V** 16.93 Sutura herida de pabellón auricular III** 17. Operaciones del oído medio Operaciones sobre tímpano 17.00 Miringocentesis con colocación de válvula odiábolo IV** 17.01 Miringotomía II** Operaciones plásticas del oído medio 17.10 Meurotomía (nervio) de Jacobson IX* 17.11 Timpanoplastia tipo I (Miringoplastia ) IX* Incluye: Injerto en tímpano perforado para formar nuevo tímpano. Reparación de la membrana del tímpano solamente. Reparación del tímpano perforado (cadena de huesillo normal). 17.12 Timpanoplastia tipo II XI* Incluye: Injerto que reemplaza el martillo y toda la membrana del tímpano. 17.13 Timpanoplastia, tipo III XI* Incluye: Injerto de la membrana del tímpano puesto en contacto con el estribo móvil o intacto. 17.14 Timpanoplastia, tipo IV XII* Incluye: Injerto unido al promontorio del tímpano, de manera que se forma una pequeña cavidad neumática entre la ventana redonda y el injerto. (Eliminación de tumores) , Colestentoma y aplicación de prótesis). 17.15 Trasplante del oído medio XII* Operaciones del estribo 17.40 Estapedectomía XII* Incluye: Estribo artificial Operación de Schuknecht Prótesis de oído medio 17.41 Movilización del estribo (crurotomía) XI Operaciones sobre la mastoides 17.50 Injerto o mastonomía de nervio facial XII* 17.51 Liberación nervio facial (2ª y 3 a porción) XII* 17.52 Mastoidectomía radical XI* 17.53 Mastoidectomía simple (atico-antromastoidectomía) X* Otras operaciones del oído medio 17.90 Resección glomus yugulares (quemodectoma XII 18. Operaciones de oído interno . Incisiones del oído interno y procedimientos destructivos 18.00 Laberintectomía XII* Incluye: Diatermia. crioterapia, electrocoagulación, ultrasonido y vestigulotomía para tratamiento del vértico (vía abierta). 18.01 Laberintotomía (derivación saco endolinfático) XII* Incluye: Operación de: Fick Puleck Otras operaciones del oído interno 18.90 Apicectomía de la pirámide petrosa (Cravinigo) XI* 18.91 Cirugía del conducto auditivo interno XII* Incluye: Liberación nervio facial Neurectomía del nervio vestibular Resección neurinoma del acústico 19. Operación de la nariz y de los senos paranasales Resección de lesión de la nariz 19.00 Cirugía del escleroma nasal X Incluye: Resección de masas tumorales Permeabilización de luz nasal Tratamiento quirúrgico de las secuelas 19.01 Resección pélipo gigante dekilliam X 19.02 Resección tumor benigno de cafum XII Incluye: Fibrona nasofaringeo 19.03 Resección tumor benigno de nariz V Incluye: Polipectomía nasal Extracción rinolito 19.04 Resección tumor maligno de cavum XII Operaciones sobre septum nasal 19.10 Cierre perforación septal X Incluye: Injerto. 19.11 Drenaje absceso o hematoma tabique nasal III 19.12 Septoplastia VII Incluye: Extirpación, reposición cartílago y hueso del septum. Operaciones sobre cornetes 19.20 Electrocoagulación nervio vidiano y/o extirpación por microcirugía XII 19.21 Turbinectomía (resección de cornete) V Operaciones plásticas sobre nariz 19.30 Rinoplastia VIII 19.31 Septorrinoplastia (para función respiratoria, no estética) XI 19.32 Sutura herida de nariz V Incluye: Reparación cartílago y/o mucosa nasal. Reducción de fractura de los huesos nasales 19.40 Reducción fractura cerrada huesos propios IV 19.41 Reducción fractura abierta huesos propios V Otras operaciones de la nariz 19.50 Abordaje de silla turca (hipefisis) per vía trans-septoesfenoidal XII 19.51 Cauterización o electrocoagulación mucosa nasal IV 19.52 Cirugía para tratamiento de epistaxis IX* Incluye: Ligadura carótica externa Ligadura etmoidales Ligadura maxilar interna 19.53 Corrección atresia coanas XII 19.54 Extracción cuerpo extraño nariz II 19.55 Operación de Byries Ramadier (Ozena) VIII* 19.56 Taponamiento nazal anterior II 19.57 Taponamiento nasal anterior y posterior V Operaciones sobre senos paranasales 19.60 Frontotomía radical VIII 19.61 Operación de Lynch VIII Incluye: Mucocele frontal 19.62 Maxilo-esfeno etmoidectomía VIII* 19.63 Maxilo-esfeno fronto-etmoidectomía (Emro de Lima) IX* 19.64 Maxilo-etmoidectomía IX* 19.65 Operación de Cadwell-Luc (sinusotomía maxilar) VI Otras operaciones sobre senos paranasales 19.70 Antrotomía intranasal VI 19.71 Corrección fístula oroantral VII** Incluye: Fístula gingivonasal 19.72 Esfenoidctomía VII 19.73 Etmoidectomía externa VII 19.74 Etmoidectomía intranasal IX 19.75 Etmoidotemía intranasal VII 19.76 Maxilectomía superior X* 20. Operaciones de la laringe y de la tráquea. Operaciones sobre la laringe (por la vía abierta) 20.00 Laringotomía IX Incluye : Para extracción de cuerpo extraño Escisión de lesión de la laringe, cuerdas vocales y traquea (vía abierta) 20.10 Resección lesión laringea (vía abierta) X 20.11 Resección lesión traquea (vía abierta) X Excisión de lesión de Ia laringe, cuerdas vocales y traquea (vía endoscópica) 20.20 Decorticación de las cuerdas vocales vía endoscópica) VIII 20.21 Resección lesión laringe (vía endocópica) VIII Incluye: Papilomatosis laringea 20.22 Resección lesión tráquea (vía endoscópia) VIII Resección radical de la laringe 20.30 Laringectomía total XII 20.31 Laringofaringectomía (comando) XII Reparación y operaciones plásticas de la laringe 20.40 Anastromosis laringe-traqueal término-terminal XII 20.41 Aplicación molde laringeo VII 20.42 Aritenoideopexia X 20.43 Extracción molde laríngeo III 23.44 Laringoplastia X 20.45 Laringorrafia X Operaciones sobre tráquea 20.50 Traqueotomía simple V 20.51 Traqueostomía (para extracción de cuerpo extraño) VI Resección parcial de laringe 20.60 Laringectomía parcial XI Incluye: Aritenoidectomía Cordectomía Cricoidectomía Cricotiroidectocmía Epiglotectomía Hemilaringectomía. Reconstrucción plástica de la traquea con material inerte 20.70 Reconstrucción plástica de la traquea XII Incluye: La efectuada para colocar una laringe nueva (dispositivo para sustitución de la voz) Otras operaciones de la laringe y de la tráquea (vía abierta) 20.80 Cierre de fístula traqueal VIII 20.81 Traqueografía VIII Otras operaciones de la laringe y de la tráquea 20.90 Dilatación de la laringe (por cesión) III 20.91 Dilatación de la traquea (por cesión) III 20.92 Inyección intracordial de teflón o similar XI 20.93 Sección de adherencias de la laringe (sinequiotomía anterior) IX 20.94 Sección de membrana congénita de la laringe X 21. Operaciones de la laringe, de las amígdalas y de vegetaciones adenoides Operaciones periamigdalianas 21.00 Drenaje absceso periamigdaliano III Operaciones sobre las amígdalas 21.10 Amigdalectomía V Operaciones sobre adenoides y amígdalas 21.20 Adenoamigdalectomía V Operaciones sobre adenoides 21.30 Adenoidectomía III Otras operaciones de las amígdalas y de vegetaciones adenoides 21.40 Control hemorragia post-amigdalectomía III 21.41 Extracción cuerpo extraño amígdalas II 21.42 Operación de Monobloque XII Operaciones sobre faringe 21.50 Drenaje absceso faríngeo III 21.51 Drenaje absceso laterofaríngeo (vía externa) V 21.52 Resección divertículo faringoesofágico XI 21.53 Resección fístula faringea X 21.54 Resección amígdala lingual IV Incluye: Electrofulguración. 21.55 Resección tumor benigno de faringe X 21.56 Resección tumor maligno de faringe XII Reparación y operaciones plásticas de la faringe 21.70 Cierre fístula branquial X 21.71 Corrección de atresia nasofaríngea XI Otras operaciones de la faringe 21.90 Dilatación faringe por sesión III 21.91 Extirpación de bandas faríngeas IV Incluye: Electrofulguración Membrana congénita 21.92 Extracción cuerpo extraño enclavado en faringe (por vía externa) IX Articulo 5° Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de las glándulas tiroides, paratiroides, suprarrenales y del timo, la siguiente nomenclatura y clasificación: 22. Operaciones de la tiroides y de la paratiroides Incisión de la región tiroidea 22.00 Drenaje absceso tiróideo IV 22.01 Exploración cuello X Note: (Cuando no se practica otra intervención específica). Resección de tiroides 22.10 Tiroidectomía subtotal IX Incluye: Lobectomía tiroidea total o parcial 22.11 Tiroidectomía subtotal y vaciamiento radical del cuello XII 22.12 Tiroidectomía total XII Incluye: Tipoparatiroidectomía. 22.13 Tiroidectomía total y vaciamiento radical del cuello XII 22.14 Tiroidectomia transtorácica XII Otras operaciones de tiroides 22.40 Resección conducto tirogloso IX 22.41 Resección fístula tiroglosa IX 22.42 Resección quiste tirogloso IX Operaciones de la paratiroides 22.50 Paratiroidectomía XII Incluye: Parcial o total. 23 Operaciones del timo y de las glándulas suprarrenales Operaciones del timo 23.00 Timectomía XII Operaciones de las glándulas suprarrenales 23.10 Adrenalectomía (suprarrenalectomía) XII* Incluye: Parcial o total 23.11 Resección tumor (feocromocitoma) glándula suprarrenal XII Artículo 6° Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos cardiovasculares la siguiente nomenclatura y tarifas: 24. Operaciones de los vasos sanguíneos periféricos Incisión y/o extracción en vasos periféricos 24.00 Exploración vaso periférico (de grueso calibre) VIl** 24.01 Trombectomía vaso periférico (de grueso calibre) X ** Tratamiento quirúrgico de lesión de arteria 24.10 Endarterectomía de vasos periféricos (de grueso calibre) XII** Incluye: Resección de la íntima Tromboendarterectomía con: Parche de injerto (plástico venoso). Escisión y/o ligadura de vaso periférico (excepto vena varicosa) 24.20 Arteriectomía de vaso periférico (de grueso calibre) VIII* 24.21 Venectomía de vaso periférico (de grueso calibre) VIII** Escisión y/o ligadura de vena varicosa 24.30 Pieboextracción y/o ligadura múltiple VIII** 24.31 Ligadura sub-aponsurótica sin injerto cutáneo (Linton) VIII** 24.32 Ligadura sub-aponeurótica con injerto cutáneo X** Tratamiento quirúrgico de aneurisma de vaso periférico 24.50 Aneuriamectomía de vaso periférico XII Tratamiento quirúrgico de Fístula arteriovenosa periférica 24.60 Enscisión de fístula arteriovenosa periférica XII Incluye: Aneurisma arterivenoso Escisión simple de aneurisma cirsoideo o racenoso. Extirpación de fístula arteriovenosa con: Anastomosis terminoterminal de la arteria, injerto. 24.61 Confección de fístula arteriovenosa para acceso de la hemodiálisis (cimino-Brencia) IX 24.62 Implantación de cánula arteriovenosa para hemodiálisis Iscribner) VII Reconstrucción de arteria periférica con injerto de vaso sanguíneo 24.70 Injerto de vaso periférico XII Incluye: Homoinjerto arterial Injerto autógeno de vena (safena) Injerto sintético (tubo plástico) 24.71 Reconstrucción femoro-poplítea con tubo de dacrón o con vena XII 24.72 Reconstrucción femoro-tibial con tubo de dacrón o con vena XII 24.73 Reconstrucción vasos branquicefálicos con tubo de dacrón o con vena XII Anastomosis y otras formas de reparación de vaso periférico 24.80 Anastomosis venosa (vaso de grueso calibre) IX Incluye: Anastomosis directa Anastomosis término terminal 24.81 Trasplante de vena periférica (de grueso calibre IX Otras operaciones de los vasos periféricos 24.90 Angiorrafía de vasos periféricos (de grueso calibre) X 25. Operaciones del sistema linfático Escisión higroma o linfangioma cuello 25.10 Extirpación de higroma quístico de cuello XII 25.11 Extirpación de linfangioma de cuello XII Escisión radical de elementos linfáticos 25.20 Vaciamiento linfático abdomino-inguinal XII 25.21 Vaciamiento linfático inguino-ilíaco XII 25.22 Vaciamiento linfático cuello XII 25.23 Vaciamiento linfático axilar XII Reparación y plastia de vasos linfáticos 25.30 Anastomosis de vasos linfáticos (de grueso calibre) X 25.31 Linfangioplastia (vaso de grueso calibre) X 25.32 Linfagiorrafía (vaso de grueso calibre) X 25.33 Trasplante de linfáticos autógenos XII 25.34 Derivación linfovenosa XII Otras operaciones de los elementos linfáticos 25.50 Cierre de fístula del conducto torácico XII 25.51 Ligadura (obliteración) en el área ilíaca VIII 25.52 Ligadura del conducto torácico VIII 26. Operaciones de los vasos sanguíneos de la cabeza, del cuello y de la base del encéfalo Incisión del vaso sanguíneo de la cabeza, del cuello o de la base del encéfalo 26.00 Exploración quirúrgica vasos sanguíneos cabeza, cuello IX 26.01 Exploración y trombectomías de vasos sanguíneos de cabeza y cuello XII Endarterectomía en la cabeza, cuello o base del encéfalo 26.10 Endarterectomía en la cabeza, cuello o base del encéfalo XII Incluye: Arteria carótida Extracción de trombo de material arterioesclerótico Resección de la íntima. Tratamiento quirúrgico de aneurisma de la cabeza, del cuello o de la base del encéfalo 26.30 Aneurismectomía de la cabeza, cuello o base del encéfalo GE.I Tratamiento quirúrgico de fístula arteriovenosa de la cabeza, del cuello o de la base del encéfalo 26.40 Fistulectomía arteriovenosa de la cabeza, cuello o base del encéfalo XII Incluye: Aneurisma arteriovenoso Malformación arteriovenosa Endoaneurismorrafía Extirpación (simple) Ligadura completa, parcial o cuádruple Sutura terminoterminal (arterial) Operaciones plásticas de las arterias de la cabeza, del cuello o de la base del encéfalo 26.50 Reconstrucción de arteria de la cabeza, del cuello o de la base del encéfalo (par medio de injerto) XII Incluye: Carótida Carótida o subclavia Homoinjerto Injerto de: Artificial Autógeno de vena Derivación Reemplazo Sintético (dacrón) (teflón) Otras operaciones de los vasos sanguíneos de la cabeza, del cuello y de la base del encéfalo 26.90 Ligadura arterial de vasos del cuello (de grueso calibre) IX 27. Operaciones de los vasos sanguíneosintraadominales Incluye: Aorta abdominal Coronaria estomática Esplénica Nepática Hipogástrica Ilíaca (external (Interna) (Prisitiva) Nesentérica (inferior) (superior) Tronco celíaco Vena: Cava inferior Coronaria estomáquica Esplénica Nepática Ilíaca Nesentérica (mayor) (menor) Porta Renal Incisión de vaso sanguíneo intraadominal 27.00 Exploración de vaso sanguíneo intraabdominal IX 27.01 Exploración y trombectomía de vaso sanguíneo intraabdominal XII Tratamiento quirúrgico de lesión arterial intraabdominal 27.10 Endarterectomía intraabdominal XII Incluye: Aorta abdominal Aortoilíaca Iliaca primitiva Cierre simple Resección de la intima con: Extracción de trombo o de material Arterioesclerótico Parche de injerto venoso. Tratamiento quirúrgico de aneurisma de la aorta abdominal 27.30 Aneurismectomía de aorta intraabdominal GEI.I Incluye: Resección con injerto en parche Tratamiento quirúrgico de otro aneurisma intraabdominal 27.40 Aneurismectomía intraabdominal (excepto aorta) GI.I Incluye: Aneurisma hipogástrico Extirpación Fístula arteriovenosa (Pélvica ) Resección o colocación de injerto en parche Sutra. Operaciones plásticas de arteria intraabdominal por medio de injerto 27.50 Reconstrucción de arteria intraabdominal por medio de injerto III Incluye: Derivación aorto femoral Derivación aorto-ilíaca Derivación poplíteo-tibial Honsinjerto o injerto sintético simple o en Y. 27.51 Derivación aorto poplíteo GE.I 27.52 Derivación aorta renal por injerto Y, o de aorta a las dos arterias renales GE.I 27.53 Anastorosis de aorta intrabiosinal III Incluye: Anestomosis arterial directa Arterioplastia por injerto en parche sin enderterectomía asociada (Natanomis renal) Anastomosis y derivaciones venosas intraabdominales 27.70 Anastomosis venosa intraabdominal GE.I Incluye: Vena cava Ilíacas Derivación Esplenorrenal Nesentérica superior o cava Nesentérica cava Postacava (terminolateral) Vena aorta o vena cava 28. Operacionesde los vasos intratorácicosIncluye : Aorta torácica. Aorta ascendente y descendente Pulmonar Cayado de la aorta Tronco braquicefálico Vena (s) Acigos Bronquial (es) Cava superior Incisiones de vasos intratorácicos 28.00 Exploración de vaso intratorácico X 28.01 Exploración y trombactomía XII Tratamiento quirúrgico de lesión de vaso intratorásico 28.10 Endarterectomía intratorácico XII Incluye: Tromboandarterectomía (aorta) Tratamiento quirúrgico de Aneurisma de vaso intratorácico 28.30 Aneurisma vaso intratorácico GE.III Incluye: Aorta ascendente con circulación extracorpórea Escisión del ansuriema Extrirpación de fístula. Reemplazo de injerto (teflón) Resección con injerto parche 28.31 Aneurisma de vaso intratorácico GE.III Incluye: Aorta descendente sin circulación extracorpórea Operaciones plásticas de la aorta tórácica o de arteria pulmonar 28.40 Reparación y/o anestomosis de la aorta torácica o de arteria pulmonar GE.III Incluye: Ampliación de la luz de la aorta Anastomosis de la arteria pulmonar derecha con aorta ascendente y pulmonar izquierda (potte-Smith) Subclavia pulmonar (Blalock-Taussing) Cayado aórtico doble Coartación (Congénita) (adquirida) Escisión o implantación de injerto (Hematoma disecante) Reconstrucción de arteria intratorácica por mediode injerto 28.50 Reconstrucción arteria intratorácica por medio de injerto GE.II Incluye: Injerto: Cayado de la aorta De derivación De reemplazo Sintético (dacrón) (nylon) Tubo plástico Otras operaciones de las arterias intratorácicas 28.70 Implantación clamp Michel-Sombrilla (para prevenir embolia pulmonar) XII Otras intervenciones de las arterias 28.80 Angioplastia (dilatación con caéter y balón) IX 22.81 Trombolisis (aplicación de anticoagulante sobre el trombo) IX 29. Operaciones del corazón y del pericardio Incisiones en corazón y/o pericardio 29.00 Extracción cuerpo extraño intracardiáco GE.IV 29.01 Extracción cuerpo extraño extracardiáco XII 29.02 Pericardiocentesis VI Resección del pericardio y/o lesión del corazón 29.10 Extirpación de quiste pericárdico GE.III 29.11 Extirpación de tumor del miocárdio GE.IV 29.12 Extirpación de tumor del pericardio GE.1 29.13 Pericardiectomía GE.Ill intervenciones sobre válvulas del corazón sin injerto ni elementos de prótesis 29.20 VaIvulotomías y/o valvuloplástias (sin injerto ni colocación de material inerte) GE.IV Incluye: Anuloplastia Apertura de la válvula mitral (Mantial) (Instrumental) Cierre de fenestración o fístula Aorticopulmonar Comisurotomía Corrección de aneurisma del seno de Valsalva Desbridamiento de válvula calcificada Infundibulectomía (aórtica) (pulmonar) Valvutomía pulmonar abierta con extracorpórea Valvuloplastia de arteria pulmonar Valvulotomía pulmonar cerrada Intervenciones sobre válvulas del corazón con injerto 20.30 Cambios valvulares totales o parciales (con injerto) GE.IV Incluye: Reemplazo de tejido valvular con: Heteroinjerto Homoinjerto Sinoinjerto (cerdo) HanKok-Duramadre Fascialata Cambio de válvula total: Aórtica Aórtica con aneurisma de aorta ascendente y cayado Mitral Pulmonar Uso de tejido autógeno de pared aórtica Intervenciones sobre válvulas del corazón con aplicación de prótesis 29.40 Cambios valvulares (con aplicación de material inerte) GE.IV Incluye: Prótesis con: Válvula plástica (Bjork-Cooley Cutter) Esfera - disco Reemplazo válvula total Harken Reemplazo artificial Esférica Mitral Tricuspide Starr Edwards Hanfock - Duramadre - Facialata Pericardio Ternera Intervenciones sobre aurícula, tabique y ventrículo sin dispositivos de prótesis 29.50 Atrioseptoplástias (sin dispositivo protésico) GE.IV Incluye: Atrioseptopexia (condergaard) Corrección C.I.A. Corrección C .I .V. Extirpación de mixona auricular Injerto de tejido (dacrón - pericardio) Ligadura auricular Reparación del tabique interauricular. 29.51 Ventrículo-septoplastias (sin dispositivo de prótesis) GE.IV Inciuye: Asociación en dilatación de la arteria pulmonar Escisión de aneurisma ventricular Intervenciones sobre aurícula, tabique y ventrículo con dispositivo de prótesis 29.60 Antioseptoplastica (con dispositivo de prótesis) GE.IV Incluye: Asociación con implantación de tubo protésico para la arteria pulmonar (tetralogía de Fallot) y ventrículo derecho. 29.61 Ventriculo-septoplastia (con dispositivo de prótesis) GE.IV Sutura y/o ligadura del corazón y/o del pericardio 29.70 Cardiorrafía XII 29.71 Ligadura de fístula arterio-venosa coronaria GE.III Operaciones para revascularización cardíaca 29.80 Bypass coronario (aorto-coronario con vena safena) GE.IV Incluye: La fleboextracción 29.81 Endarterectomía coronaria (tromboendarterectomía) G E.I V 29.82 Inserción de arteria mamaria interna en la pared ventricular (vinverd) GE.III 29.83 Inserción de ramas arteriales de la mamaria interna a coronarias GE.IV 30. Otros procedimientos dirigidos al corazón Procedimientos con apertura del tórax 30.00 Inserción de dispositivo electrónico en el corazón GE.III Incluye: Marcapaso epicárdico 30.01 Transposición grandes vasos GE.IV Artículo 7º. señalase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos del tórax, la siguiente nomenclatura y clasificación: 32. Operaciones de la pared del tórax, de la pleura y del mediastino Operaciones sobre pared torácica 32.00 Toracotomía simple VII** Incluye: Liberación adherencias 32.01 Toracostomía III Incluye: Toracentesis para: Drenaje hematoma Extracción cuerpo extraño pared Hemóstasis pared Operaciones sobre mediastino 32.20 Drenaje del mediastino VIII 32.21 Extracción cuerpo extraño mediastinal XII Incluye: Por mediastinotomía. 32.22 Resección tumor del mediastino XII Operaciones sobre pleura 32.40 Pleurectomía XII** Incluye: Decorticación pulmonar 32.41 Resección bulsa y pleurectomía XII Otras operaciones de la pared del tórax, de la pleura y del mediastino 32.90 Costocondrectomía IX 32.91 Resección de costilla VIII Incluye: Uno o más. 33. Operaciones de los bronquios Incisiones y operaciones de los bronquios 33.00 Exploración de bronquio por toracotomía XII Incluye: Extracción de cuerpo extraño Escisión de lesión bronquio 33.10 Resección tumor de bronquio por toracotomía XII Operaciones plásticas de bronquios 33.50 Broncoplastia XII 33.51 Broncorrafía…………………………………………………………………. XII 33.52 Cierre de broncostomía XII 33.53 Cierre de fístula bronquial XII Incluye: Fístula broncocutanea. Fístula broncopleural. Otras operaciones de los bronquios 33.90 Dilatación bronquial (endoscópica) IV Operaciones del pulmón Incisión en el pulmón. 34.00 Extracción cuerpo extraño del pulmón X 34.01 Neumocentesis (aspiración) VIII 34.02 Neumotomía X Incluye: Drenaje abierto. Resecciones en pulmón 34.20 Lobectomía segmentaria X 34.21 Lobectomía total XII 34.22 Neumoctomia simple XII 34.23 Neumectomía radical XII 34.24 Lobectomía parcial (Resección en curia) VIII Otras operaciones del pulmón 34.90 Neumorrafía X 34.91 Sección nervio frénico VI 34.92 Toracoplastia con resección costal (operación de Shaede) XII 35. Operaciones del esófago Incisiones en esófago 35.00 Esofagotomía VIII Incluye: Drenaje absceso de esófago 35.01 Esofagostomía IX Incluye: Cervical Fistulización (externa) 35.02 Extracción cuerpo extraño de esófago (vía abierta) XII Escisión de lesión del esófago 35.10 Diverticulactomía de esófago XII 35.11 Resección tumor de esófago (vía abierta) XII Resección en esófago 35.20 Esofagectomía XII Incluye: Parcial Total. 135.21 Esofagogastrectomía XII Anastomosis intratorácicas del esófago 35.40 Anastomosis intratorácicas del esófago XII Incluye: Anastomosia Intrapleural Retroesternal Esofagocolostomía Esofago-enterostomía Esofago-esofagotomía Esofago-gastrostomía Esófago-ileostomía Esofago-yeyunostomía Esofago-duodenostomía. Anastomosis pre-torácicas del esófago 35.50 Anastomosis pre-torácica del esófago XII Incluye: Esofago-gastrostomía pre-esternal Interposición de: Asa yeyunal Colon. Reparaciones y operaciones plásticas del esófago 35.60 Cierre de fístula traqueosofágica XII 35.61 Neofagoplestia XII Incluye: Ascenso de estómago (esofago-gastraplastia ( Inserción de tubo de silicón a través de esófago (paliativa) 35.62 Esofagorrafía por toracotomía XII Otras operaciones del esófago 35.90 Dilatación esófago (por sesión) IV 35.91 Ligadura transtorácica de várices esofágicas XII Artículo 8° Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos abdominales, las siguientes nomenclatura y clasificación: 38. Corrección quirúrgica de hernia 38.00 Herniografía diafragmática por vía abdominal XII Incluye: Hernia : Incluye: Del hiato esofágico Paraceternal (foramen de Norgagni) Paraesofágica Parahiatal 38.01 Herniorrafía diafragmática por vía torácica XII Incluye: Escisión de diafragma Hernia de hiato esofágico Fijación de diafragma Reconstrucción del diafragma Hernia del Rochdalek Reparación de hernia inguinal 38.20 Herniorrafía inguinal VI** Reparación de hernia femoral (o crural) 38.40 Herniorrafía femoral (crural) VII" Corrección eventración 38.60 Eventrorrafía VII Incluye: Corrección con malla de Marles Corrección de hernia epigástrica 38.70 Herniorrafía epigástrica V Incluye: Herniorrafía de Spiegel. Corrección de hernia umbilical 38.80 Herniografía umbilical V Corrección de otras hernias 38.90 Herniorrafía isquiática VII 38.91 Herniorrafía isquiorrectal VII 38.92 Herniorrafía lumbar VII 38.93 Herniorrafía obturadora VII 39. Incisiones y resiciones de la pared abdominal Incisiones en pared abdominal 39.00 Drenaje absceso de pared abdominal II 39.01 Drenaje absceso subfrénico (o subdisfragmático) VIII Exploración cavidad abdominal 39.10 Laparotomía exploradora VII Incisión y drenaje de otros abscesos peritoneales o de peritonitis 39.30 Drenaje absceso intraperitoneal VII Incluye: Absceso: Epoploico (o mental) Fosa ilíaca Periesplánico Perigástrico 39.31 Drenaje absceso retroperitoneal VII 39.32 Drenaje peritonitis generalizada IX Función abdominal 39.40 Paracentesis abdominal III 39.41 Implante de catéter intraperitoneal para diálisis VI Extirpación lesión de la pared abdominal y del peritoneo 39.50 Corrección onfelocele XII 39.51 Resección lesión del epiplón o Mesenterio VII Incluye: Benigna Maligna Granulomas 39.52 Resección tumor retroperitoneal XII Otras operaciones en región del abdómen y del peritoneo Resutura de la pared abdominal 40.10 Cierre evisceración VII Operaciones plásticas del peritoneo 40.20 Operación de noble modificada X Sección de adherencias peritoneales 40.30 Sección adherencias peritoneales VII 41. Operaciones del apéndice Resección apéndice 41.10 Apendicectomía VIII Operaciones del hígado Incisión en el hígado 42.00 Drenaje abierto de absceso hepática VII Resección lesiones del hígado 42.10 Resección quiste hidatídico XII 42.11 Resección tumor hígado XII Resección en el hígado 42.20 Hepatectomía segmentaria XII Operaciones plásticas del hígado 42.30 Hepatorrafía VIII Operaciones de las vías biliares 43.00 Reexploración de vías biliares XII Incluye: Colangiografía Derivaciones en vías biliares 43.20 Anastomosis de vías biliares XII Incluye: Celedocoducidenostomía Celedoyoyunestemía en Y de Rous Colecistoyeyunostomía Hepaticoduodenostomía Hepaticoyeyunostomía Plastia de vías biliares Incisión de vesícula biliar 43.40 Colecistostomía VIII Incluye: Extracción de los cálculos Resección de vesicula biliar 43.50 Colecistectomía IX 43.51 Colecistectomía y exploración de vías biliares XI Incluye: La colangiografía operatoria Otras operaciones sobre vías biliares 43.90 Esfinteroplastía (vías biliares) XI 43.91 Resección tumor biliares XI 44. Operaciones del páncreas Incisiones en el páncreas 44.00 Drenaje absceso páncreas VIII 44.01 Resección lesión de páncreas XII Incluye: Fisulectomía Pancreatolitotomía. Resección de páncreas 44.10 Pancreatectomía XII Incluye: Total o parcial Con o sin duodenectomía Derivaciones de quistes pancreáticos 44.30 Anastomosis de páncreas XII Incluye: Cistoduodenostomía Cistogastrostomía Cistoyeyunostomía. Otras operaciones del páncreas 44.90 Marsupialización quiste del páncreas VIII 45. Operaciones del bazo Resección de bazo 45.10 Esplenectomía IX Reparación y operación plástica de bazo 45.20 Explenorrafía VIII 46. Operaciones del estómago Incisiones en estómago 46.00 Extración cuerpo extraño del estómago (por gastronomía Vll Incluye: Pezcarea. 46.01 Gastrostomía VII Plastia de piloto y otros procedimientos para drenaje 46.10 46.10 Piloroplastia IX Incluye: Pilorectomía anterior Piloromiotomía. Resección parcial o total del estómago 46.20 Gastrectomía subtotal (parcial) XI 46.21 Gastrectomía radical XII Derivaciones del estómago 46.50 Anastomosis del estómago X Incluye: Gastroduodenostomía Gastroyeyunostomía. Operaciones plásticas del estomago 46.60 Gastrorrafía VII 46.61 Tratamiento quirúrgico de la acalacia ( operación de Heller) XII 46.62 Operaciones anti-reflujo XII Operaciones sobre el vago 46.80 Vaguectomía selectiva y supraselectiva XI 46.81 Vaguectomía y operaciones de drenaje XI Otras operaciones del estómago 46.90 Cierre de fístula de gastroduodenostomía (P.O.E.J.Q) X 46.91 Cierre de fístula de gastroyeyunostomía (P.O.E.J.Q. ) X 46.92 Desvacularización gástrica IX 46.93 Reducción vólvulo estómago VII 47. Operaciones del intestino Incisiones en el intestino 47.00 Enterotomía y extracción de cuerpo extraño en intestino VIII 47.01 Drenaje absceso de divertculo VII Exteriorización de intestino 47.10 Colostomía e ileostomía VIII Incluye: Cecostomía Color ornia-transversostomía Sianoidostomía. Resección lesiones intestinales 47.20 Extirpación lesión local intestino VIII 47.21 Resección divertículo duodenal VIII Resección de intestino delgado 47.40 Resección intestinal (delgado) IX Incluye: Duodenostomía Enterocolectomía Enterectomía Hectomía Yeyunestomía. 47.41 Resección de divertículo de Neckel VIII Resección parcial o subtotal de colón 47.50 Colectomía. Subtotal XI Incluye: Hemicolectomía o Ileocolectomía Sigmoidectomía Cecectomía Resección completa o total de colon 47.60 Colectomía total XII Otras resecciones de intestino 47.90 Duodenostomía IX 48. Otras operaciones del intestino Anastomosis intestinales sin resección 48.00 Anastomosis intestinal (sin resección para derivación internal, (intestino delgado con intestino delgado) IX 48.01 Anastomosis intestinal (sin resección para derivación interna) (intestino delgado con intestino grueso) IX 48.02 Anastomosis intestinal (sin resección para derivación interna) (intestino grueso con intestino grueso) IX Sutura intestinal 48.40 Enterorrafía VIII. Incluye: Cecorrafía Criorrafía Yeyunorrafía Cierre de estora artificial de intestino 48.50 Cierre comunicación intestinal a piel VII Incluye: Cierre de: Cecostomía Coloctomía Duodenostomía Enterostimia Fístula fecal Yeyunal Ileostomía Sigmoidostomía. Yeyunostomía Reducción de intususcepción o de vólvulo 48.80 Reducción vólvulo intestino VII 48.81 Desinvaginación intestinal VII Otras operaciones del intestino 48.90 Corrección atrasia intestinal IX 48.91 Descenso de colon XIII Artículo 9° Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de proctología, la siguiente nomenclatura y clasificación: 50. Operaciones del recto Incisiones en el recto 50.00 Drenaje absceso rectal III 50.01 Extracción cuerpo extraño recta (por vía abdominal) (con colostomía) VIII 50.02 Extracción cuerpo extraño recto (por vía rectal) III 50:03 Proctetomía (con colestomía) IX Incluye: Por vía abdominal o perineal Incisión o escisión de tejido perirrectal 50.10 Drenaje absceso perirrectal III Escisión y/o destrucción de lesión del recto 50.20 Cauterización rectal III Incluye: Diatermia 50.21 Escisión mucosa rectal III Incluye: Extirpación pólipos-papilenes 50.22 Fistulectomía rectal (con colectomía) X Incluye: Fístula Recto-vaginal Recto-vesical Traumática del recto Resecciones en recto 50.30 (Protectomía (con colostomía) XII 50.31 Proctosigmoidectomía (con colostomía) XII 50.32 Rectosigmoidectomía (con colostomía) XII Operaciones plásticas en recto 50.50 Proctopexia VIII Incluye: Cirugía para: Corrección procidencia o prolapso 50.51 Proctoplastia (con colostomía) XII 50.52 Proctorrafia VII Otras intervenciones sobre recto 50.80 Dilatación de recto por fibrosis (por sesión) III 51. Operaciones del ano Incisión y escisión de tejido perianal 51.10 Drenaje absceso isquiorrectal IV 51.11 Drenaje absceso perianal IV Escisión y/ o destrucción de lesión del año 51.20 Fistulectomía anal VII 51.21 Resección fisura anal VI 51.22 Resección tumor ano IV Incluye: Fulguración Tratamiento quirúrgico hemorroides 51.30 Hemorroidectomía VII 51.31 Trombectomía por hemorroides III Sección del esfinter anal 51.40 Esfinterotomía anal IV Operaciones plásticas del ano 51.60 Anorrafia III 51.61 Esfinteroplastia anal (anoplastia) (con colostomía) XII 51.62 Esfinterorrafia anal (anorrafia) con (colostomía) XII Otras operaciones del ano 51.90 Dilatación esfinter ano (por sesión) II 52. Operaciones de quiste o fístula pilonidal Tratamiento quirúrgico de quiste o fístula pilonidal 52.00 Drenaje de quiste pilonidal IV 52.01 Resección quiste pilonidal VI Incluye: La efectuada por cierre parcial oextirpación abierta. 52.02 Marsuspialización de quiste pilonidal III Artículo 10. Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de urología, la siguiente nomenclatura y clasificación: 54. Operaciones del riñón Incisiones en riñón 54.00 Nefrolitotomía X* 54.01 Nefroctomía VIII* Operaciones sobre la pelvis renal 54.10 Exploración pelvis renal VIII* , 54.11 Pielo X* 54.12 Pielostomía VIII* Operaciones sobre tejido perirrenal 54.20 Drenaje absceso perirrenal VII* 54.21 Exploración tejido perirrenal VII* 54.22 Extracción cuerpo extraño perirrenal VII* Escisión de lesión riñón 54.30 Resección quiste renal X* Resección renal parcial 54.40 Diverticulectomía calicial X* 54.41 Heminefrectomía XI* 54.42 Nefrectomía parcial polar XI* 54.43 Resección cuneiforme renal X* Resección renal total 54.50 Nefrectomía radical XII 54.51 Nefrectomía simple XI 54.52 Nefrouteterectomía XII 54.53 Trasplante renal, Incluye Nefrectomía, mas implante GE.III Reparación y operaciones plásticas del riñón 54.60 Anastomosis uretero-calicial XII* 54.61 Nefroenterostomía cutánea XII* 54.62 Nefrorrafia IX* 54.63 Pieloplastia XI* 54.64 Resección fístula renal VII** 54.65 Sinfisiotomía riñón en herradura X* Otras operaciones del riñón 54.90 Aspiración quiste e inyección escleresante (percutanea) V* 54.91 Nefropexia ( empleo del procedimiento único) VIII* 54.92 Pieloureterolisis VIII* 55. Operaciones del ureter Incisión en el ureter 55.00 Exploración ureter VII* 55.01 Implantación estimulador electrónico en ureter IX* 55.02 Meatotomía ureteral abierta VII 55.03 Meatotomía ureteral endoscópica IV 55.04 Ureterolitotomía (vía abierta) VII Resecciones en el ureter 55.10 Diverticulectomía ureteral IX 55.11 Fistulectomía uretero-enterica XII* 55.12 Resección transuretral ureterocele VIII* 55.13 Resección transvesical ureterocele VIII* 55.14 Ureterectomía total con reemplazo implante plástico XII* 55.15 Ureterectomía total con reemplazo intestinal (interpolación intestinal) XII* 55.16 Ureterectomía total seguida de uroderivación XII Derivaciones ureterales 55.20 Ureterostomía cutánea IX* 55.21 Ureterostomía cutánea bilateral con orificios separados X* 55.22 Ureterostomía cutánea bilateral con orificio único X 55.23 Ureterostomía cutánea riñón único IX 55.24 Ureteroneoileocecoistoplastia (operación de Cittes) XII* 55.25 Ureteroneoileestomía cutánea (operación de Bricker) XII* 55.26 Ureteroneoproctostomía (anatomosis ureteres a recto aislado insitu) (operación de Heite-Boyer) XII 55.27 Ureteroneosigacidostomía cutánea XII 55.28 Ureterosignoidostomía (operación de Coffey) XII Anastomosis del Ureter 55.50 Ureteroneosciatostomía (anastomosis uretero-vesical o reimplantación ureterovesical XI Incluye: Operación de politano. Glenn, Pequín, Licht, etc. 55.51 Ureteroneocistostomía con técnica de alargamiento vesical XI 55.52 Transuretercanastomosis XI Operaciones plásticas del ureter 55.60 Ureterectomía parcial con uretercanastomosis XP* 55.61 Ureteroplastia XII* 55.62 Ureterorrafia VIII* Cateterismo renal y ureteral 55.70 Cateterismo para drenaje renal V 55.71 Cateterismo ureteral IV Incluye: Dilatación ureteral Para estudio: Bacteriológico Función renal Radiológico : Pielografía Uretorografía Ureteropielografía 55.72 Ureterolitotomía endoscópica VI Liberación adherencias ureter 55.80 Ureterolisis ( empleo del procedimiento único) VIII Operaciones de la vejiga 56.00 Cistolitetomía suprapública VII 56.01 Cistotomía para extracción cuerpo extraño VII Incluye: Coágulos. 56.02 Cistotomía suprapública (talla vesical) V Escisión y destrucción de lesión de la vejiga por vía tranuretral 56.10 Resección-fulguración tumor vesícal (vía endoscópica) IX 56.11 Resección transuretral cuello vesícula VIII Escisión y destrucción de lesión de la vejiga por vía abierta 56.20 Diverticulectomía de vejiga (vía abierta) VIII 56.21 Plastia VY cuello vesícula XI 56.22 Resección-fulguración tumor vesícula (vía abierta) IX 56.23 Resección transversal cuello vesícula (vía abierta) XI Resección de vejiga 56.30 Cistectomía parcial IX 56.31 Cistectomía total XI 56.32 Cistectomía radical total más linfadenectomía) XII Operaciones de reconstrucción de la vejiga 56.40 Colicistoplastia (Signeidoplastia) XII 56.41 Ileocistoplastia XII 56.42 Ileo-ceco-cistoplastia XII Otras reparaciones y operaciones plásticas de la vejiga 56.50 Cierre de cistotomía V 56.51 Cistorrafía (por herida) VII 56.52 Corrección fístula vesical XI Incluye: Fístula vesico-colica Vesico-entérica Vesico-rectal Vesico-uterina Vesico-uretero-vaginal 56.53 Vesicostomía cutanea VII 56.54 Vesico-ureteroplastia X Extracción de cálculos y drenaje de la vejiga sin incisión 56.80 Aspiración vesical suprapública II 56.81 Extracción endoscópica en vejiga IV Incluye: Cálculos Coágulos Cuerpo extraño 56.82 Litotripcia VII Otras operaciones de la vejiga 56.90 Cateterismo vesical I 56.91 Corrección extrofia vesical XII 56.92 Drenaje tejido pervesical V 56.93 Exploración tejido perivesical VI 56.94 Liberación adherencias vejiga VI 57. Operaciones de la uretra Incisiones en la uretra 57.00 Exploración abierta de uretra VIII 57.01 Uretrolitotomía abierta VI 57.02 Uretrostomía IV Operaciones sobre el meato uretral 57.10 Extirpación carúnculas uretrales V 57.11 Meatoplastia II 57.12 Meatotomía uretral (masculina o femenina) II Extirpación o destrucción de lesión de la uretra 57.20 Diverticulectomía uretral X 57.21 Pistulectomía uretra-cutanea X Reparaciones y operaciones plásticas de la uretra 57.40 Cierre de fístula uretro-rectal X 57.41 Cierre de uretrostomía (P.O.E.J.Q.) IV 57.42 Uretrocistopexia retropública (operación de Marschall Marchetti) (Janagho) VIII 57.43 Uretrocistopexia vía vaginal VI 57.44 Uretroplastia a partir de la uretra XII Incluye: Uretroplastia transpúbica 57.45 Uretroplastia con otros tejidos XII 47.46 Uretrorrafia VII Dilatación de la uretra 57.50 Dilatación de la uretra(bajo anestesia general) III 57.51 Uretrotomía externa VIII 57.52 Uretrotomía interna IV Otras operaciones de la uretra 57.90 Drenaje glándula bulbouretral III 57.91 Escisión de tejido periuretral V 57.92 Esfinterototomía endoscópica X 57.93 Pafintetomía perineal IX 57.94 Extracción cuerpo extraño uretra (vía endoscópica) VII 57.95 Extirpación y o electrofulguración lesiones uretrales VII 57.96 Resección de valvas congénitas uretrales VIII Incluye: Abierta o endoscópica. 57.97 Uretrolitotomía endoscópica VII 58. Operaciones de la próstata y de las vesículas seminales Incisiones en la próstata 58.00 Drenaje absceso próstata VII Incluye: Endoscópia Perineal 58.01 Prostatolitotomía X Resección de próstata 58.10 Prostatectomía transversical XII 58.11 Prostatectomía perineal parcial XII 58.12 Prostatectomía perineal total XII 58.13 Prostatectomía retropúbica parcial XII 58.14 Prostatectomía retropúbica total XII 58.15 Prostatectomía transuretral XII 58.16 Prostatocistectomía (seguida de derivación) XII Incisión y/o resección de vesículas seminales 58.50 Vesiculotomía seminal (espermatocistectomía) XII 58.51 Vesiculotomía (drenaje) XII Otras operaciones de la próstata y de las vesículas seminales 58.90 Aplicación de isótopos radioactivos XII 59. Operaciones del testículo, de la túnica vaginal, del escroto y del cordón espermático Tratamiento quirúrgico de hidrocele, hematocele, piocele y varicocele 59.10 Hidrocelectomía VI 59.11 Incisión y/o drenaje del escroto II 59.12 Resección del hematocele VI Incluye: Cordón espermático Túnica vaginal 59.13 Varicocelectomía V Resección otras lesiones del escroto 59.30 Pistulectomía del escroto IV 59.31 Fulguración de lesión escrotal II 59.32 Resección parcial del escroto V 59.33 Resección total escroto con plastias cutáneas IX Resección de testículo 59.40 Criptorquidectomía VII** 59.41 Orquidectomía VII** 59.42 Orquidectomía radical VII** Reparación y operaciones plásticas del testículo 59.60 Implante prótesis testicular VI** 59.61 Injerto de testículo XII** 59.62 Orquidoplastia VII** 59.63 Orquidorrafia VII** Fijación quirúrgica del testículo 59.70 Fijación testicular profiláctica V* 59.71 Orquidopexia XII** Otras operaciones del testículo, de la túnica vaginal, del escroto y del cordón espermático 59.90 Extracción cuerpo extraño del escroto III 69.91 Extracción cuerpo extraño del testículo VII 59.92 Reconstrucción escroto VIII 59.93 Reconstrucción escroto con colgajo IX 59.94 Reducción quirúrgica torsión del cordón espermático VII 59.95 Resección de apéndice testicular VI 59.96 Resección quiste sebáceo escroto III 59.97 Sutura escroto III 60. Operaciones del epidídimo y del conducto deferente Incisiones en conducto deferente 60.00 Deferentectomía (vasectomía) (P.O.E.J.Q.) IV Otras operaciones del epidídimo y del conducto deferente 60.20 Anestomosis del epidídimo con deferente (epididinovasoplastia) VII 60.21 Epididectomía VII 60.22 Epidili novesostomía VI 60.23 Espermatocelectomía (quiste del epidídimo) VI 60.24 Incisión y drenaje del epidídimo VI 60.25 Ligadura del conducto deferente IV 60.26 Reconstrucción de conducto deferente seccionado (epidimoplastia VII 61 . Operaciones del pene Incisión dorsal o lateral del prepucio 61.00 Prepuciotomía II Incluye: Reducción quirúrgica de parafimosis. Escisión y destrucción de lesión del pene 61.10 Fulguración de condilomas venéreos II Resección del prepucio 61.20 Circuncisión IV Amputación del pene 61.30 Amputación parcial de pone VI 61.31 Amputación total del pene VII 61.32 Amputación radical del pene IX Reparación y operaciones plásticas del pene 61.40 Corrección epispedias XII 61.41 Corrección hipospadias (con reconstrucción uretral XII 61.42 Extirpación de cordée (cuerda) VI 61.43 Extirpación de nódulos de la enfermedad Peyronie VI 61.44 Extirpación de nodulos de la enfermedad de Peyronie con injerto de piel XI 61.45 Implante intracavernoso para tratamiento quirúrgico de la impotencia XI 61.46 Plastia del frenillo peneal III 61.47 Reconstrucción peneana por injerto XII Otras operaciones del pene 69.90 Incisión y drenaje flemón peneano III 61.91 Intervenciones para priapismo V Incluye: Punción o drenaje cuerpos cavernosos 61.92 Derivación safeno-cavernosa o cavernosa-espongiosa (para priapiamo) XII Articulo 11. Señalase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de la mama, la siguiente nomenclatura y clasificación: 65. Operaciones de la mama Incisiones sobre la mama 65.00 Mastotomía II** Incluye: Drenaje de la mama 65.01 Extracción cuerpo extraño mama IV** Incluye: Granuloma Resección sobre la mama 65.20 Mastectomía subtotal (por lesiones benignas) VIP* Incluye: Extirpación de: Fibroedenoma Ginecomastia Por enfermedad fibroquística Quiste. 65.21 Mastectomía total IX* Incluye: Sin exéresis de ganglios linfáticos 65.22 Mastectomía radical modificada (o simple ampliada XII* Incluye: Exéresis de la manía, músculos pectorales y ganglios linfáticos pectorales. 65.23 Mastectomía radical XII* Incluye: Exéresis de la mama, músculos, ganglios axilares, ganglios mediastínicos y claviculares. Otras operaciones de la mama 65.90 Escisión tejido aberrante mama (Glándula supermamaria) V* Articulo 12. Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de ginecología, la siguiente nomenclatura y clasificación: 67. Operaciones del ovario y de la trompade falopio Incisiones en el ovario 67.00 Coforotomía VII Incluye: Drenaje Absceso Quiste. 67.01 Salpingoeforotomía VII Resección parcial lesión del ovario 67.10 Resección cuneiforme de ovario VII 67.11 Resección quiste de ovario VII 67.12 Resección quiste paraovárico VII 67.13 Resección tumor de ovario VII Resección total de ovario 67.20 Coforectomía VII Resección de trompa y ovario 67.30 Salpingooforectomía VII Operaciones plásticas de trompa y ovario 67.60 Injerto de ovario VIII 67.61 Oforopexia VII 67.62 Oforoplastia VII 67.63 Ofororrafia VII 67.64 Salpingooforoplastia (operación de Estes) VIII 67.65 Salpingoofororrafía VII Otras operaciones del ovario 67.90 Sección adherencias de ovario VII 68. Operaciones de la trompa de Falopio Resección de trompa de Falopio 68.10 Salpingoctomía VII Incisión y anastomosis de la trompa de Falopio 68.30 Salpingohisterostomía VIII 68.31 Salpingooforostomía VIII 68.32 Salpingostomía. y anastomosis I trompa de Falopio (Microcirugía X 68.33 Salpingostomía y drenaje (trompa de Falopio VIII Operaciones plásticas de la trompa de Falopio 68.40 Injerto trompa de Falopio (Microcirugía) XII 68.41 Salpingoplastia VIII Incluye: Uso de dispositivos protésicos 68.42 Salpingorrafia VIII Ligaduras y/ o sección de las trompas de Falopio 68.50 Sección y/o ligadura de trompa de Falopio V Insuflación de la trompa de Falopio 68.60 Hidrotubación trompa de Falopio II 68.61 Insuflación trompa de Falopio II Otras operaciones de la trompa de Falopio 68.90 Resección de tumor trompa de Falopio VII 68.91 Sección adherencias trompa de Falopio (Salpingolisis con microcirugía) IX 69. Operaciones del útero Operaciones sobre útero por vía abdominal 69.00 Histerectomía abdominal XI Incluye: Total o subtotal 69.01 Histerectomía abdominal radical XII Operaciones sobre útero por vía vaginal 69.40 Histerectomía vaginal XI 69.41 Histerectomía vaginal radical XII Exenteración o evisceración pélvica 69.70 Exoneración o evisceración pélvica XII 70. Otras operaciones del útero y de sus elementos de sostén Incisiones en el útero 70.00 Histerectomía VII 70.01 Traquelotomía IV Escisión lesión uterina 70.10 Hiosmectomía XI Escisión de otras lesiones del útero 70.20 Cauterización cervix I 70.21 Extirpación pólipo (cuello uterino) II Operaciones intrauterinas 70.30 Legrado uterino (Ginecológico) IV Incluye: Dilatación y curetaje con fines diagnósticos Operaciones sobre cuello uterino 70.40 Amputación del cerviz V 70.41 Conización V Reparaciones del orificio interno del cuello uterino 70.50 Cerclaje del istmo (orificio interno cuello) V Operaciones plásticas del útero o del cuello uterino 79.60 Histeroplastia (operación de Strasman) XL 79.61 Histerorrafía VII 70.62 Teaqueloplastia IV 70.63 Traquelorrafia IV Otras operaciones del Otero o del cuello y de los elementos de sostén 7490 Extracción cuerpo extraño intrauterino III 70.91 Extirpación tumor de ligamento ancho IX 70.92 Histeropexia VII 70.93 Liberación de adherencias del útero VII 71. Operaciones de la vagina Incisiones en vagina 71.00 Colpotomía III 71.01 Drenaje vagina III 71.02 Himenotomía I 71.03 Incisión de estenosis o septum vaginal V 71.04 Vaginoperineotomía V Escisión de lesión de vagina. 71.10 Resección tumor benigno de vagina VI Resección en vagina 71 .20 Colpectomía VIII 7121 Colpocleisis VII 71.22 Extirpación del tabique vaginal VI 71.23 Himenectomía I 71.24 Vaginectomía XII Otras operaciones de la vagina y anexos 71.30 Cierre fístula vaginal (por cualquier vía) XI Incluye: Fístula: Recto-vaginal Uretero-vaginal Uretro-vaginal Vesico-vaginal 71.31 Himenorrafia IV Corrección quirúrgica de cistocele y rectocele 71.40 Colporrafia anterior VI Incluye: Corrección quirúrgica del cistocele y uretrocele I-II-III. 71.41 Colporrafía anterior y posterior VII 71.42 Colporrafía posterior VI Incluye: Corrección quirúrgica de retocele I.II.III. 71.43 Operación de Manchester VIII (Colporrafía anterior y posterior con amputación de cuello) Otras operaciones plásticas de la vagina 71.50 Colpopexia X Incluye: Por prolapso de cúpula con muñon restante, vía abdominal o vaginal. 71.51 Construcción vagina artificial XII 71.52 Reconstrucción vagina IX Operaciones no plásticas de la vagina 7160 Dilatación de la vagina (por sesión) I Incluye: Instrumental o manual Operaciones en fondo de saco de Douglas 71.70 Obliteración del fondo de saco de Douglas VII Incluye: Sutura vía abdominal Lacisión del peritoneo pélvico para drenaje y separación de adherencias 71.80 Drenaje de pelviperitonitis por colpotomía IX Otras operaciones de la vagina 71.90 Punción de Douglas III Incluye: Drenaje 72. Operaciones de la vulva y/o periné Incisiones (no obstétricas) de la vulva o del periné 72.00 Drenaje absceso glándula de Bartoleen II 72.01 Epsiorrafía no obstétrica V 72.02 Extracción cuerpo extraño periné (vía abierta) III 72.03 Extracción cuerpo extraño vulva (vía abierta III 72.04 Marsupialización glándula de Bartholín V Extirpación de lesión de la vulva y del periné 72.10 Fulguración vulva II 72.11 Resección glándula de Skene VI 72.12 Resección tumor benigno vulva VII Incluye: Tumores de periné Tumores para-vaginales Escisión de glándula de Bartholie 72.20 Resección glándula de Bartholín VI Otras escisiones de la vúlva y del periné 72.30 Clitoridectomía V Incluye: Amputación parcial 72.31 Vulvectomía radical XII Incluye: Linfadenectomía extraperitoneal 72.32 Vulvectomía simple IX Operaciones plásticas de la vulva y del periné 72.50 Cierre fístula perineal VIII 72.51 Corrección Desgarre perineal III(no obstétrico) VIII Artículo 13 . Señálanse para los procedimientos de obstétrica, las siguientes nomenclatura y clasificación: 74. Procedimientos obstetricos no quirúrgicos Procedimientos obstétricos no quirúrgicos 74.00 Parto normal V 74.01 Parto intervenido (forceps) V 74.02 (Parto intervenido (espátulas) V 75. Procedimientos obstétricos quirúrgicos Procedimientos obstétricos quirúrgicos 75.00 Cesárea VIII 76. Otros procedimientos obstétricos Otros procedimientos obstétricos 76.00 Legrado uterino (obstétrico) IV Incluye: Por aborto incompleto. 76.01 Anmiocentesis III Artículo 14. Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de ortopedia y traumatología la siguiente nomenclatura y clasificación: 80. Incisióny recisión en hueso Excluye: huesos cráneo, cara y mano. Incisión en hueso. 80.00 Drenaje, curetaje, secuestractomía de escápula y clavícula V** 82.01 Drenaje, curetaje, secuestrectomía de húmero VIII* 80.02 Drenaje, curetaje, secuestrectomía de cúbito o radio VIII* 80.03 Drenaje, curetaje, secuestrectomía de pelvis VIII* 80.04 Drenaje, curetaje. secuestrectomía de fémur IX* 80.05 Drenaje, curetaje, secuestrectomía de rótula IV** 80.06 Drenaje, curetaje, secuestrectomía de tibia o peroné IX 80.07 Drenaje, curetaje, secuestrectomía de hueso pie (excepto falange) V 80.08 Drenaje, curetaje, secuestrectomía huesos tórax (esternón-costillas) V* 80.09 Drenaje, curetaje, secuestrectomía de columna vertebral VII** Extracción de cuerpo extraño intraóseo 80.10 Extracción cuerpo extraño intraóseo de escápula o clavícula V** 80.11 Extracción cuerpo extraño intraóseo de húmero VII** 80.12 Extracción cuerpo extraño intraóseo de cúbito o radio VII** 80.13 Extracción cuerpo extraño intraóseo de pelvis VII 80.14 Extracción cuerpo extraño intraóseo de fémur VIII** 80.15 Extracción cuerpo extraño intraóseo rótula IV** 80.16 Extracción cuerpo extraño intraóseo de tibia o peroné VIII* 80.17 Extracción cuerpo extraño intraóseo de pié V** 80.18 Extracción cuerpo extraño intraóseo, tórax (esternón, costillas) V** 80.19 Extracción cuerpo extraño intraóseo de columna vertebral VII** Sección quirúrgica de hueso 80.20 Osteotomía en escápula o clavícula VII* 80.21 Osteotomía de humero IX* 80.22 Osteotomía de cúbio radio IX* 80.23 Osteotomía de pelvis X* 80.24 Osteotomía de fémur X* 80.25 Osteotomía de tibia o peroné IX* 80.26 Osteotomía de huesos pie VII* 80.27 Osteotomía falanges pie (una o dos) V** 80.28 Osteotomía falanges pie (tres o más) VI"* 80.29 Osteotomía en huesos tórax (esternón-costillas) VI* Resección parcial de diáfisis 80.30 Hemidiafisectomía en clavícula VII** 80.31 Hemidiafisectomía en humero IX** 80.32 Hemidiafisectomía en cubito o radio IX* 80.33 Hemidiafisectomía en fémur X* 80.34 Hemidiafisectomía en tibia o peroné IX* 80.35 Hemidiafisectomía en huesos pie VII** Extracción material de osteosíntesis 80.50 Extracción no quirúrgica de material de osteosíntesis miembro superior III** 80.51 Extracción quirúrgica de material de osteosintesis miembro superior (placas y tornillos) V** 80.52 Extracción no quirúrgica de material de osteosintesis pelvis III 80.53 Extracción quirúrgica de material de osteosintesis pelvis (placas y tornillos) VII 80.54 Extracción no quirúrgica de material de osteosintesis miembro inferior III** 80.55 Extracción quirúrgica de material de osteosintesis miembro inferior (placas y tornillos) VI** 80.56 Extracción no quirúrgica de material de osteosintesis columna vertebral III 80.57 Extracción quirúrgica de material de osteosíntesis columna vertebral V Resección completa de hueso 80.60 Astragalectomía IX* 80.61 Coccigectomía VI 80.62 Patelectomía o hemipatelectomía VIII* Otras resecciones Oseas 80.90 Resección extremos acromión VII** 80.91 Resección extremos clavícula VII** 80.92 Resección clecranon VII** 80.93 Resección epicóndilo VII** 80.94 Resección epitróclea VII** 80.95 Resección cabeza de radio VII** 80.96 Resección extremo dietal cúbito VII** 81. Operación plástica de hueso y resección tumores Injerto Oseo 81.00 Injerto Oseo en clavícula VIII* 81.01 Injerto Oseo en húmero X* 81.02 Injerto Oseo en cúbito o radio X* 81.03 Injerto Oseo en pelvis X 81.04 Injerto Oseo en fémur XI* 81.05 Injerto Oseo en tibia o peroné XI* 81.06 Injerto Oseo en pie VIII* 81.07 Injerto Oseo en columna vertebral XI* Reparación plástica de epífisis 81.20 Epifisiodesis XI* Revisión y/oreconstrucción de muñón de amputación 81.40 Revisión y/oreconstrucción de muñón de amputación hombro VI** 81.41 Revisión y/o reconstrucción de muñón de amputación brazo VI** 81.42 Revisión y/o reconstrucción de muñón de amputación antebrazo VI** 81.43 Revisión y/oreconstrucción de muñón de amputación pelvis VI** 81.44 Revisión y/o reconstrucción de muñón de amputación muslo VI** 81.45 Revisión y/oreconstrucción de muñón de amputación pierna VI** 81.46 Revisión y/o reconstrucción de muñón de amputación pie V** 81.47 Revisión y o reconstrucción de muñón de amputación dedos pie (uno a dos) III** 81.48 Revisión y o reconstrucción de muñón de amputación dedos pie (tres o más) IV* Resección tumor benigno huesos 81.60 Resección tumor benigno huesos hombro VII** 81.61 Resección tumor benigno húmero VII** 81.62 Resección tumor benigno cúbito o radio VII** 81.63 Resección tumor benigno huesos pelvis VIII* 81.64 Resección tumor benigno fémur VIII* 81.65 Resección tumor benigno tibia o peroné VII* 81.66 Resección tumor benigno huesos pie VI** 81.67 Resección tumor benigno otros huesos VI** Resección tumor maligno huesos 81.70 Resección tumor maligno húesos hombro XII** 81.71 Resección tumor maligno húmero VIII* 81.72 Resección tumor maligno cúbito o radio VIII* 81.73 Resección tumor maligno huesos pelvis XII* 81.74 Resección tumor maligno fémur IX* 81.75 Resección tumor maligno tibia o peroné VIII 81.76 Resección tumor maligno huesos pie VII 81.77 Resección tumor maligno otros huesos VII Otras operaciones plásticas y de reparación de los huesos 81.90 Escapuloperia X* 81.91 Inmovilización de columna para tratamiento malformaciones congénitas VII Incluye: Corsé de Riesser o de Milwake 82. Reducción cerrada de fracturasy de luxación con fractura Reducción cerrada de fracturas en miembro superior 82.00 Reducción cerrada fractura escápula III** 82.01 Reducción cerrada fractura clavícula III** 82.02 Reducción cerrada fractura húmero VI** 82.03 Reducción cerrada fractura codo VI** 82.04 Reducción cerrada fractura cúbito o radio VI** Reducción cerrada de fracturas en miembro inferior 82.10 Reducción cerrada fractura pelvis VII 82.11 Reducción cerrada fractura fémur VII** 82.12 Reducción cerrada fractura rotula V* 82.13 Reducción cerrada fractura tibia o peroné VI** 81.14 Reducción cerrada fractura tarso y/o metatarso V** 82.15 Reducción cerrada fractura falanges pie (una o dos) V** 82.16 Reducción cerrada fractura falanges (tres o más) V** Reducción cerrada de fracturas tórax-columna 82.20 Reducción cerrada fractura costal III* Una o más costillas. 82.21 Reducción cerrada fractura columna cervical (con o sin complicaciones neurológicas) VII 82.22 Reducción cerrada fractura columna dorsal o lumbar VII 82.23 Reducción cerrada fractura coxis III Reducción cerrada de luxo-fractura 82.30 Reducción cerrada luxo-fractura cuello pie VI 83. Reducción abierta de fractura sin osteosíntesis, fijación ósea con elementos de osteosíntesis Reducción abierta fracturas sin osteosíntesismiembro superior 83.00 Reducción abierta fractura escápula VI** 83.01 Reducción abierta fractura clavícula IV** 83.02 Reducción abierta fractura húmero VII** 83.03 Reducción abierta fractura codo VII** 83.04 Reducción abierta fractura cúbito y radio VII** Reducción abierta de fracturas sin osteosíntesis de miembro inferior 83.10 Reducción abierta. fractura pelvis X 83.11 Reducción abierta fractura fémur X* 83.12 Reducción abierta fractura rótula V* 83.13 Reducción abierta fractura tibia y/o peroné VIII** 83.14 Reducción abierta fractura tarso o metatarso VI* 83.15 Reducción abierta fractura falanges pie una o dos VI** 83.16 Reducción abierta fractura falanges pie (tres o más) VII** Reducción abierta fracturas sin osteosíntesis torax-columna 83.20 Reducción abierta fractura costal VII* Incluye: Una o más costillas. 83.21 Reducción abierta fractura columna cervical X 83.22 Reducción abierta fractura columna dorsal o lumbar X Incluye: Apófisis transversal Cuerpo vertebral Mementos posteriores de la columna. Reducción abierta de Iuxo-fractura 83.30 Reducción abierta de luxo-fractura cuello pie VIII Fijación Osea con elementos de osteosíntesis en miembro superior 83.40 Osteosíntesis en clavícula VII** 83.41 Osteosíntesis en húmero IX* 83.42 Osteosíntesis en codo IX` 83.43 Osteosíntesis en cúbito o radio IX* Fijación ósea con elementos de osteosíntesis en miembro inferior 83.50 Osteosíntesis en fémur XI* 83.51 Osteosíntesis en rótula VI* 83.52 Osteosíntesis en tibia o peroné IX 85. Amputación y/o desarticulación de los miembros Amputación de miembro superior 85.00 Amputación intertoracoescapular XII 85.01 Amputación del brazo VIII* 85.02 Amputación del antebrazo VIII Amputación en miembro inferior 85.10 Hemipelvectomía GE.I 85.11 Amputación del muslo IX* 85.12 Amputación de la pierna VIII* 85.13 Amputación del pie VII* 85.14 Amputación dedos pie (uno a dos) IV** 85.15 Amputación dedos pie (tres o más) V** Desarticulación en miembro superior 85.20 Desarticulación de hombro XII** 85.21 Desarticulación del codo VIII* 85.22 Desarticulación de la mínima VIII** Desarticulación en miembro inferior 85.30 Desarticulación de la cadera XII* 85.31 Desarticulación de la rodilla VIII* 85.32 Desarticulación pie VII** Incluye: Mediotarsiana (Chopart) Tarsometatarsiana (Linafrano) Supramaleolar (Syme) 85.33 Desarticulación dedos pie (uno a dos) IV** 85.34 Desarticulación dedos pie (tres o más) V* 86. Incisión y escisión de elementos de Ias articulaciones Incisión de articulación 86.00 Artrotomía en hombro V** 86.01 Artrotomía en codo VII** 86.02 Artrotomía en cadera VII** 86.03 Artrotomía en rodilla VI** 86.04 Artrotomía en pie V 86.05 Artrotomía en otras articulaciones IV** Extracción cuerpo extraño intra-articular 86.10 Extracción cuerpo extraño intra-articular hombro VII** 86.11 Extracción cuerpo extraño intra-articular codo VI** 86.12 Extracción cuerpo extraño intra-articular cadera X* 86.13 Extracción cuerpo extraño intra-articular rodilla VI**I 86.14 Extracción cuerpo extraño intra-articular pie VI** 86.15 Extracción cuerpo extraño otras articulaciones V** Punción articular 86.20 Artrocentesis I** Resección de cartílago intervertebral 86.40 Resección de disco intervertebral (hernia distal) X Resección de cartílago de articulación de la rodilla 86.50 Meniscectomía rodilla VII** Resección cápsula articular 86.60 Sinovectomía rodilla IX* 87. Otras operaciones de los elementos de las articulaciones Operaciones plásticas de la cadera 87.00 Acetabuloplastia XI* 87.01 Artoplastia parcial de la cadera XI* Incluye: Thompson o Moore 87.02 Reconstrucción articulación cadera XII" 87.03 Reemplazo de cadera por prótesis XII* Corrección de lesiones congénitas del pie 87.10 Corrección hallux valgus VI** 87.11 Corrección pie cave XII* 87.12 Corrección pie cave equino XII* 87.13 Corrección pie convexo XII* 87.14 Corrección pietalcum valgus XII* 87.15 Corrección pie varus equino XII* Operaciones plósticas de otras articulaciones 87.20 Artroplastia hombro XI* 87.21 Artroplastia codo X* 87.22 Artroplastia rodilla X* 87.23 Artroplastia pie VII* 87.24 Artroplastia falanges pie V** 87.25 Capsulorrafía excepto mane IV** Fijación quirúrgica de columna 87.30 Artrodesis de columna X 87.31 Artrodesis posterior de columna XII Incluye: Instrumentación de ) Harrington o Dywer) Otras operaciones para fijación articular 87.40 Artrodesis de hombro XI* 87.41 Artrodesis de codo X* 87.42 Artrodesis de cadera XI* 87.43 Artrodesis de rodilla X* 87.44 Artrodesis de pie (triple o cuello pie) VIII* 87.45 Artrodesis de falanges pie una o dos) VI** 87.46 Artrodesis de falanges pie (tres o más) VII* Reducción cerrada de luxación 87.50 Reducción cerrada de Iuxación congénita de cadera XI Incluye: Tenotomía Espica yeso bajo anestesia general 87.51 Reducción displasia uni o bilateral de cadera VII Incluye: Férulas de abducción 87.52 Reducción cerrada luxación de hombro IV** Incluye: Acromio-clavicular Escapulo-humeral 87.53 Reducción cerrada luxación del codo VII** 87.54 Reducción cerrada luxación cuello pie V** Tratamiento ortopédico de luxaciones Traumáticas 87.60 Reducción cerrada de luxación traumática de hombro IV** 87.61 Reducción cerrada de luxación traumática de codo VII ** 87.62 Reducción cerrada de luxación traumática de cadera VIII** 87.63 Reducción cerrada de luxación traumática de rótula V* 87.64 Reducción cerrada de luxación traumática de cuello pie V** Reducción abierta de luxación 87.70 Reducción abierta de luxación congénita de cadera XI* Incluye: Salter 87.71 Reducción abierta de luxación de hombro XI* Incluye: Acromio-clavicular Escapulo-humeral antigua o recidivante) 87.72 Reducción abierta de luxación de codo X* Incluye: Antigua o recidivante. 87.73 Reducción abierta de luxación cuello pie VII** Incluye: Antigua o recidivante. Reducción abierta de luxaciones traumáticas 87.80 Reducción abierta de luxación traumática hombro XI* 87.81 Reducción abierta de luxación traumática de codo V* 87.82 Reducción abierta de luxación traumática de cadera XII* 87.83 Reducción abierta de luxación traumática de rotula X 87.84 Reducción abierta de luxación traumática cuello pie VIII* Otras intervenciones de elementos articulares 87.90 Tratamiento quirúrgico de lesión ligamentos rodilla VII** 87.91 Tratamiento esguinces II* 88. Operaciones de los músculos, de los tendones, de Las aponeimosis y de Ias bolsas sinoviales tendinosas, excepto de la mano Aspiración y o extracción cuerpo extraño en músculo, tendón y bolsa sinovial 88.00 Aspiración de la bolsa sinovial tendinoma I ** 88.01 Extracción de cuerpo extraño en bolsa sinovial y/o músculo y/o tendón IV** Sección de músculo y/o tendón 88.10 Miotomía III* 88.11 Tenotomía I1** Resección lesión de músculo, tendón, aponeurosis y bolsa sinovial 88.20 Resección de ganglio (excepto mano) V 88.21 Resección de miositis osificante V 88.22 Resección tumor de fascia y/o músculo y/o tendón V* Resección de músculo, de tendón, aponeurosis y bolsa sinovial 88.30 Pursectomía V** 88.31 Resección higroma rodilla V** 88.32 Resección quiste poplíteo (quiste de Baker) VI** 88.33 Resección de bolsa tendinosa, faccia, musculo o tendón V** Reparación de músculo, tendón y aponeurosis 88.40 Sutura de fascia y/o músculo y/o tendón IV** Transferencia de músculo y tendón 88.50 Transposición de músculo VII** 88.51 Transposición de tendón VI** Otras operaciones plásticas del músculo 88.60 Cuadriceplastia X* Otras operaciones plásticas de tendón y aponeurosis 88.70 Alargamiento de aquiles VIII* 88.71 Fascioplastia V** 88.72 Fasciodesia V** ; 88.73 Tenodesis V** Otras operaciones de los músculos, de los tendones, de las aponeurosis y de las bolsas sinoviales tendinosas 88.90 Introducción de sustancias o líquidos terapéuticos en la bolsa sinovial I 88.91 Liberación de adherencias de tendón (tenolisis) V** 89. Reinserción de miembros y otras 89.00 Reinserción total de miembro superior (por desprendimiento total) XII* 89.01 Reinserción del brazo (por desprendimiento total) XII* 89.02 Reinserción de la mano (por desprendimiento total) XII* 89.03 Reinserción de los dedos de la mano (uno a dos) (por desprendimiento total) X* 89.04 Reinserción de los dedos de la mano (tres o más) por desprendimiento total XII* Reinserción en miembro inferior 89.10 Reinserción total de miembro inferior (por desprendimiento total) XII* 89.11 Reinserción de muslo (por desprendimiento total) XII* 89.12 Reinserción de la pierna (por desprendimiento total) XII* 89.13 Reinserción de pie (por desprendimiento total) XII* 89.14 Reinserción de los dedos del pie (uno a dos)(por desprendimiento total) X* 89.15 Reinserción de los dedos del pie (tree o mds) (por desprendimiento total) XII* Otras reinserciones 89.20 Reinserción nariz XII 89.21 Reinserción oreja XII* Trasplante 89.50 Trasplante dedo pie-mano XII* Incluye: Síndrome de Drouson Aperts T. Collins Otros. Operaciones de la mano Curetaje y escisión huesos mano 90.00 Hemidiafisectomía metacarpianos (uno a dos) VI** 90.01 Hemidiafisectomía metacarpianos ores o más) VII** 90.02 Hemidiafisectomía falange (una a dos) V** 90.03 Hemidiafisectomía falanges mano (tres o mas) VI** 90.04 Drenaje, curetaje secuestrectomía huesos carpo V** 90.05 Drenaje, curetaje secuestrectomía metacar pianos (uno a dos) V ** 90.06 Drenaje, curetaje secuestrectomía metacarpianos (tree o mas) VI** 90.07 Drenaje, curetaje secuestrectomía falanges tuna a dos) IV** 90.08 Drenaje, curetaje secuestrectomía falanges (tres o más) V** Extracción cuerpo extraño intraóseo (excepto material de osteosentesis) sección quirúrgica huesos mano 90.10 Extracción cuerpo extraño intraóseo huesos mano IV 90.11 Osteotomía en metacarpianos (uno a dos) VI 90.12 Osteotomía en metacarpianos (tres o más) VII 90.13 Osteotomía en falanges (una a dos) V 90.14 Osteotomía en falanges (tres o más) VI Operaciones plásticas y reparación huesos de la mano 90.20 Implantación material inerte (prótesis articulares) (uno a dos dedos) VII** 90.21 Implantación material inerte (prótesis articulares) (tres o más dedos) VIII** 90.22 Injerto Oseo en (huesos) carpo (excepto escafoides) VII** 90.23 Injerto Oseo en escafoides VII** 90.24 Injerto Oseo en metacarpianos (uno a dos) VII** 90.25 Injerto Oseo en metacarpianos (tres o más) VIII** 90.26 Injerto Oseo en falanges (una a dos) VI** 90.27 Injerto Oseo en falanges (tres o más) VII** 90.28 Resección tumor óseo benigno mano VII** 90.29 Resección tumor Oseo maligno mano VII** Reducción cerrada de fractura y luxo-fracturas mano 90.30 Reducción cerrada fractura huesos carpo V** 90.31 Reducción cerrada fractura metacarpianos V** 90.32 Reducción cerrada fractura falanges mano V** 90.33 Reducción cerrada fractura intro-articular mano V** 90.34 Reducción cerrada luxo-fractura de Rennst VI** Reducción quirúrgica de fracturas y luxo-fracturas mano 90.40 Reducción abierta fracturas huesos carpo VIII** 90.41 Reducción abierta fractura metacarpianos (uno a dos) VI** 90.42 Reducción abierta fractura metacarpianos (tres o más) VII** 90.43 Reducción abierta fractura falanges mano (uno a dos) VI** 90.44 Reducción abierta fractura falanges manos (tres o más) VII** 90.45 Reducción abierta fractura intra-articular mano (una a dos) VI** 90.46 Reducción abierta fractura intra-articular mano (tres o más) VII** 90.47 Reducción abierta fractura luxo-fractura de Rennet VII** Reducción cerrada o abierta de luxaciones traumáticas en la mano 90.50 Reducción cerrada luxación traumática carpiana VII 90.51 Reducción cerrada luxación traumática metacarpofalángica (una a dos) V** 90.52 Reducción cerrada luxación metacarpofalángica (tres o más) V** 90.53 Reducción cerrada luxación traumática interfalángica (una a dos) V** 90.54 Reducción cerrada luxación traumática interfalángica (tres o más) V** 90.55 Reducción abierta luxación traumática carpiana VIII 90.56 Reducción abierta luxación traumática metacarpofalángica (una a dos) VI** 90.57 Reducción abierta luxación traumática metacarpofalángica (tres o más) VII** 90.58 Reducción abierta luxación traumática interfalángica (una a dos) VI** 90.59 Reducción abierta luxación traumática interfalángica (tres o más) VII** Amputación, desarticulación, revisión y/o reconstrucción muñón de amputación y resección completa de huesos en mano 90.60 Amputación y/o desarticulación dedos mano (una a dos) IV** 90.61 Amputación y/o desarticulación dedos mano (tres o más) V** 90.62 Amputación de la mano VII** 90.63 Revisión y/o reconstrucción muñón de amputación dedos mano (uno a dos) III** 90.64 Revisión y/o reconstrucción muñón de amputación dedos mano (tres o más) IV** 90.65 Revisión y/o reconstrucción muñón de amputación mano V** 90.66 Carpectomía (uno a dos) huesos VII 90.67 Carpectomía (tres o más) huesos IX** 90.68 Metacarpectomía (uno a dos) huesos VII 90.69 Metacarpectomía (tres o más) huesos IX** Operaciones para la mano Sección de músculo, tendones y aponeurosis de la mano 90.70 Aponeurotomía mano II ** 90.71 Miotomía mano II** 90.72 Tenotomía mano II** Resección de músculo, tendón y aponeurosis en la mano 90.80 Extirpación aponeurosis mano (Enf. de Dupuytren) VII** 90.81 Resección músculo aberrante mano (uno a dos) V** 90.82 Resección músculo aberrante mano (tres o más V** 90.83 Resección tendón mano (uno a dos) V** 90.84 Resección tendón mano (tres o más) VI** 90.85 Tenosinovectomía (Enf. de Quervain) VI** 90.86 Tenosinovectomía extensores mano (uno a dos) VI** 90.87 Tenosinovectomía extensores mano (tres o más) VII** 90.88 Tenosinovectomía flexores mano (uno a dos) VII 90.89 Tenosinovectomía flexores mano tres o más) VII** 90.90 Resección vaina tendinosa dedos mano (uno a dos) VI* 90.91 Resección vaina tendinosa dedos mano (tres o más) VII** 91. Operaciones de la mano Sutura de músculos y tendones en la mano 91.00 Miorrafía extensores mano (uno a dos) III** 91.02 Miorrafía flexores mano (tres o más) IV** 91.03 Miorrafía flexores mano (uno a dos) V** 91.04 Tenorrafía extensores mano (uno a dos) VI** 91.05 Tenorrafía extensores mano (tres o más) VII** 31.06 Tenorrafía flexores mano (uno a dos) VII** 91.07 Tenorrafía flexores mono (tres o más) VIII** 91.08 Alargamiento tendón mano (uno a dos) VI** 91.09 Alargamiento tendón mano (tres o más) VII** Transferencia de tendones en la mano 91.10 Reiserción tendón mano (uno a dos) VI** 31.11 Reiserción tendón mano (tres o más) VII 91.12 Transferencia tendón mano (uno a dos) VII 91.13 Transferencia tendón mano (tres o más) VI 91.14 Transferencia tendinosa para parálisis nervio-mediano VIII* 91.15 Transferencia tendinosa para parálisis nervio cubital VIII* 91.16 Transferencia tendinosa para parálisis nervio radial VIII* 91.17 Tenodesis mano (uno a dos) VI** 91.18 Tenodesis mano (tres o más) VII** Otras operaciones de tendones en la mano 91.20 Corrección quirúrgica dedo en botonera VI** 91.21 Corrección quirúrgica dedo en cuello de cisne VI** 91.22 Corrección quirúrgica dedo en martillo (antiguo) VI** 91.23 Corrección quirúrgica camptodactilia (uno a dos) VI** 91.24 Corrección quirúrgica camptodactilia (tres o más) VII** 91.25 Corrección quirúrgica clinodactilia (uno a dos) VI** 91.26 Corrección quirúrgica clinodactilia (tres o más) VII** 91.27 Pulgarización dedo X** 91.28 Transposición dedo IX** 91.29 Tratamiento ortopédico dedo en martillo (reciente) V** Otras operaciones de tendones y aponeurosis en la mano 91.30 Injerto de tendón extensor mano (uno a dos) VII 91.31 Injerto de tendón extensor mano (tres o más) VII** 91.32 Injerto de tendón flexor mano (uno a dos) VIII ** 91.33 Injerto de tendón flexor mono (tres o más) IX* 91.34 Iiberación adherencias extensores mano (uno a dos) VI** 91.35 Liberación adherencias extensores mano (tres o más) VII** 91.36 Liberación adherencias flexores mano (uno a dos) VI** 91.37 Liberación adherencias flexores mano (tres o más) VII** Incisión y escisión de elementos de las articulacionesde la mano 91.40 Artrotomia de mano V** 91.41 Extirpación ganglión carpo V** 91.42 Extracción cuerpo extraño intra-articular mano VI** 91.43 Sinovectomía carpo VI** 91.44 Sinovectomía una a dos metacarpo falángicas V** 91.45 Sinovectomía tres o más metacarpo falángicas VI** 91.46 Sinovectomía una a dos interfalángicas V** 91.47 Sinovectomía tres o más interfalángicas VI** Operaciones para fijación de las articulaciones de la mano 91.50 Artrodesis puño con injerto Oseo VIII** 91.51 Artrodesis pubo sin injerto Oseo VI** 91.52 Artrodesis trapecio-metacarpiana VI** 91.53 Artrodesis (una a dos) metacarpo-falangicas VI** 91.54 Artrodesis (tres o más) metacarpo-falangicas VII** 91.55 Artrodesis (una a dos) interfalángicas VI** 91.56 Artrodesis (tres o más) interfalángicas VII** Otras operaciones de los elementos de las articulaciones de la mano 91.60 Artroplastia pujo VIII* 91.61 Artroplastia trapecio-metacarpiana VI** 91.62 Artroplastia una a dos metacarpo-falángicas VI** 91.63 Artroplastia tres o más metacarpo-falángicas VII** 91.64 Artroplastia una a dos interfalángicas VI** 91.65 Artoplastia tres o más interfalángicas VII** Otras operaciones de los elementos de las articulaciones de la mano 91.70 Capsuloplastia una a dos articulaciones V** 91.71 Capsuloplastia tres o más articulaciones VI** 91.72 Capsulorrafia una a dos articulaciones V** 91.73 Capsulorrafia tres o más articulaciones VI** 91.74 Ligamentorrafia uno a dos ligamentos V** 91.75 Ligamentorrafia tres o más ligamentos VI** Otras operaciones de los elementos de las articulaciones en la mano 91.80 Tratamiento esguince metacarpo-falángico (uno a dos) II** 91.81 Tratamiento esguince metacarpo-falángico (tres o más) III** 91.82 Tratamiento esguince interfalángico (uno a dos) II** 91.83 Tratamiento esguince interfalángico (tres a más) III** Otras operaciones de la mano 91.90 Corrección polidactilia IV** 91.91 Corrección sindactilia (un espacio) VII** 91.92 Corrección sindactilia (dos espacios) VIII** 91.93 Pexia tendón mano V** 91.94 Tratamiento quirúrgico mano zamba radial XII** 91.95 Exploración del túnel del carpo IV Artículo 15. Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de la especialidad de cirugía plas-Idea, la siguiente nomenclatura y clasificación: 92. Operaciones de la piel y del tejido celular subcutáneo Incisiones de la piel y del tejido celular subcutáneo 92.00 Drenaje piel y/o tejido celular subcutáneo I** Incluye: Absceso superficial Hematoma Panadizo 92.01 Drenaje profundo partes blandas Ill** Incluye: Absceso profundo Flegmón Tenosinovitis 92.02 Extracción cuerpo extraño en piel y/o tejido celular subcutáneo II** Extirpación de lesión de la piel y/o tejido celular subcutáneo 92.10 Cauterización en piel I Incluye: Fulguración 92.11 Curación simple con inmovilización I* 92.12 Desbridamiento por lesión superficial mas del 5% área corporal III 92.13 Desbridamiento por lesión de tejidos profundos mas del 5% área corporal IV 92.14 Pistulectomía de piel y tejido celular subcutáneo III 92.15 Resección tumor de piel y/o tejido celular subcutáneo III** 92.16 Resección tumor benigno partes blandas mano III 92.17 Resección tumor benigno piel que requiera reparación con colgajo y/o injerto V** 92.18 Resección tumor maligno de piel que requiera reparación con colgajo y/o injerto de piel VI** 92.19 Resección tumor maligno partes blandas mano VI** Extracción de uña, de lecho o pliegue uncueral con o sin reposición 92.40 Onicectomía una a dos uñas I** 92.41 Onicectomía tres o más uñas III** 92.42 Reposición uñade polietileno (P.O.E.J.Q) I** Sutura de piel o mucosa 92.50 Sutura herida cara III Incluye: Sutura labios 92.51 Sutura heridas múltiples cara (más de tres o una extensa de más de 10 centímetros) VI 92.52 Sutura herida otras arreas II Incluye: Cuero cabelludo Piel Abdomen Extremidades (incluye manos) Tórax Otras operaciones de la piel y del tejido celular subcutáneo 92.92 Avulsión cuerocabelludo (escalpe) V 93. Cirugía de reparación y reconstrucción Operaciones plásticas por lesiones congénitas 93.10 Corrección macro o microstoma X 93.11 Corrección secuelas de labio hendido VII 93.12 Queiloplastia (por defecto congénito) VII 93.13 Rinoqueiliplastia X 93.14 Reparación de colomboma IX Incluye: Naso-oculares Oro-auriculares Oro-oculares 93.15 Resección senos congénitos labiales VII 93.16 Retroposición quirúrgica de la premaxila VII Injerto región pilosa 93.20 Injerto región pilosa VI Injerto Barba Ceja 93.21 Tratamiento quirúrgico para alopecia postsecuelas de trauma VII Injerto cutáneo libre y condrocutáneo 93.30 Injerto de piel en área general hasta 5% V 93.31 Injerto de piel en área general entre 6-15% VII 93.32 Injerto de piel en área general más del 16% XII 93.33 Injerto de piel en área especial VI Incluye: Cara Cuello Genitales Manos (no incluye dedos) Planta de pie Zonas de flexión (no incluye dedos) 93.34 Injerto de piel dedos (uno a dos) IV** 93.35 Injerto de piel dedos (tres o más) V** 93.36 Injerto condrocutáneo VI** Colgajos 93.50 Colgajo de cuero cabelludo VI 93.51 Colgajo de piel a distancia (incluye varios tiempos) XI 93.52 Colgajo de piel regional VI** 93.53 Colgajo libre (con microcirugía) XII* 93.54 Colgajo pediculado en varios tiempos XII Dermoabración 93.70 Dermoabración área general II 93.71 Dermoabración cara (parcial) IV 93.72 Dermoabración Cara (total) VIII 94. Operaciones plásticas de reparación (Reparadora o reconstructiva, no estética) (O.P.E.J.Q.)por especial de la Junta , Quirúrgica) 94.00 Reparación oreja VIII* Incluye: En pantalla Prominente 94.01 Reconstrucción de la oreja XII* Incluye: Ausencia de: Lóbulo Oreja. Operaciones plásticas de la nariz 94.10 Reparación nariz IX Incluye: Corrección: Aplaneamiento de fosas nasales en silla de montar Implante de nariz Operaciones plásticas de Ia cara 94.20 Injerto Oseo en cara XII 94.21 Pitidoplastia (no se reconoce pago por el ISS) XII Operaciones plásticas de la mama 94.30 Cirugía reparadora de seno VII Incluye: Reconstrucción de: Areola Pezón 94.31 Injerto de piel retracción del seno VII 94.32 Memoplastia de reducción XII 94.33 Reconstrucción seno con colgajo XII Tratamiento quemaduras en área general 94.40 Tratamiento quirúrgico quemaduras en área general, hasta 5% (tratamiento total) V 94.41 Tratamiento quirúrgico quemaduras en área general de 6-15% (tratamiento total.) VIII 94.42 Tratamiento quirúrgico quemaduras en área general de 16-25% (tratamiento total) XI 94.43 Tratamiento quirúrgico quemaduras en área general de 26% en adelante (tratamiento total) G:E.I. Tratamiento quemaduras en área especial 94.50 Tratamiento quirúrgico quemaduras cara VII 94.51 Tratamiento quirúrgico quemaduras cuello VII 94.52 Tratamiento quirúrgico quemaduras genitaIes VII 94.53 Tratamiento quirúrgico quemaduras en manos uno incluye dedos) V** 94.54 Tratamiento quirúrgico quemaduras pie V** 94.55 Tratamiento quirúrgico quemaduras zonas de flexión uno incluye dedos) VII** Incluye: Axila Codo Cuello Dorso de pie Hueco poplíteo Región inguinal 94.56 Tratamiento quirúrgico quemaduras uno a dos dedos V** 94.57 Tratamiento quirúrgico quemaduras tres o más dedos VI** Corrección quirúrgica cicatríz de origen traumático 94.60 Corrección quirúrgica cicatríz en área general hasta 5% IV 94.61 Corrección quirúrgica cicatríz en área general más 6 V 94.62 Corrección quirúrgica cicatríz en cara V 94.63 Corrección quirúrgica cicatríz en cuello IV 94.64 Corrección quirúrgica cicatríz en g enitales IV 94.65 Corrección quirúrgica cicatríz en mano con sutura primaria IV** 94.66 Corrección quirúrgica cicatríz en mano con injerto VI** 94.67 Corrección quirúrgica cicatríz en mano con colgajo de vecindad V* Corrección quirúrgica cicatríz 94.70 Plastia en Z (una a dos) en área general V 94.71 Plastia en Z (tres o mas) en área general VI 94.72 Plastia en Z (una a dos) especial VII** Incluye: Cara Cuello Genitales Manos (no incluye dedos) Plantas de pie. 94.73 Plastias en Z (tres o más) en área especial IX* Incluye: Cara Cuello Genitales Manos (no incluye dedos) Planta de pie 94.74 Corrección quirúrgica cicatríz, en manosde flexión no incluye dedos) VII** Incluye: Axila Codo Cuello Dorso de pie Hueco poplíteo Región inguinal. 94.75 Corrección quirúrgica cicatríz uno a dos dedos III** 94.76 Corrección quirúrgica cicatríz tres o más V** 94.77 Corrección quirúrgica cicatríz en planta de pie V** Corrección secuelas quemaduras 94.80 Plastia en Z (una a dos) en área general VI 94.81 Plastia en Z (tres o más) en área general VIII 94.82 Plastia en Z (una a dos) en área especial VII** Incluye: Cara. Cuello Genitales Manos (no incluye dedos) Planta de pie 94.83 Plastia en Z (tres o más) en área especial VIII* Incluye: Cara Cuello Genitales Manos (no incluye dedos) Planta, de pie 94.84 Plastia en Z zonas de flexión (no incluye dedos) VIII Axila Codo Cuello Dorso de pie Hueco poplíteo Región inguinal 94.85 Plastia en dedos (uno a dos) mano o pie V** 94.86 Plastia en dedos (tres o más)mano o pie VI** Otras operaciones reconstructivas 94.90 Corrección parálisis facial XIII 94.91 Dermolipectomía XII 94.92 Tratamiento médico queloide V** Incluye: Infiltraciones y otros procedimientos Artículo 16. Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de las especialidades de Cirugía Oral y Maxilofacial la siguiente nomenclatura y clasificación: 95. Operaciones de las glándulas y conductos salivales Resección parcial o total de glándulas salivales 95.10 Escisión radical de glándula salival IX Incluye: Vaciamiento ganglionar (excepto parótida) 95.11 Parotidectomía XII** 95.12 Resección de mucocele III* Incluye: Quiste de glándula salival 95.13 Resección de ránula V* 95.14 Resección simple de glándula salival (excepto parótida) VII* Otras operaciones de las glándulas y los conductos salivales 95.90 Cierre de fístula de glándula salival VI** 95.91 Dilatación de conductos salivales II** 95.92 Drenaje glándula salival IV** 95.93 Exploración glándula salival VI** 95.94 Extracción cálculo salival VI** 95.95 Sialoplastia VII** 96. Operaciones de la cavidad bucal, de la lengua y del paladar Incisión de cavidad bucal 96.00 Drenaje intraoral de abceso cavidad bucal II Incluye: Hematoma 96.01 Drenaje extraoral de abceso cavidad bucal IV Incluye: Hematoma Operaciones sobre la lengua 96.10 Glosectomía total XII Incluye: Hemiglocectomía 96.11 Glosectomía parcial IX 96.12 Resección lesión benigna superficial de lengua III 96.13 Sección del frenillo lingual (anquiletomía o frenectomía) II Otras operaciones de la lengua 96.30 Glosopaxia III Incluye: Plantis frenillo lingual 96.31 Glosoplastia VI Incluye: Injerto cutáneo o mucoso 96.32 Glosorrafia IV Operaciones de la uvula 96.40 Uvulotomía III 96.41 Uvulorrafia III Operaciones para corrección de paladar hendido 96.50 Paringoplastia IX Incluye: Colgajo faringeo 96.51 Injerto óseo paladar X 96.52 Injerto óseo paladar X 96.52 Palatorrafia IX Incluye: Estafilorrafia Otras operaciones del paladar 96.60 Extirpación lesión superficial paladar III 96.61 Extirpación lesión profunda paladar V Incluye: Adenoma Lesiones superficiales extensas Otras operaciones de la cavidad bucal 96.90 Cierre fístula croantral VII Incluye: Cronasal 96.91 Estomatorrafía III 96.92 Resección lesión benigna superficial mucosa oral III 96.93 Resuciten lesión benigna profunda mucosa oral V Incluye: F Superficial extensa 96.94 Resuciten fístula boca IV 97. Operaciones de los maxilares y de las articulaciones temporo-maxilares Incisión del maxilar 97.00 Drenaje, curetaje, secuestrectomía maxilares V** Incluye: Decorticación Sección de los maxilares 97.10 Corrección de prognatismo maxilar o mandibular XII Incluye: Cirugía ortodóncica Hiperplastia bemimandibular Interogmatismo Micrognatismo Mordida abierta 97.11 Mandibulectomía parcial simple X Incluye : Resección parcial de maxilar superior 97.12 Mandibulectomía parcial con reconstrucción XII Incluye: Resección Ameloblastoma Hemangioma intraóseo Nixoma Tumor de Pinelborg 97.13 Osteotomía mentón X Incluye: Coroneidectomía Ostectomía de Gonión Extirpación y destrucción de lesión del maxilar 97.20 Resección lesión benigna de maxilares VI** Incluye: Exostosis Fibroma Granuloma central de células gigantes 97.21 Resección lesión maligna de maxilares X Resección de elementos articulares del maxilar 97.40 Condilectomía baja del maxilar X Incluye: Condilectomía alta 97.41 Menisectomía articulación maxilar X Incluye: Resección tubérculo articular del temporal Plastia de cápsula articular Reparación y operaciones plásticas del maxilar 97.50 Injerto óseo en maxilares VIII* 97.51 Osteotomía mandibular con seudoartrosis X* Incluye: Corrección de anquilosis con o sin aplicación de prótesis 97.52 Reducción cerrada luxación de maxilar III* Incluye: Inmovilización 97.53 Reemplazo total de articulación temporomandibular G.E.I. Incluye: Injerto del centro de crecimiento 98. Reducción de fractura y luxo-fractura del maxilar Reducción cerrada de fracturas huesos faciales 98.00 Reducción cerrada fractura de maxilar superior VIII Incluye: Inmovilización intermaxilar y/o esquelética 98.01 Reducción cerrada fractura de maxilar inferior VII Incluye: Inmovilización intermaxilar y/o esquelética 98.02 Reducción cerrada fracturas alveolares superior o inferior VII Incluye: Reimplante dental y fijación Reducción abierta de fracturas huesos faciales 98.10 Reducción abierta fractura de arco sigomático VII** 98.11 Reducción abierta fractura de malar VIII Incluye: Fractura del piso de la órbita (Blow-out) 98.12 Reducción abierta fractura de maxilar superior (Lefort I) VIII Incluye: Inmovilización intermaxilar y/oesquelética 98.13 Reducción abierta fractura de maxilar superior (Lefort IIy III) XII Incluye: Fijación intermaxilar y esquelética 98.14 Reducción abierta fractura de maxilar inferior VIII Incluye: Inmovilización intermaxilar y/ oesquelética 98.15 Reducción abierta de fractura alveolares superior e inferior VII Incluye: Fractura de tuberosidad maxilar Reimplante dental y fijación 98.16 Reducción abierta fracturas múltiples de huesos faciales XI Artículo 17. Señálase para las intervenciones y procedimientos quirúrgicos de la especialidad de Cirugía Dental, la siguiente nomenclatura y clasificación: Operaciones de la encía 99.10 Extirpación Lesión benigna encía (epulis) I 99.11 Extirpación biopsia lesión maligna de encía II 99.12 Extirpación lesión maligna de encía con vaciamiento ganglionar IX Extirpación de quistes y tumores odontológicos 99.20 Enucleación quiste odontogénico de menos de 2 centímetros de diámetro V** Incluye: Foliculares Radiculares 99.21 Enucleación quiste odontogénico de más de 2 centímetros de diámetro VII** Incluye: Foliculares Radiculares 99.22 Marsupialización quiste odontogénico IV** 99.23 Resección tumor odontogénico (excepto tumores no escapsulados) V Incluye: Fibroma amelobiástico Odontomas Tumor adenomatoide Resección de quiste no odontogénico 99.30 Resección quiste no odontogénico V Incluye: Dermoide Epidermoide De inclusión Fisulares Oxodoncias 99.40 Exodoncia quirúrgica (con odontosección) IV 99.41 Exodoncia quirúrgica de incluidos VII Incluye: Fijación interdentaria o intermaxilar 99.42 Tratamiento quirúrgico hemorragia post-exodoncia II Intervenciones sobre ápice y pulpa dental 99.50 Apicectomía en diente unirradicular III Incluye: Curetaje apical Obturación retrógada 99.51 Apicectomía en diente multirradicular IV Incluye: Curetaje apical Obturación retrógada Intervenciones para dientes 99.60 Reimplante de dientes IV Incluye: Inmovilización 99.61 Trasplante de diente (autógeno) IV Operaciones sobre los alvéolos dentales y otras reparaciones plásticas de los elementos de sostén de los dientes 99.70 AlveoIectomía (cada cuadrante) II Incluye: Alveoplastia 99.71 Profundización piso bucal VI 99.72 Vestibuloplastia VI Cirugía de nervios dentarios 99.80 Descensos de agujero mentonero VIII 99.81 Exploración conducto dentario inferior IX Incluye: Descompresión (nervio dental) Neurectomía (nervio dentario) 99.82 Neurectomía (nervio) maxilar superior X 99.83 Neurectomía periférica V Incluye: Nervio: Infraorbitario Largo bucal Lingual Mesonero Otras operaciones de cirugía dental 99.90 Colocación implantes intraóseos (unidad) V 99.91 Colocación implantes subperiósticos VI 99.92 Miotomías (músculos) masticatorios VIII 99.93 Osteotomía maxilar para extracción de cuerpo extraño VIII 99.94 Remoción cuerpo extraño tejidos blandos III 99.95 Resección doble labio V 99.96 Resección fosetas labiales IV 99.97 Resección parcial de masetero IX Articulo 18. Señálase para las biopsias la siguiente nomenclatura y clasificación: Incluye: El uso de endoscopia La efectuada por: Aguja Aspiración Curetaje Incisión Perforación (sacabocados) Resección Biopsia de tejido intracraneal. A1.00 Biopsia de encéfalo VIII A1.01 Biopsia meninges encefálicas VIII Biopsia de tejido nervioso A1.10 Biopsia de medula espinal VIII Al .11 Biopsia de meninges vertebrales VIII A1.12 Biopsia de nervio periférico superficial III A1.13 Biopsia de nervio periférico profundo VI Biopsia del ojo A1.20 Biopsia de conducto lacrimal II A1.21 Biopsia de conjuntiva III A1.22 Biopsia de cornea III A1.23 Biopsia de cristalino VII A1.24 Biopsia de cuerpo ciliar IV A1.2:5 Biopsia de esclerótica III A1.26 Biopsia de gládula lagrimal II A1.27 Biopsia de iris III A1.28 Biopsia de Orbita III A1.29 Biopsia de párpado I Biopsia de la nariz y del oído A1.30 Biopsia de nariz II A1.31 Biopsia de oído externo I A1.32 Biopsia de senos nasales y paranasales VI Biopsia de la boca de la faringe y de la laringe A1.40 Biopsia de amígdalas IIl A1.41 Biopsia de cavidad bucal III A1.42 Biopsia de cuerda vocal III A1.43 Biopsia de encía I A1.44 Biopsia de faringe V A1.45 Biopsia de glándula salival III A1.46 Biopsia de labia I A1.47 Biopsia de laringe (vía endoscópica) VII A1.48 Biopsia de lengua II A1.49 Biopsia de paladar y úvula II Biopsia de la glándula tiroides y de la paratiroides A1.50 Biopsia de glándula paratiroides VIII A1.51 Biopsia abierta de tiroides VI A1.52 Biopsia percutanea de tiroides III Biopsia de tórax A1.60 Biopsia de bronquio por endoscopia V A1.61 Biopsia de esófago por esofagoescopiado V A1.62 Biopsia de mediastino por mediastinoscopia VIII A1.63 Biopsia de pericardio por toracotomía VIII A1.64 Biopsia de pleura por punción III A1.65 Biopsia de pulmón por toracotomía VIII A1.66 Biopsia de la traquea (vía endoscópica) V Biopsia del diafragma y de la cavidad abdominal A1.70 Biopsia de diafragma VII A1.71 Biopsia de mesenterio VII A1.72 Biopsia de omento VII A1.73 Biopsia de peritoneo VII Biopsia del estómago y del intestino A1.80 Biopsia del ano II A1.81 Biopsia del colon por colonoscopia V A1.82 Biopsia de estomago por gastroscopia V A1.83 Biopsia de estomago por laparatomía VII A1.84 Biopsia de intestino VII A1.85 Biopsia del recto por rectoscopia IV A1.86 Biopsia de signoide por recto-signoidoscopia IV Biopsia de las vías biliares, del bazo y del páncreas A1.90 Biopsia de bazo (por laparotomía) VII A1.91 Biopsia de conducto biliar VII A1.92 Biopsia de conducto hepático VII A1.93 Biopsia de hígado (vía abierta) VII A1.94 Biopsia de hígado por punción III A1.95 Biopsia de páncreas VII A1.96 Biopsia de vesicula biliar VII A 2. Biopsia (continuación) Biopsia de glándula suprarrenal del riñón y del tejido perirrenal A2.00 Biopsia del riñón (vía abierta) VII A2.01 Biopsia del riñón (percutanea) V A2.02 Biopsia de glándula suprarrenal X Biopsia de las vías urinarias A2.10 Biopsia de uretra (endoscópica) V A2.11 Biopsia de vejiga (vía abierta) VII A2.12 Biopsia de vejiga (endoscópica) VII Biopsia de los Organos genitales masculinos A2.20 Biopsia de epidídimo VI A2.21 Biopsia de escroto II A2.22 Biopsia de pene II A2.23 Biopsia de próstata (por punción) V Incluye: Perineal Transrectal A2.24 Biopsia de testículo VI Biopsia de la mama y de la pared del tórax A2.30 Biopsia de glándula mamaria III Biopsia de los Organos genitales femeninos externos A2.40 Biopsia de clítoris II A2.41 Biopsia de labio mayor II A2.42 Biopsia de labio menor II A2.43 Biopsia de periné II A2.44 Biopsia de vagina II A2.45 Biopsia de vulva II Biopsia de los Organos genitales femeninos internos A2.50 Biopsia de cuello uterino (cervix) II A2.51 Biopsia de endometrio III A2.52 Biopsia de ovario VII A2.53 Biopsia de trompa de Falopio VII A2.54 Biopsia de siometrio (vía. abierta) VII Biopsia del aparato circulatorio y del sistema linfático A2.60 Biopsia de arteria superficial III A2.61 Biopsia de arteria profunda VI A2.62 Biopsia de ganglio linfático III A2.63 Biopsia de vaso linfático III A2.64 Biopsia de vena III Biopsia de hueso A2.70 Biopsia de médula Osea III A2.71 Biopsia de periostio IV Biopsia de otras partes del aparato locomotor A2.80 Biopsia de aponeurosis II A2.81 Biopsia de bolsa sinovial III A2.82 Biopsia de cápsula articular A2.83 Biopsia de cartílago III A2.84 Biopsia de fascia TI A2.85 Biopsia de ligamento III A2.86 Biopsia de músculo TI A2.87 Biopsia de tejido sinovial III A2.88 Biopsia de tendón II Biopsia de piel y tejido celular subcutaneo A2.90 Biopsia de piel, otros sitios I A2.91 Biopsia de piel y tejido celular subcutaneo en otros sitios I Artículo 19. Señalase para la endoscopia diagnóstica, lasiguiente nomenclatura y clasificación: A 4. Endoscopia diagnostica a través de un orificio natural A4.20 Incluye: La efectuada por: Toma de biopsia Aplicación de agentes terapéuticos Exploración Extracción de cuerpo extraño Introducción de tubo Irrigación Lavado A4.20 Laringoscopia IV Incluye: Extracción de cuerpo extraño A4.21 Laringotraqueoscopia V A4.22 Microlaringoscopia V A4.23 Traqueoscopia IV Incluye: Extracción de cuerpo extraño Broncoscopias A4.30 Broncoscopia simple IV A4.31 Broncoscopia para biopsia bronquial V A4.32 Broncoscopia para broncografía V A4.33 Broncoscopia para lavado bronquial V A4.34 Broncoscopia para toma de muestras V A4.35 Fibrobroncoscopia VI A4.36 Broncoscopia para extracción de cuerpo extraño VI Esofagoscopia y gastroscopia A4.40 Esofagoscopia simple IV A4.41 Esofagoscopia para extracción de cuerpo extraño VIII A4.42 Esofagogastroscopia V A4.43 Esofagogastroduodenoscopia VI A4.44 Endoscopia para colengiopancreatografía VIII Endoscopia del colón y del recto A4.50 Colonoscopia fibróptica VII A4.51 Proctoscopia II A4.52 Rectosigmoidoscopia III A4.53 Sigmoidoscopia fibróptica VI Cistoscopia y uretroscopia A4.60 Cistoscopia III A4.61 Pieloscopia III A4.62 Ureteroscopia III A4.63 Uretroscopia II Ginecoscopia A4.70 Amnioscopia IV A4.71 Colpomicroscopia III A4.72 Colposcopia (vaginoscopia) II A4.73 Histeroscopia III A 5. Endoscopia diagnostica por vía quirúrgica A5.00 Incluye: La efectuada para: Biopsia, aplicación de agente terapéutico Exploración o irrigación o lavado Extracción cuerpo extraño Toracoscopia transpleural A5.10 Mediastinoscopia VIII A5.11 Toracoscopia por torascostomía VI Peritoneoscopia A5.30 Laparoscopia V Incluye: Peritoneoscopia diagnostica y/o terapéutica A5.31 Laparoscopia con biopsia dirigida VI Artroscopia A5.40 Artroscopia VI A 6. Endoscopia operatoria A6.00 Dilatación neumática de esófago con balón de Mc.Hardy V A6.01 Colocación de prótesis endoesofágica VII A6.02 Polipectomía endoscópica, en esófago, estómago o duodeno VII A6.03 Papilotomia endoscópica IX A6.04 Polipectomía colónica VIII A6.05 Drenaje biliar percutaneo VII A6.06 Drenaje biliar percutaneo con colocación de prótesis VIII CAPITULO II Exámenesy procedimientos de diagnóstico y tratamiento Definiciones y tarifas Artículo 20. Señálase para los exámenes y procedimientos de laboratorio clínico e inmunología las siguientes tarifas: Acido 5 hidroxil indol acético $ 360 Acido úrico 200 Acido venil-mandelico 585 Acido cítrico seminal 450 Actividad hemolitica del complemento 650 Adhesividad plaquetaria 315 Aglutinas frías (crioaglutininas) 240 Agua (bacteriológico) recuento bacterial, indite coliforme 900 Agua físico químico general 1.800 Albúmina de Bence-Jones 180 Alcaloides 920 Alcohol etílico 920 Alcohol metílico 920 Aldolasa 550 Aldosterona por radio inmunoensayo 2.700 Alfa feto proteína 590 Alfa 1 antitripsina 690 Alucinógenos (L.S.D.) 980 Amilsea (en sangre u orina) cada una 315 Amikasin 900 Aminoaciduria 610 Amonio 920 Amoníaco 920 Anaerobios - investigación por cultivos 920 Androstenodiona por radio inmunoensayo 2.700 Anfetaminas 920 Antibiograma (sensibilidad de los gérmenes a los antibióticos) 315 Antiestreptolisinas 405 Anticuerpos antinucleares (A.N.A. ) 730 Autifungigrama 650 Antígeno australiano A y B cada uno 405 Antígeno australiano B.I.A.) 2.250 Anticuerpos Anti-DNA 1.020 Antitrombina III 540 Antígeno carcincembriónico 1.890 Arsénico 940 Ascorbinemia 360 Auto-vacuna 920 Azohemia (nitrógeno (uréico) (BUR) 225 Baciloscopia (esputo microscópico para BK) 360 Barbitúricos 940 Bence Jones en orina o suero (inmunodifusión o inmunoelectroforesis) 870 Benzodiazepina, metabolito de 940 Bilirrubinemia diferenciada (Van Den Bergh) 290 B.K. Cultivo (esputo cultivo para B.K.) 600 B.K. inoculacíon al curi 730 Blastogenesis de linfocitos 870 Bromosulfalcina 730 Brucellas cultivo 585 Cadmio 920 Calcio en orina cuantitativo (Sulkowitch) 220 Calcio en sangre (calcemia) 220 Cálculos urinarios (exámen completo cualitativo) 675 Campo oscuro (treponema pallidum) (lesión genital campo, oscuro Gram) 350 Carbamazepina (tegretol) 940 Carotenos 495 Catecolaminas 855 Células LE (fenomerios L.E.) 315 Cetosteroides (17 totales) (17 k. totales) 585 Cianuros 920 Ciansetuhemoglobina 630 Citología vaginal, tumoral o funcional 450 Citología funcional seriada (4 frotis) 1.450 Clasificación inmunológica de leucemia 3.100 Clasificación inmunológica de linfoma 3.500 Cloruros en sangre u orina, cada uno 220 Clorados 920 Co-2 (Reserva alcalina) 300 Coagulación. - dosificación de factores cada uno 360 Coagulación y sangría 160 Cocaína metabolito 940 Colesterol alta densidad H.D.L.) 370 Colesterol total 250 Colesterol y esteres 450 Colinesterasa semicuantitativa 225 Colinesterasa cuantitativa 315 Coloraciones Pas o Sudan 550 coloración Sternheimer (leucocitos pálidos) 180 Completo serico (C3 - C4 - C9 cada uno) 540 Consumo de protombina 315 Coombs cualitativo directo o indirecto 250 Coombs cuantitativo directo o indirecto 450 Coprológico (materias fecales) 220 Coprológico seriado (3 muestras) 550 Coprocultivo 630 Coproscópico (recuento leucocitos, gram, glucosa, parásitos P.h.) 470 Cortisol plasmático 920 C..P.M. o C.P.K. MB 450 Creatina 390 Creatinina 220 Crioglobulinas 315 Cromatografía de aminoácidos, carbohidratos o lípidos 1.700 Cromatografía capafina (azúcares reductores) 540 CR.test(latex) (P.C.R. - LE - BA) cada uno 270 Cuadro hematico con sedimentación (hemograma) 315 Cuadro blanco (leucograma) 220 Cumatil 920 Curva de glicemia (5 horas- 7 muestras) 1.530 Curva de glicemia +5 muestras 1.130 Dehidrogenase láctica (en suero 450 Dehidroepiandrosterona por radio inmunoensayo $ 3.150 Depuración de creatina 5401 Depuración uréica 540 1 Digitoxinas por radio inmunoensayo 1.710 1 Digoxinas por radio inmunoensayo 1.710 Dilantina 1.620 Difenilhidantoina sódica (epamín - fenitoina) 920 Disopiremida 920 1 Dosificación de Beta - 2 microglobulina 1.200 Dosificación de inmunoglobulina E especifica (cada alergeno) 1.700 Dosificación de inmunoglobulina E contra penicilloyl 1.900 Electroforesis de hemoglobina 765 Electrolitos, sodio, potasio (cada uno) 220 Electroforesis de proteinas 730 Electroforesis de lipoproteinas (cada uno) 765 Embarazo (pruebas inmunológicas) Gravidex, H.C.G etc 360 Eosinófilos nasales (recuento) 220 Eritrosedimentación (sedimentación globular) 135 Espermograma básico 730 Espermograma completo con bioquímica sesinal 2.700 Esputo microscópico coloraciones generales 320 Esputos, cultivos, gérmenes comunes 630 Estafilolisinas 830 Estearasa ácida en tejidos 460 Estradiol fracción E.2 por radio inmunoensayo 2.380 Estricol placentario fracción E.3 por radio inmunoensayo 2.380 Estrogenos 990 Estrona fracción E.1 por radio inmunoensayo 2.380 Estudio inmunológico para trasplante (HLA, A-B C-D-, MIC, CML, perfil inmunológico, ADCC LNC) 14.000 Estudio de histocompatibilidad completo (HLA, A_B C-D) 9.000 Estudio de histocompatibilidad parcial (HLA, A-B) 7.500 Ethosuximida (Zartalin) 920 Evaluación inmunonutricional 2.500 Factor reumatoideo (RA test) 270 500 Fenciclidina 900 Fenil-Quetonuria 585 Fenobarbital 890 Fenotiacinas 800 Fibrinógeno 270 Fibrinólisis 315 Folatos 1.440 Fosfatasa ácida o alcalina (cada una) 270 Fosfatasas ácidas (fracción prostática) 230 Fosfatasa ácida (RIA) 920 Fosfatasa en leucocitos 315 Fosfatasa ácida en tejidos 460 Fosfolípidos 405 Fósforo 220 Fragilidad capilar (Rumpel-Lee) 225 Fragilidad globular 290 Frotis rectal amebas 270 Fructuosa seminal 250 . 1 Fructuosa seminal, curva 720 F.S.H 920 F.S.H. por radio inmunoensayo 1.440 F.T.A. (inmunofluorescencia sífilis) 630 Galli Mainini cualitativo 360 Galli Mainini cuantitativo 730 Gamma globulina 450 Garganta microscópico (Gram Loefler o Gram Stoltember 360 Garganta, microscópico, cultivos generales y cultivos para Loefler 720 Garganta microscópico, cultivos generales y antibiograma 880 Garganta microscópico y cultivos generales 630 Gasometría arterial (FCO-2 CO-2 ph) 860 Gastrina (por radio inmunoensayo) 1.800 Gastroacidograma (jugo gástrico) 1.170 Genitales (lesión chancro) microscópico y cultivo 6401 Genitales (lesión chancro) directo Grem y campo oscuro 420 Genitales, estudio directo de secreción uretral (fresco-Gram Sorel) 420 Genitales, estudio de liquido prostático (fresco y Gram) 450 Genitales, estudio de liquido prostático (directo y cultivos) 900 Genitales, estudio de liquido prostático (directo, cultivo y antibiograma) 1.020 Genitales, microscópico y cultivos de secreción uretral 6751 Genitales, microscópico y cultivos de secreción ureteal y antibiograma 860 Gentamicina, niveles séricos cuantitativo 1.170 Gentamicina, niveles séricos semicuantitativa 4501 Gingival microscópico 360 Gingival microscópico y cultivos 640 Gingival microscópico, cultivo y antibiograma 780 Glicemis 220 Glicosuria cuantitativo 220 Glicosuria cualitativo 60 Glucosa 6 fosfato 585 Gonadotropina Beta Corinica (por radio inmunoensayo) 1.260 Grupos sanguíneos (RH-Hemoclasificación) 220 Hamburguesa (recuento minutado) 450 Hansen en moco y linfa 410 Haptoglobina 1.080 Hemoparásitos (frotis y gota gruesa) 220 Hemocultivos 585 Hemoglobina 1351 1 Hematocrito o microhematocrito 135 Hemopexina 900 Heparina tiempo 280 Heridas: (microscópico y cultivo para anserobios) 1.080 Heridas: microcópico, cultivos, antibiograma) 950 Heridas: (microscópico y cultivos) Hidanii 920 Hidroxil corticosteroides (oxiesteroides) 920 Hierro sérico total o sideremia 360 Hierro sérico y capacidad de combinación (tras ferrina) 585 Hipersensibilidad tardía con DNCB, varidesa, PPD candidina, cada uno 360 Histoplasma por contra inmunoelectroforesis 630 Histoplasma investigación por cultivos 720 Histoplasma 360 H.L.A.(Histocompatibilidad) 920 Hongos: Estudio directo microscópico y cultivos 830 Hongos: Estudio directo microscopico 450 Hormona luteinizante por radio inmunoensayo en suero 1.350 Hormona del crecimiento por radio inmunoensayo (T.S.H.) 1.440 Hormona luteinizante por radio inmunoensayo en orina 1.440 Hubner test (Sims Hubner) 920 Indice ictérico 180 Inhibidor de C-1 estearasa 585 Insumo diagnóstico de Rubeola, Herpes simple, adenovirus, mononucleosis, rotavirus, citomegalovirus, amebas, plasnodium; cada uno 700 Inmuno-diagnóstico de toxoplasma 600 Inmunoelectroforesis de proteínas o lípidos 1.090 Inmunofluorescencia coli patógeno 450 Inmunofluorescencia en biopsia con cada IG. 745 Inmunoglobulinas (IGG, IGM, IGA, IGD, IGC, IGE), cada uno 505 Inmunoperoxidasa (cada resección) 870 Insulina por radio inmunoensayo 1.350 Intradermoreacción con coocidiodina (hipersensibilidad retardada) 360 Intradermoreacción con blastomicina 360 Intradermoreacción con tuberculina (Mantoux) 315 Intradermoreacción con histoplasmina 360 Intradermoreacción para coocidiodina 360 Intubaciones duodenales (examen en bilis) 1.170 Intubaciones duodenales y examen bacteriológico y cultivos 1.620 Investigaciones de toxoplasmosis (fluorescencia) 720 Iodoproteinemia. (F.B.I.) 540 Ionograma: sodio, potasio, cloruro, calcio, cada uno 215 Iscenzimas de fosfatasa alcalina en tejidos, cada uno 600 Jirgl 380 Jugo gástrico citología 720 Jugo gástrico cultivo para B.K 635 Jugo gástrico directo para B.K 635 Jugo gástrico inoculación para B.K 1.090 L.H.(RIA) 920 Lactógeno placentario (por radio inmunoensayo) 1.800 Látex (Beta L) test 270 Látex (PCR-LE-RA), cada uno 270 Lecitina relación esfingomielina 1.980 Lee White (tiempo de coagulación y sangría) 170 Leishmania frotis - microscópico (Montenegro) 405 Lidocaina 920 Linfocitos B 500 Linfocitos número absoluto 200 Linfocitos T. activos 500 Linfocitos T. totales 500 Lipase 315 Lipidos totales 270 Liquido cefalorraquídeo (L.C.R.) y citoquímico serológico (sin toma) 900 Liquido cefalorraquídeo (L.C.R.) bacteriológico sin toma) 720 Litio 450 Machado Guerreiro (chagas) 450 Machado Guerreiro (chagas) (inmunofluorescencia) 745 Magnesio 450 Marihuana 920 Mercurio 780 Metabolismo basal en el laboratorio 585 Metadona 920 Metaspinefrina 900 Metahemoglobina 630 Metotrexate 920 Micoplasma 540 Mielograma (con toma) 840 Mielograma. (lectura) 420 Mono-test 315 Mysoline (Primidoma) Fenobarbital 920 N.P.N 225 N-Acetilprocainamida (Napa) 900 Oídos, examen microscópico 360 Oídos, microscópicos y cultivo 635 Oídos, microscópicos, cultivo y antibiograma 890 Ojos, examen microscópico 360 Ojos, microscópico y cultivo 635 Ojos, microscópico, cultivo y antibiograma 890 Opiaceos 920 Orina (uroanálisis) 215 Orina, cultivo B.K 630 Orina, microscopico para B.K 360 Oxiuros (frotis directo anal-rectal) 270 Papanicolau 410 Paratormona PTH (R.I.A) 1.800 Paul-Bunell (anticuerpos heterofilos) 550 Pectidasa C. humane 1.170 Peraxidasa 460 Plaquetas 170 Pleural, líquido cito-bacteriológico (sin toma) 635 Plomo 920 Porfirinas (uroporfirinas) 675 Porfobilonógeno 675 Pover -Robinson _ Kepler 540 Potásio (Kalemia) 215 Pregnandiol 730 Pregnantriol 730 Procainamida 900 Progesterone por radio inmunoensayo 1.710 Prolactina por radio inmunoensayo 1.7101 Propoxifeno 900 Proteína c. reactiva (P.C.R.) 270 Proteína totales 215 Proteinemia diferenciada 315 Prueba de sensibilidad a la penicilina 270 Proteinuria 225 Protombina de Quick 215 Pruebas inmunológicas para colagenosis, antiestreptoquineas, antihialurodinasa, D.N.A. asa, N.A.D. asa, cada una 470 Quinidina 920 C Recalcificación de plasma 2151 Receptores estrógenos 1.350 Recuento de Addis 405 Recuento de Colonial 270 Recuento sinutado 405 Recuento de Stoll 405 1 Reiter Test (R.P.C.P.) 470 Renina (actvidad plasmática por radio inmunoensayo) 1.800 Reticulocitos 180 Retracción de coagulo 110 Rose- Waaler 405 Sabin y Feldman 720 Salicilatos 720 Sangre oculta en materias fecales (Cuayaco) 180 Secreción vaginal microscópico 400 Secreción vaginal microscópico y cultivos 670 Secreción vaginal microscópico, cultivo y antibiograma 1.020 Serameba 450 Seroaglutinación (Widal - Weil - Felix y Bruce 550 Serológico V.D.R.L. (cardiolipina) 215 Sodio 215 Sulfas (dosificación) 920 Sulfato de sinc (Kunkel) 215 Sulfofenolftaleina 550 T.G.T tiempo de generación de troamboplastina) 450 T-3 (radioinmunoensayo) 675 T-4 y T.4 normalizado 765 T.P.T.tiempo parcial de tromboplastina (K.P.T.T.) 240 Talio 920 Teofilina (aminofilina en suero o saliva) 1.200 Test de tolerancia a la aspirina 720 Testosterona por radio inmunoensayo 2.070 Thorn simple 550 Thorn técnica de Cohn 1.285 Tiempo de trombina 225 Timol 180 Togramicina 900 Tipificación de enterobacterias por antisueros 1.200 Traneaminasas (SGPT y SGOT) cada una 250 Trigliceridos 495 Tripeina fecal 270 Urobilinogeno, dosificación 270 Urocultivo solo 360 Urocultivo y antibiograma 675 Urocultivo y recuento de colonias 550 Urocultivo, recuento de colonias y antibiograma 730 Uropepsina 360 Valproato de solio - Depakene 920 Vida media de glóbulos rojos 1.530 Vida media del hierro 780 Vitamina B.12 1.350 Volemia volumen sanguíneo con volumetrón 2.340 Artículo 21. Señalase para los exámenes y procedimientos de anatomía patológica., las siguientes tarifas

1.

Biopsias simples (únicas) incisionales por punción o por endoscopio Cavidad oral. esófago, estómago, intestino delgado, colón, recto, ano, fosas nasales, senos paranasales, laringe, tráquea, bronquios, pleura, cuello uterino, endometrio, vagina, tuna de ovario prepucio, glande, uretra, pene, próstata, vejiga, oído, párpado, conjuntiva, córnea, iris, cristalino 1.440

2.

Biopsias simples (únicas) incisionales por punción o por endoscopio con estudio especial de: Histoquímica: Cavidad oral, esófago, estómago, intestino delgado, colón, recto, ano, fosas nasales, senos paranasales, laringes, tráquea, bronquios, pleura, cuello uterino, endometrio, vagina, cuña de ovario, prepucio, glande, uretra, pene, próstata, vejiga, párpado, conjuntiva, córnea, iris, cristalino 1.920 Piel, músculo, pulmón, testículo, ovario, hígado, riñón, médula Osea, cerebro, nervio, hueso, sinovial, cartílagos articulares, aponeurosis, tendones 2.000 Histoquímica e inmunofluorescencia: Cavidad oral esófago, estómago, intestino delgado, colón, recto, ano, fosas nasales, senos paranasales, laringe, tráquea, bronquios, pleura, cuello uterino, endometrio, vagina, tuna de ovario, prepucio, glande, uretra, pone, próstata, vejiga, oído, párpado, conjuntiva, córnea, iris, cristalino 3.000 Piel, músculo, pulmón, testículo, ovario, hígado, riñón, médula ósea, cerebro, nervio, hueso, sinovial, cartílagos articulares, aponeurosis tendones 3.100

3.

Biopsias múltiples (dos o más biopsias simples) incisionales por punción o por endoscópia: Cavidad oral, esófago, estómago, intestino delgado, colón, recto, ano, fosas nasales, senos paranasales, laringe, tráquea, bronquios, pleura, cuello uterino, endometrio, vagina, cuña de ovario, prepucio, glande, uretra, pene, próstata, vejiga, oído, párpado, conjuntiva, córnea, iris, cristalino 1.800 4 . Biopsias múltiples (dos o más biopsias simples) incisionales por punción a por endoscópia con estudio especial de: Histoquímica: Cavidad oral, esófago, estomago, intestino delgado, colon, recto, ano, fosas nasales, senos paranasales, laringe, traquea, bronquios, pleura, cuello uterino, endometrio, vagina, curia de ovario, prepucio, glande, uretra, pene, próstata, vejiga, oído, párpado, conjuntiva, cornea, iris, cristalino 2.520 Piel, músculo, pulmón, testículo, ovario, hígado, riñón, médula ósea, cerebro nervio, hueso, sinovial, cartílagos articulares, aponeurosis, tendones 2.600 Histoquímica e inmunofluorescencia: Cavidad oral, esófago, estomago, intestino delgado, colon, recto, ano, fosas nasales, senos paranasales, laringe, traquea, bronquios, pleura, cuello uterino, endometrio, vagina, curia de ovario, prepucio, glande, uretra, pene, próstata, vejiga, oído, párpado, conjuntiva, córnea, iris, cristalino 4.000 Piel, músculo, pulmón, testículo, ovario, hígado, riñón, medula ósea, cerebro, nervio, hueso, sinovial, cartílagos articulares, aponeurosis, tendones 4.100 5. Biopsias por congelación y estudio en parafina 3.600 Especímenes quirúrgicos: 6. Simples o compuestos sin disección ni análisis ganglionar Seco herniario, apéndice, amígdalas, vesícula biliar 1.320 Masas cutáneas, tejidos blandos, sistema nervioso central y periférico, seno, trompas, meniscos, sinovial, cartílago, arterias, venas, linfáticos, ganglio linfático, nervioso 1.680 Glándula salivar, ginecomastia, glándula mamaria, paratiroides, tiroides, quiste tirogloso, quiste branquial, esófago, estómago, intestino delgado, colon, ojo, laringe, pulmón, timo, bazo, riñón, hígado, páncreas, placenta, Otero solo, ovario, próstata, testículo, epidídimo 1.880 Utero y anexos, testículos bilaterales, riñones bilaterales, ovario bilateral, trompa bilateral, epidídimo bilateral, ojos bilaterales 2.200 7. Simples o compuestos sin disección ni análisis ganglionar con estudio especial de: Histoquímica : Saco herniario, apéndice, amígdalas, vesicula biliar 1.900 Masas cutáneas, tejidos blandos, sistema nervioso central y periférico, seno, trompas, menisco, sinovial, cartílago, arterias, venas, linfáticos, ganglio linfático, ganglio nervioso 2.300 Glándula salivar, ginecomastia, glándula mamaria, paratiroides, tiroides, quiste tirogloso, quiste branquial, esófago, estómago, intestino delgado, colon, ojo, laringe, pulmón, timo, bazo, riñón, hígado, páncreas, placenta, útero solo, ovario, próstata, testículo, epidídimo 2.500 Histoquímico e inmunofluorescencia: Saco herniario, apéndice, amígdalas, vesícula biliar 2.700 Masas cutáneas, tejidos blandos, sistema nervioso central y periférico, seno, trompas, menisco, sinovial, cartilago, arterias, venas, linfáticos, ganglios linfáticos, ganglios nerviosos 3.100 Glándula salivar, ginecomastia, glándula mamaria, paratiroides, tiroides, quiste tirogloso, quiste branquial, esófago, estómago, intestino delgado, colon, ojo, laringe, pulmón, timo, bazo, riñón, hígado, páncreas, placenta, Otero solo, ovario, próstata, testículo, epidídimo 3.300 8. Cono cervical completo 3.000 9. Extremidades completas 3.000 10. Simples o compuestos con disección y análisis ganglionar : Glándula salivar, ginecomastia, glándula mamaria, paratiroides, tiroides, quiste tirogloso, quiste branquial, esófago, estómago, intestino delgado, colon, ojo, laringe, pulmón, timo, bazo, riñón, hígado, páncreas, placenta, Utero solo, ovario, próstata, testículo, epidídimo 2.300 11. Simples o compuestos con disección y análisis ganglionar con estudio especial de: Histoquímica: GIándula salivar, ginecomastia, glándula mamaria, paratiroides, tiroides, quiste tirogloso, quiste branquial, esófago, estómago, intestino delgado, colon, ojo, laringe, pulmón, timo, bazo, riñón, hígado, páncreas, placenta, Utero solo, ovario, próstata, testículo, epidídimo 2.800 Histoquímica e inmunofluorescencia: Glándula salivar, ginecomastia, glándula mamaria, paratiroides, tiroides, quiste tirogloso, quiste branquial, esófago, estómago, intestino delgado, colon, ojo, laringe, pulmón, timo, bazo. hígado, páncreas, placenta, Utero solo, ovario, próstata, testículo, epidídimo 3.600 12. Citologías: Vaginal, tumoral o funcional 450 Vaginal, seriada (4 frotis) 1.450 Estudio de líquidos 720 Bronquial o esofágica (cepillado y lavado con bloqueo) 960 13. Autopsias : Incluyendo estudio sacro y microscópico 7.200 Completa, con embalsamiento 9.600 Embalsamiento 6.000 Formolización 3.000 Viscerectomía 3.200 Artículo 22. Señálanse para los exámenes y procedimientos radiológicos las siguientes tarifas: Extremidades pelvis Mano, puño, codo, pie, hombro, clavícula, omoplato, antebrazo, cuello de pie, carpograma 1.560 Brazo, pierna, rodilla, fémur 1.710 Test de Farill 1.620 Test de anteversión femoral 2.430 Serie metastásica (AP de husos largos, AP y LAT de columna vertebral, AP y LAT de cráneo) 4.500 Pelvis, cadera, articulaciones sacroilíacas y coxofemorales 1.560 Comparativas de las anteriores al valor de la región agregar 840 Tomografía osteoarticular, al valor de la región agregar 2.250 Craneo y cara Cara, malar, arco cigomático, huesos nasales, maxilar superior, silla turca, base del Cráneo 1.620 Senos paranasales, maxilar inferior, Orbitas, articulaciones temporomandibulares agujeros Opticos, conductos auditivos, poros acústicos 1.710 Cráneo simple 2.070 Mastoides 2.250 Tomografía lineal de las regiones anteriores agregar 2.250 Politomografía de conducto auditivo interno 5.900 Politomografía de mastoides para infección o malformación 7.900 Politomografía para trauma y coclea 9.900 Politomografía de silla turca 5.900 Politomografía de senos paranasales e articulación temiuromandibular 5.900 Columna vertebral Columna cervical 1.390 Columna dorsal 1.801 Columna lumbosacra 2.250 Sacrococci 1.800 Test de escoliosis 2 880 Proyecciones dinámicas agregar 450 Tomografía de columna, por segmento agregar 2.250 Esternón y articulación esternoclavicular 1.620 Tórax Tórax (PA.LAT): reja costal 1.800 Fotofluoroscopia 360 Apicograma 1.080 Tórax con oblicuas, serie cardiovascular, tórax con bario 2.430 Con tomografía total en AP agregar al valor deltorax 4.530 Con tomografía en AP y otras proyecciones agregar 6.300 Con tomografía unilateral en AP agregar 3.240 Con tomografia AP y otras proyecciones 4.500 Tomografia de mediastino 6.300 Politomografia de torax 9.900 Abdómen genitourinario Simple de abdomen 1.920 Pielografia retrograde 2.520 Cistografia, cistouretrografia, uretrografia, pielografia descendente 2.250 Utograffa IV 3.780 Histerosalpingografía, ginecografía, vaginografía, vesiculografia, genitografia 2.340 Tomografía de la silueta renal 2.430 Urografía con nefrotomagrafía 4.500 Vías biliares Colecistografia 2.040 Colangiografía IV Ibiligrafía 2.610 Colangiografía operatoria 3.000 Colangiografía post-operatoria 2.250 Colangiografía percutanea 3.150 Colangiografía traneduodenal 2.760 Colangio-tomografía 3.150 Colecisto-tomografía 2.700 Vías digestivas Esófago 1.920 Estómago y duodeno 3.030 Esófago, estómago y duodeno (vías digestivas altas) 3.600 Tránsito intestinal (convencional) 3.960 Tránsito intestinal en doble contraste 4.500 Colon por enema (convencional) 3.600 Colon por enema en doble contraste 4.050 Estómago y duodeno en doble contraste 4.050 Neurorradiología * Mielografía cada segmento 3.600 * Neumoencefalograma, ventriculografia, lodoventriculografía 4.560 * Arteriografía carotídea unilateral 5.040 * Arteriografía vertebral 8.100 * Penegiografía 5.660 Cardiovascular * Linfagiografía unilateral 3.600 * Linfagiografía bipedal 6.600 * Cavografia, flebografía unilateral 3.150 * Arteriografia periférica unilateral 4.500 * Aortografia por punción (translumbar) 4.150 * Aortografia por vía branquial 5.400 * Aortografía por catéter 4.150 * Arteriografía o flebografía selectiva abdominal por bazo 9.000 * Aortografía y arteriografía de miembros inferiores 10.800 * Angiografía pulmonar, cateterismo derecho 6.300 * Cateterismo cardiaco izquierdo 8.400 * Coromariografía 9.600 * Esplenoportografía 2.700 * Estudios de hipertensión portel (incluye arteriografía, flebografía y hemodinamia) 13.500 * Portograma tranehepático (toma de muestras, portografía) 10.800 * Instrumentación terapéutica (embolización, farmacoangiografía, angioplastia tranaluminal percutanea). Añadir al procedimiento diagnóstico 6.300 Otros procedimientos intervencionistas * Pielografía percutanea 2.700 * Nefrostomía percutanea 7.200 * Biopsia percutánea (pulmón, tiroides, hígado, páncreas, riñón y linfáticos) 3.600 * Instrumentación percutanea (drenaje, derivación o dilatación de cálculos residuales 7.200 * Extracción de cálculos residuales 7:200 * Revisión de los procedimientos anteriores (cambia de tubo, limpieza del mismo o reubicación) 3.600 Respiratorio y O.R . L. * Faringolaringografía 2.250 * Broncografía unilateral 3.150 * Tomografía de laringe y faringe 4.500 * Tejidos blandos de cuello 1.920 * Xero-radiografía cuello 2.250 * Cuerpo extraño endocular (esquema sweet) 2.250 * Sialografía 2.040 Tomografía computarizada escanigrafía (TAC, FMI, SCANNER) de cráneo Tipo I, exámen simple, según solicitud del medico 15.300 Tipo II, examen con medio de contraste, de acuerdo con la solicitud del medico 16.800 Tipo III, si después de practicar el exámen tipo I, se requiere inmediatamente el tipo II, el valor conjunto de los exámenes será de 19.200 Tipo IV, TAC y cisternografía 19.200 Tomografía computarizada escanigrafía (TAC, FMI, SCANNER) del cuerpo Tipo V, examen simple, según solicitud del medico 16.650 Tipo VI, examen con contraste según solicitud del medico 18.000 Tipo VII, TAC vertebral por segmento 19.800 Tipo VIII, si después de practicado el examen tipo IV se requiere inmediatamente el tipo V, el valor conjunto de los exámenes será 19.800 Otros Xeromanografia 3.600 Mamografía 3.150 Ortografía 2.340 Tomografía en artrografía de rodilla, agregar 1.200 Fistulografía, agregar a la región 1.800 Portátil en clínica u hospital, al valor de la región agregar 7.800 Portátil en cirugía de cadera, agregar a la región 1.200

Parágrafo 1

Las tarifas contempladas en este artículo son los precios máximos que el Instituto reconoce cuando el procedimiento completo lleve el respectivo informe escrito del médico especialista radiólogo. Cuando esto no sucede, el valor estipulado para cada caso se le descontará el veinticinco por ciento (25 0 %).

Parágrafo 2

Cuando el Instituto no cuente dentro de su planta de personal con el recurso de médico radiólogo y determinados estudios radiológicos no puedan ser interpretados por el médico solicitante, podrá contratar con especialistas radiólogos la lectura de los mismos y los pagará en el equivalente de un veinte por ciento (20%) del valor establecido para cada estudio en este artículo.

Parágrafo 3

Queda entendido que los estudios para los cuales se contratará especialista radiólogo para su interpretación, son aquellos que por su complejidad no puedan ser interpretados por el médico solicitante. Será del control de la autoridad médica del Instituto, la determinación y elección de estos procedimientos.

Parágrafo 4

Los medios de contrastes, caracteres o similares que se empleen en los estudios y procedimientos, se reconocerán al costo de adquisición.

Parágrafo 5

Los estudios de tomografía que requieran de anestesia, tendrán un recargo de $ 2.160.00.

Parágrafo 6

En la práctica de los estudios y procedimientos especiales marcados con un asterisco, se reconocerá adicionalmente como honorarios profesionales, una suma igual a la fijada para el estudio o procedimiento. Artículo 23. Señálanse para los exámenes y procedimientos de medicina nuclear las siguientes tarifas: Estudios endocrinológicos Tiroides Retención de I - 131, 4 y 24 horas $ 1.200 Gammagrafía y retención 24 horas, I-131 2.250 Gammagrafía con Tc-99m 1.800 Prueba de supresión (retenciones) 1.800 Terapia de hipertiroidismo: valor radioyodo más 7.200 Terapia adenocarcinoma con I-131: valor radio yodo más 18.000 Serie metastásica (corporal) con I-131 3.600 Suprarrenales Gammagrafía con yodo-colesterol:valor de la droga, más 4.500 Estudios de tracto digestivo Glándulas salivales, gammagrafía 1.800 Esófago, estómago: transito, reflujo 3.600 Intestino: divertículo de Meckel (Tc - 99m - 04) 2.700 Intestino: hemorragia (TC - 99m-coloide) 3.600 Estudios hepato-esplénicos Hígado - bazo: gammagrafia con coloides 2.640 Hígado - vial biliares con derivados de IDA 3.600 Hígado: perfusión, pool sanguíneo 3.150 Bazo: Gammagrafía con glóbulos rojos (Tc, Cr) 3.600 Hígado - pulmón: gammagrafía combinada 4.530 Estudios ostecarticulares Esqueleto: Gammagrafía corporal total 4.950 Gammagrafía corporal segmentaria 3.600 Gammagrafía de médula óseo 4.500 Estudios nefro-urológicos Renografía convencional (hipuran) 3.120 Gammagrafía secuencial 3.600 Gammagrafía estática con perfusión 3.600 Reflujo vesicouretral, indirecto 1.860 Cistografía directa, reflujo 3.150 Filtración glomerular 1.560 Flujo plasmático renal 2.250 Residuo vesical 1.800 Perfusión testicular 1.800 Estudios pulmonares Gammagraifa, perfusión 3.600 Gammagrafía, ventilación: el costo del xenón más 2.700 Detección de hemorragia pulmonar (Tc - coloide) 3.600 Estudios vasculares Venografía miembros inferiores 3.150 Venografía con gammagrafía pulmonar 4.050 Perfusión segmentaria, pool regional, placenta 3.150 Estudios cerebrales Perfusión 2.700 Gammagrafía estática 3.600 Perfusion y gammagrafia 4.500 Cisternografía: el valor de la droga más 5.400 Estudios hematológicos Vida media del hierro 780 Vida media de glóbulos rojos 1.530 Volumen sanguíneo plasmático 780 Ferrocinética 4.500 Test de Schilling: el valor de la droga más 2.250 Estudios cardiológicos Angiocardiografía (primer paso) convencional 4.500 Angiografía para detección de shunts 6.300 Miocardio, pirofosfatos 4.680 Miocardio, T1 - 201 12.000 Ventriculografía: Función ventricular 7.200 Con prueba de esfuerzo 9.000 Estudio de linfáticos Linfogammagrafia 3.120 Detección de tumores Gammagrafía con galio - 67 13.500 Artículo 24. Señálanse para los exámenes y procedimientos de Nefrología y Urología las siguientes tarifas: Depuración de solutos $1.920 Depuración de inulina y depuración de para-aminohipurato de sodio 10.800 Determinación de oszolaridad $650 Cistometría (medición de la presión vesical) 1.200 Flujometría (cálculo del volumen de orina por unidad de tiempo) 800 Electromiografía del esfinter uretral 600 Artículo 25. Señálanse para los exámenes y procedimientos de Neurologiá, las siguientes tarifas: Espirometría simple $1.440 Espirometría con brcncodilatadores 1.560 Espirometría más volumen residual y capacidad pulmonar total 1.920 Difusión de monóxido de carbono 2.000 Gases arteriales 800 Espirometría más gases arteriales y difusión de monóxido de carbono 3.600 Capacidad residual funcional más volumen residual 1.600 Espirometría más volumen residual y capacidad residual funcional 2.600 Volumen de cierre 1.440 Curva de flujo de volumen 1.440 Espirometría, capacidad residual funcional volumen de cierre, volumen de gas intratorácico, resistencia total de vías aéreas, ventilación voluntaria máxima con pletismógrafo más gases arterioles 6.000 Resistencia total de vías aéreas 1.560 Volumen de gas intratorácico 1.560 Volumen de gas intratorácico, más resistencia total de vías aéreas, antes y después de, bronco dilatadores 3.600 Volumen de gas atrapado 2.880 Disensibilidad pulmonar 3.400 Cálculo de espacio muerto en reposo 2.800 Calculo de espacio muerto con esfuerzo 3.809 Estudio de ergo Oxisereen completo (NV, EP, FCO2, RQ, HR, V02, VCO2, F02, V02/HR, V02/KG, MET ECO2) 7.000 Cálculo de consumo de oxigeno 2.300 Cociente respiratorio 2.300 Espirometría más flujos espiratorios forzados. 200-1.260, 25-75 75-85% (computarizados) 2.760 Icatoforesis (dosificación de electrolitos en el sudor) 500 Artículo 26. Señálanse para los exámenes y procedimientos de Cardiología, las siguientes tarifas: Electrocardiograma del Has de Hiss $ 8.000 Electrocardiograma 960 Pericardiocentesis 6.390 Prueba ergométrica o test de ejercicio 3.900 Fonocardiograma y pulsos 2.400 Fonocardiograma (mono o biplano) 3.600 Vectocardiograma 2.430 Cateterisnio derecho 7.800 Cateterismo izquierdo 9.360 Cateterismo izquierdo y derecho 14.040 Angiografía izquierda y derecho 3.120 Arteriografía coronaria 16.800 Arteriografías selectivas: Renales 8.000 Abdominal y torácica 8.000 Cabeza y cuello 9.000 Marcapaso transitorio 7.800 Marcapaso venoso definitivo 27.000 Electrocardiografía dinámica de 24 horas 7.800 Los estudios radiológicos que se requieran en los procedimientos anteriores, se pagarán según Ias tarifas determinadas en el artículo correspondiente.

Parágrafo

Cuando uno de Ios procedimientos anteriores, requiera el uso del quirófano, se reconocerá como derechos de sala, un 30% de Ios honorarios fijados para el especialista. Artículo 27. Señálanse para los exámenes y procedimientos de Neurología, las siguientes tarifas: Electroencefalograma $ 960 Electromiograma de reflejos de tallo cerebral 2.500 Artículo 28. Señálanse para los exámenes y procedimientos de Otorrinolaringología, las siguientes tarifas: Audiometría de Vonbekesy $ 1.000 Audiometría tonal 540 Audiometría verbal (logoaudiometría) 540 Audiometría de tallo cerebral 5.160 Pruebas de reclutamiento (S.I.S.I., etc.) cada una 540 Pruebas de fatiga (Tone Decay, etc.) cada una 540 Estudio vestibular con electrosistragmografía 1.800 Adaptación de audífono 1.300 Punción seno maxilar 420 Impedanciometría 600 Nebulizaciones, cada una 323 Proetz (desplazamiento) cada uno 320 Acufenometría 480 Pruebas vestibulares (calóricas, posicionales, rotatorias, etc.) 1.080 Lavado de oídos 320 Curación de oído (bajo microscopio)) 320 Valoración eléctrica de nervio facial (prueba de Hilger) 1.000 Artículo 29. Señálanse para los exámenes y procedimientos de Oftalmología, las siguientes tarifas: Ultrasonografía $ 4.440 Angiofluoresceinografía 5.003 Tonografía simple 1.080 Tonografía con pruebas provocativas 1.440 Campo visual especializado 900 Campo visual simple 700 Refracción especializada $ 600 Exámen de optometría 380 Perimetría 600 Exámen ortóptico 380 Evaluación ortóptica prequirúrgica 1.500 Evaluación ortóptica postquirúrgica 2.500 Tratamiento antisupresivo (10 a 15 sesiones) 4.200 Tratamiento por insuficiencia de convergencia (20-30 sesiones) 6.000 Tratamiento por insuficiencia de divergencias (20-30 sesiones) 6.000 Tratamiento pleóptico (35-40 sesiones) 9.600 Retaterapia 840 Artículo 30. Señálanse para los procedimientos de Medicina Física y Rehabilitación, las siguientes tarifas: Electromiografía $ 1.200 Neuroconducción 1.300 Neuroconducción comparativa 2.000 Test de Lambert 1.600 Reflejo trigemino facial 1.600 Potenciales avocados 2.500 Test de fibra única 2.500 Biofeed Back 500 Estimulación eléctrica transcutanea 320 Fenolizaciones o neurólisis de puntos motores 2.000 Terapia física, sesión 320 Terapia ocupacional, sesión 320 Terapia del lenguaje, sesión 320 Terapia respiratoria, sesión (incluye: presión positiva intermitente; nebulizaciones simples, ultrasónicas o calientes; drenaje bronquial; espirómetro incentivo) 320 Terapia para rehabilitación cardíaca, sesión 320 Estimulación temprama, sesión 320 Artículo 31. Señálanse para el servicio de Banco de Sangre, las siguientes tarifas: Las transfusiones aplicadas de plasma, sangre, glóbulos y plaquetas se pagarán al precio de costo para la Institución que preste el servicio. Las instituciones con las cuales el Instituto celebre contratos de prestación de servicio de salud no podrán exigir donaciones de sangre a los familiares o beneficiarios del ISS. Exanguíneo, transfusión: Honorarios profesionales $ 4.000 Derechos de sala 2.030 Artículo 32. Señálanse para los exámenes y procedimientos por ultrasonido, las siguientes tarifas: Ginecología y obstetricia Localización de cuerpo extraño intrauterino $ 2.600 Edad gestational (únicamente) 2.600 Diagnóstico de embarazo (únicamente) 2.500 Estudio para embarazo molar 2.600 Localización de placenta 2.600 Evaluaciones de pelvis 2.600 Estudio para embarazo ectópico 3.600 Evaluación de masas pélvicas 3.600 Exámen completo para embarazo 2.600 Controles de embarazo, cada uno 2.000 Otros exámenes Ecografía cerebral en R.N 4.000 Estudio para bazo 3.000 Determinación de ascitis 3.000 Estudio de hígado y vías biliares 4.000 Biopsia o aspiración; a la zona agregar 2.400 Exámen de retroperitoneo: aorta-riñón y cava 4.000 Evaluación de masas abdominales 4.000 Carótidas (sonografía estática modo B.) 3.500 Carótidas (Doppler) (pulso) 4.000 Estudio de glándulas suprarrenales 3.600 Estudio de próstata (sonografía estática modo B) 2.600 Estudio de próstata transrectal 3.600 Estudio de aneurisma de la arteria poplítea "Quiste de Backer": Sonografía estática modo B 3.500 Sonografía dinámica modo B 3.500 Doppler 4.000 Estudio de amniocentesis con guía sonográfica 2.600 Estudio sonográfico intraquirúrgico 4.000 Exámen abdominal pediátrico 4.000 Ecocardiografía bidimensional 5.000 Estudio de páncreas 4.000 Estudio de tiroides y cuello 3.500 Estudio de senos 3.230 Estudio de testículo 3.200 Estudio de vasos periféricos 3.500 Estudio de pericardio y pleura 3.500 Artículo 33. Señálanse para los estudios de Genética, la siguientes tarifas: Cariotipos $ 2.501 Consulta genética y estudio de cromosomas mediante cultivo de linfocitos 3.600 Estudio de cromosomas (cultivo de fibroblastos) 4.800 Estudio cromosómico prenatal 6.004 Estudio cromosómico prenatal y dosificación de alfafeto-proteina 7.200 Test de cromatina 1.200 Pruebas cromosómicas y cultivos celulares en estados leucémicos y preleucémicos 4.800 Aminoácidos en orina 640 Mucopalisacaridos en orina 1.200 Determinación de grupo sanguíneo (ABO, D, E', C, d, e, Duffy, Kell Kidd, Lewis, N,N,S, s, Celano; Xga) completo y útil para estudios de paternidad 6.000 Determinación de grupos sanguíneos más comunes A-B OyRh (D,C,E,d,e) $ 1.200 Marcador genético de susceptibilidad a enfermedades 2.200 Artículo 34. Señálanse para los exámenes y procedimientos de Radioterapia, Ias siguientes tarifas: Radioterapia superficial Tipo I $ 14.400 Tipo II 10.800 Tipo III 8.400 Radioterapia profunda Tipo I 28.800 Tipo II 2,1.600 Tipo III 14.400 Cobaltoterapia Tipo I 36.000 Tipo II 28 200 Tipo III 20.400 Radiumterapia Tipo I 22.200 Tipo II 17.760 Tipo III 13.200 Quimioterapia Tratamiento hasta seis meses 20.040 Artículo 35. Señálanse para los procedimientos de investigación de alergias, las siguientes tarifas: Test de alergias 1.200 Preparación y administración de inmunoestimulantes y potenciadores (tratamiento hasta por seis mesas), incluyendo los controles médicos 7.500 Artículo 36. Señálanse para otros servicios de Apoyo Terapéutico, las siguientes tarifas: Infiltraciones intraarticulares ligamentosas o de puntos musculares dolorosos 503 Quimiofototerapia método (P.U.V.A.) tratamiento para peoriasis, vitiligo y linformes (cada sesión) 800 Artículo 37. Señálanse para los exámenes y procedimientos de Sicología las siguientes tarifas: Valoración sociológicas 450 Terapia sicológica (sesión) 400 Terapia sicológica de grupo sesión (2 o más beneficiarios del ISS) 690 Exámen sicopedagógico 600 Test de Rormchach 1.800 Inventario de personalidad (M.M.P.I.) 750 Pruebas de percepción temática (C.A.T. o T.A.T.) 900 Escala Weachler para niños y adultos 1.050 Escala infantil de inteligencia Therman 1.050 Artículo 38. Señálanse para el procedimiento de Monitoría Fetal, en alto riesgo materno fetal, Ias siguientes tarifas: Monitoría fetal anteparto: Registro diagnóstico simple 700 Prueba de no stress 700 Prueba de stress 1.000 Monitoría fetal durante el trabajo de parto (hora) 1.503 CAPITULOIII Servicios intrahospitalarios y arnbulatorios Estancia, camas hospitalarias, derechos de sala, materiales, drogas, equipos y honorarios profesionales Definiciones y tarifas Artículo 39. Defínese como estancia, el conjunto de recursos, físico, humano y de equipamiento disponible como cama hospitalaria para la atención de un paciente durante 24 horas. La cama hospitalaria es aquella instalada para el uso exclusivo de los pacientes hospitalizados durante las 24 horas; incluye las incubadoras y excluye las camas de trabajo de parto, de recuperación post-quirúrgica, de hidratación que se usen sólo para este fin, las de observación, las tunas complemento de la cama obstétrica, las localizadas en los servicios de rayos X,banco de sangre. laboratorio clínico, las de acompañante y las utilizadas por empleados para su descanso en horas laborables. Artículo 40. La contratación de servicios se hará siempre por número de estancias hospitalarias en piezas individuales, bipersonales, de tres camas y excepcionalmente en piezas de cuatro o más camas, si las condiciones de salud de los beneficiarios lo permiten. Artículo 41. La estancia en todos los casos comprende los siguientes servicios: Médico general hospitalario de piso; Enfermera; Auxiliar de enfermería; Dotación básica de elementos de enfermería; Material de curación; Alimentación adecuada al estado del paciente; Suministro de ropa de cama; Aseo; Servicios públicos de luz y agua; Servicios y recursos del hospital para comodidad del paciente (ascensores, calderas, llamado de enfermeras, teléfono local aire acondicionado, etc.). Artículo 42. Cuando se contratan estancias en instituciones siquiátricas de cualquier nivel, estas comprenden, además de los anteriores servicios, los de electroterapia, terapia ocupacional, recreativa y de grupo y la atención médica especializada. Artículo 43. Cuando se contratan estancias en instituciones hospitalarias para pacientes crónicos de atención específica, estas comprenden, además, la atención médica general o de especialistas cuando el caso lo requiera. Articulo 44. Para el reconocimiento y pago de las estancias hospitalarias que se contratan, se tendrá en cuenta la clasificación establecida por el Sistema Nacional de Salud

a)

Hospital universitario;

b)

Hospital regional;

c)

Hospital local A;

d)

Hospital local B (centro de salud con camas). La clasificación anterior será base para homologar las instituciones de utilidad común sin ánimo de lucro, vinculadas al Sistema Nacional de Salud y a las instituciones privadas se consideran homologadas para efecto de la estancia hospitalaria, el nivel universitario, aquellas instituciones; privadas dedicadas exclusivamente al diagnóstico y tratamiento médico-quirúrgico de alta especialidad de las siguientes áreas: Cirugía cardiovascular; Neurocirugía; Diagnóstico y tratamiento del cáncer; Trasplante renal. En la misma forma se homologarán, en todo el país, las restantes instituciones privadas y sin ánimo de lucro, así: Al nivel local: Se homologarán aquellas cuyos recursos sólo le permitan atender el parto normal, observación yhospitalización para tratamientos clínicos simples, hidratación y urgencias de bajo riesgo. Al nivel regional: Se homologaran, las instituciones que además de los servicios del nivel local cuentan con el recurso para atender pacientes en las cuatro especialidades básicas y subespecialidades que no requieren el nivel universitario. Artículo 45. De acuerdo con la clasificación establecida por el Sistema Nacional de Salud se aplicará a la estancia las siguientes tarifas: Estancia día en los servicios de Medicina Interna, Cirugía, Ginecoostetricia y pediatría: a) En hospital universitario: -Habitaciones unipersonales $ 2.303 -Habitaciones bipersonales 2.000 -Habitaciones de tres camas 1.703 -Habitaciones de cuatro o más camas 1.503 b) En hospital regional: -Habitaciones unipersonales 1.800 -Habitaciones bipersonales 1.650 -Habitaciones de tres camas 1.400 -Habitaciones de cuatro o mas camas 1.200 c) En hospitales locales A: -Habitaciones unipersonales 1.400 -Habitaciones bipersonales 1.300 -Habitaciones de tres camas 1.100 -Habitaciones de cuatro o más camas 1.000 En hospitales locales B 1.000 En instituciones siquiátricas: -Habitaciones unipersonales 1.700 -Habitaciones bipersonales 1.400 -Habitacioses de tres camas 1.200 -Habitaciones de cuatro o más camas 1.100 -Permanencia diurna para tratamiento ambulatorio de un paciente siquiátrico, comprendidos los mismos servicios de la estancia siquiátrica, excepto la pernoctada, se reconocerá la cantidad de 800 f) Estancia día para pacientes crónicos de atención específica en instituciones o servicios especializados en el cuidado de este tipo de paciente 1.500

Parágrafo 1

Se considera paciente crónico de atención específica, aquel que demanda un mayor costo en la estancia por requerir vigilancia y ayuda permanente o un mayor consumo de elementos de curación y aseo. El instituto reconocerá como tales los siguientes

1.

Gran invalidez.

2.

Osteomielítis

3.

Gangrenas

4.

Absceso urinario

5.

Fístula

6.

Enfermedades terminales.

Parágrafo 2

Aquellas instituciones dedicadas exclusivamente al tratamiento del enfermo siquiátrico, que acredíten la constancia del Ministerio de Salud, de estar clasificadas como de nivel universitario, el valor de las estancias seles reconocerá de acuerdo con la tarifa establecida para los hospitales de este nivel.

Parágrafo 3

Las tarifas establecidas para la estancia hospitalaria en este articulo, serán los valores máximos que el Instituto de Seguros Sociales podrá contratar y reconocer, cuando la institución contratista garantice en forma integral los servicios determinados en el artículo 41 de este Manual. Cuando por cualquier circunstancia faltare alguno de ellos, su valor será descontado de la tarifa de la estancia. Para este caso se tomará como indicador, el costo del servicio en la entidad contratista ajustado con los parámetros del recurso humano del Sistema Nacional de Salud. Artículo 46. El Instituto pagará a las entidades hospitalarias como derecho por la atención científico-medicoquirúrgica, distinta a la que comprende, la estancia hospitalaria, las siguientes tarifas: a) Los servicios profesionales de cirujano o ginecoobstetra, de acuerdo con el valor de la intervención o procedimiento, según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos. b) Los servicios profesionales de anestesiólogo, en el valor equivalente al 40% de la intervención o procedimiento, según la clasificación de intervenciones o procedimientos quirúrgicos. En las intervenciones y procedimientos quirúrgicos múltiples o bilaterales, determinados en los artículos 96, 97, 100, 101 y 102 del presente Acuerdo, se reconocerá por servicio de anestesiología el 40% del valor total que se pague al cirujano o cirujanos; c) Los servicios profesionales de ayudantías quirúrgicas, en el valor equivalente al 25% de la intervención, según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos. Se reconocerá este pago del Grupo VII (séptimo) en adelante, incluyendo los grupos especiales. Este valor se reconocerá por el servicio total de ayudantía, cualquiera que sea el número de ayudantes que se requieran; d) Por el cuidado médico intrahospitalario del especialista tratante, en pacientes no quirúrgicos ni obstétricos, se reconocerá a razón de $ 600.00 diarios por paciente controlado. Si la atención se presta en hospitales que carecen de especialistas, por médico general, se reconocerá a razón de $ 500.00 diarios por paciente controlado; e) La consulta de emergencia que no amerite procedimiento quirúrgico $ 600.00. f) La emergencia que amerite observación hasta de 24 horas, o tratamiento de hidratación, la suma de $ 1.100 comprende: permanencia, cuidado médico y de enfermería, servicios públicos y de aseo; g) La consulta de emergencia que amerite procedimiento de sutura y/o curación, realizada en consultorio o sala de curación, la cantidad de $ 800.00; h) Por el uso del consultorio o sala de curación, el instrumental, el material de sutura y curación, la anestesia local y el trabajo de la auxiliar de enfermería, empleado en el literal anterior, se reconocerá por cada caso Ia cantidad de $ 400.00. Artículo 47. En las intervenciones quirúrgicas, los derechos de sala que comprenden: la dotación básica del quirófano, los equipos, instrumental, ropas, los servicios de enfermería, esterilización, instrumentación, circulantes y recuperación, hasta por seis horas, serán pagados por el Instituto en el valor equivalente al 50% de la intervención, según clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos. En las intervenciones quirúrgicas bilaterales marcadas con un asterisco en la clasificación y en las múltiples practicadas en diferente región operatoria o en la misma región pero por cirujano de distinta especialidad, los derechos de sala de la intervención mayor se incrementarán una soles vez en el 50% del mismo derecho correspondiente a la cirugía menor o igual a la primera. Artículo 48. Los derechos de sala de parto que comprende la dotación básica del quirófano, los equipos, instrumental, ropas, los servicios de esterilización, instrumentación, enfermería, materiales, drogas de sala, agentes y gases anestésicos, sala de trabajo de parto, recuperación y de observación del recién nacido, serán pagados por el Instituto en el valor equivalente al 50% del procedimiento, según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos; se excluye la operación cesárea, cuyos derechos se reconocen como de intervención quirúrgica. Artículo 49. Los derechos de sala de recuperación, que comprende la dotación básica, los equipos, ropas y los servicios de enfermería, cuando se superan las primeras seis horas post-quirúrgicas, se reconocerá adicionalmente el 50% del valor de la estancia hospitalaria que está ocupando e paciente. Artículo 50. Los procedimientos especiales que demanden para su realización el uso de las salas quirúrgicas o salas: especiales dotadas para tal fin (cateterismo, peritoneoscopia, mediestinoscopia., toracoscopia, laparoscopia), se reconocerá por el derecho a su uso, que comprende: la dotación básica, los equipos generales del quirófano o la sala y los específicos para el procedimiento, ropas, materiales drogas de sala, agentes y gases anestésicos, los servicios de esterilización y de enfermería, un valor equivalente al 30 del procedimiento según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos o costo del mismo. Artículo 51. Los procedimientos ortopédicos practicado: en la sala de yesos, dotada para tal fin, causarán derecho que se reconocerán en la suma de $ 500.00. Artículo 52. Los servicios de la Unidad de Nefrología los pagará el Instituto a las siguientes tarifas: a) Por derechos de sala que comprenden: la dotación de enfermería, la utilización de los equipos y elemento: propios de la Unidad, servicios públicos y de aseo, la cantidad de $ 1.800.00 por sesión de hemodiálisis aguda o crónica; b) Los derechos de sala para diálisis peritoneal se reconocerán así

1.

Si el procedimiento se realiza en la Unidad de Cuidado Intensivo, no se reconocerán valores adicionales los causados por la estancia en esta unidad.

2.

Si el procedimiento se realiza en sala dotada para este fin, se reconocerá la suma de $ 1.500 por sesión.

3.

Si el procedimiento se realiza en la pieza de hospitalización que ocupa el paciente, se reconocerá únicamente la estancia respectiva. c) Por concepto de honorarios profesionales así: 1.Honorarios por sesión de hemodiálisis aguda 3.500 2.Honorarios por sesión de hemodiálisis crónica 2.000 3.Honorarios por sesión de diálisis peritoneal aguda 4.500 4.Honorarios por cambio de equipo de infusión para diálisis peritoneal 3.000 d) Los exámenes de laboratorio de conformidad con las tarifas determinadas en el artículo 20 de este Acuerdo; e) Los materiales (filtro de diálisis, equipo arterial, equipo venoso, concentrado, fístulas, jeringas, solución salina heparina), al precio de catalogo comercial; f) El procedimiento quirúrgico de fístula arteriovenosa, para la diálisis se encuentra clasificado en el artículo 6°, numerales 24.61 y 24.62 de este Acuerdo; g) El procedimiento quirúrgico para el implante del catéter peritoneal para la diálisis se encuentra clasificado en el artículo 8°, numeral 39.41 de este Acuerdo.

Parágrafo 1

Para el reconocimiento y pago de las tarifas contempladas en este artículo, es requisito indispensable, que los pacientes hayan sido remitidos exclusivamente por la Junta Médica o Quirúrgica de la Unidad Programática Institucional en las Seccionales A., o los Jefes de División de Servicios de Salud, en las Seccionales B.

Parágrafo 2

0. El procedimiento de diálisis ambulatoria, no causa derechos de estancia. Artículo 53. Los materiales de sutura y curación, drogas de sala, agentes y gases anestésicos que se consuman en el acto quirúrgico, se reconocerán según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos así: Grupos I - II - III $ 1.200 Grupos IV - V - VI 2.600 Grupos VII - VIII - IX 6.800 Grupos X - XI - XII 8.800

Parágrafo 1

Los materiales de sutura y curación y los elementos de anestesia desechables tales como tubos endotraqueales y de conexión, máscaras y cateteres intravasculares, que se utilicen en las intervenciones clasificadas en los grupos especiales, se pagarán al precio de catalogo comercial; las drogas de sala, agentes y gases anestésicos, quedan incluidos en los derechos de sala.

Parágrafo 2

En las intervenciones y procedimientos quirúrgicos incruentos, tales como: reducción de fracturas cerradas, reducción de luxaciones, procedimientos endoscópicos, biopsias, fotecoagulación de retina, el Instituto no reconocerá suma alguna por concepto de material de sutura y curación. En estos casos pagará por concepto de drogas de sala, agentes y gases anestésicos, la cantidad de un mil quinientos pesos ($ 1.500.00) moneda corriente por intervención o procedimiento.

Parágrafo 3

Los procedimientos obstétricos de parto olegrado uterino obstétrico y el legrado uterino ginecológico, no causan derechos a pago por concepto de material de sutura y curación, drogas de sala y agentes anestésicos. Artículo 54. Las drogas y medicamentos distintos a los de uso en salas quirúrgicas y de parto, las pagará el Instituto por el valor del precio comercial del catalogo para venta al público. Artículo 55. Los suministros de prótesis, injertos, válvulas, catéteres, sondas, mallas, marcapasos, bolsas oxigenadoras, bolsas y equipos de administración de sangre, medios de contraste, clips, clavos, placas para huesos y otros elementos ortopédicos, los pagará el Instituto al precio de catálogo comercial. Artículo 56. La estancia en la unidad de cuidado intensivo, se pagará a $ 5.000.00 diarios y comprende los siguientes servicios

a)

Atención médica de especialista en cuidado intensivo;

b)

Atención de enfermería;

c)

Utilización de los equipos propios de la unidad de cuidado intensivo (servicio de monitoría cardioscópica y de presión; ventiladores mecánicos, de presión y volumen; equipos de disfibrilación y cardioversión eléctrica nebulizadores) y la práctica de los electrocardiogramas y/o electroencefalogramas que se requieran;

d)

Dotación básica de elementos de enfermería; c) Materiales de curación; f) Suministro de ropas; g) Aseo; h) Servicios públicos de luz y agua. Artículo 57 . La Unidad de Cuidado Intensivo es un servicio para la atención de pacientes críticamente enfermos, recuperables, con disponibilidad permanente de personal médico especializado en cuidado intensivo, medicina interna y cardiología; personal de enfermería con adiestramiento en esa disciplina; equipos de ayuda diagnóstica electrocardiografía, monitoría electrocardiográfica y de presión, respiradores de presión y de volumen, gasometría, oximetría, estimulación eléctrica intracardíaca (marcapasos temporales y definitivos y equipos de desfibración). Artículo 58. En la Unidad de Cuidado Intensivo se admitirán los siguientes tipos de pacientes: a) Orden cardiovascular: -Pacientes con infarto agudo del miocardio. -Pacientes cola cor pulmonar agudo. -Pacientes con re infarto. -Pacientes con cuadro clínico de angina inestable. -Pacientes con bloqueo A.V. completo. -Pacientes con bloqueo A.V.II grado tipo Nobitz II. -Pacientes con extrasistolia ventricular multifocal. -Pacientes con enfermedad del nódule sinusal, "síndrome de taqui-bradi-arritmia". -Pacientes con taquicardias supraventriculares de cualquier etiología. -Pacientes para cardioversión y/o desfibración. -Pacientes en crisis hipertensiva de cualquier causa. -pacientes con cardiomiopatías congestivas de difícil manejo bajo gastocardíaco y/o falla de bomba. -Pacientes con shock séptico, cardiogénico, hipovolémico y/o neurogénico que presenten posibilidad de ser recuperables según valoración conjunta con el médico tratante y/o grupo de especialistas. -Pacientes con falla ventricular izquierda de cualquier etiología. -Pacientes post-cirugía cardiovascular. -Pacientes post-reanimación cardiopulmonar, sometidos a dichas maniobras en áreas distintas a cuidado intensivo. b) De orden neurológico: -Pacientes con enfermedades neurológicas del tipo poliradiculeneuronielopatías agudas de cualquier etiología. - Pacientes conporfiria ayuda ) P.I. A ). -Pacientes con cuadro de edema cerebral post-trauma con signos de riesgos, tales como inconciencia, deterioro de su cuadro neurológico en forma progresiva o empeoramiento de sus signos vitales y que no presenten signos de muerte cerebral. -Pacientes con status convulsivo posterior, al cual se considere necesario asistencia ventilatoria. -Accidentes cerebrovasculares hemorrágicos y oclusivos con signos de hipertensión endocraneana, edema cerebral y que a juicio del médico de la U.C.I. en relación con la edad y estado cardiovascular del paciente, ofresca posibilldades de tratamiento para su recuperación; c) De orden infeccioso: -Pacientes con cuadro clínico de tétanos. -Sohock séptico de cualquier etiología. d) Pacientes con hipertermia maligna. c) Pacientes con leucosias agudas que requieran asistencia ventilatoria; f) Tóxicos: - Pacientes intoxicados que requieran asistencia ventilatoria. Nota: Los pacientes en cetoacidosis diabética y/o estados hipermolares deberán ser manejados en principio en el servicio de medicina interna, según normas convencionales. g) De orden neurnológico: -Pacientes con síndrome de dificultad respiratoria aguda del adulto, de cualquier etiología. -Pacientes con problemas de dificultad respiratoria aguda por procesos infecciosos que requieran asistencia ventilatoria, Artículo 59 No se admitirán en la Unidad de Cuidado Intensivo los siguientes casos clínicos: a) Pacientes en estado terminal de cualquier etiología; b) Pacientes politraumatizados mientras no se haya definido la conducta quirúrgica, neuroquirúrgica u ortopedica; c) Pacientes con signos de muerte cerebral o descerebrados.

Parágrafo 1

La estancia en la Unidad de Cuidado Intensivo de que trata este artículo, sólo se reconocerá por el valor indicado cuando corresponda íntegramente a los términos allí definidos y se contratará únicamente en Hospitales Universitarios eInstituciones de altar especialidad definidos en el artículo 44 de este Manual.

Parágrafo 2

Los servicios profesionales de los especialistas, diferentes a los comprendidos en la estancia y que deban intervenir para la atención del paciente de cuidado intensivo, se pagarán según las tarifas de tratamiento y control intrahospitalario establecidas en el artículo 63 de este Manual. Artículo 60. Cuidado Intensivo para Gran Quemado: Defínese como Unidad de Cuidado Intensivo para Gran Quemado, el servicio destinado específicamente para la atención de casos críticamente afectados, con disponibilidad de personal médico especializado en "gran quemado", personal de enfermería y nutrición capacitado en esta disciplina, instalaciones físicas, equipos de ayuda diagnóstica y equipos de cuidado intensivo altamente especializados. Cuidado Intermedio para el Paciente Quemado. Defínese como tal, el servicio destinado específicamente para el cuidado del paciente quemado que no requiere hospitalización en la Unidad de Cuidado Intensivo, o de aquellos que por su evolución favorable egresen de esta, para su manejo y rehabilitación; con disponibilidad de recurso médico y paramédico capacitado en el manejo de este tipo de paciente. La estancia en la Unidad de Cuidado Intensivo para gran quemado se pagará a razón de $ 5.400.00 diarios y la de cuidado intermedio a razón de $ 2.500.00 diarios, e incluye el trabajo del equipo humano, la utilización de la infraestructura física y el equipamiento. Los materiales de curación, los medicamentos y la alimentación especial se pagarán al precio de catálogo comercial.

Parágrafo 1

La estancia en la Unidad de Cuidado Intensivo para gran quemado, de que trata este artículo, sólo sereconocerá por el valor indicado, cuando corresponda íntegramente a los términos allí definidos y se contratará únicamente en Hospitales Universitarios. En Hospitales Regionales se podrá contratar este servicio por el valor correspondiente a la estancia en Ia Unidad de Cuidado Intermedio.

Parágrafo 2

Los servicios profesionales de los especialistas, diferentes a los comprendidos en la estancia y que deban intervenir para la atención del paciente quemado, se pagarán según las tarifas de tratamiento y control intrahospitalario, establecidas en el artículo 63 de este Manual. Artículo 61. Cuando el Instituto no cuente con el recurso físico para la atención de las urgencias y si con el recurso científico, podrá contratar el darecho a utilizar el área de urgencias de las entidades hospitalarias, incluido el servicio de enfermería, los equipos propios del área, el instrumental, la anestésia local y el material de sutura y curación, a las siguientes tarifas, determinadas por el número de beneficiarios: Menos de 2.000 $ 8.430 mensuales De 2.000 a 5.000 1.8.000 mensuales De 5.000 a 10.000 24.090 mensuales De 10.000 a 20.000 36.030 mensuales De 20.000 a 30.000 48.000 mensuales Mas de 30.000 613.030 mensuales Asimismo, cuando el Instituto carezca del recurso físico de consultorios para que los funcionarios de seguridad social puedan cumplir con las funciones propias de su profesión, podrá pagar el alquiler de los consultorios incluidos el equipo e instrumental, a las siguientes tarifas mensuales por ocupación diaria de 8 horas: Oftalmología y odontología $ 12.500 mensuales Otorrinolaringología 7.500 mensuales Medicina general y otras especialidades 6.300 mensuales Optometría 6.300 mensuales Cuando el tiempo a contratarse seamenor a ocho horas diarias se pagará proporcionalmente a estos valores. Artículo 62. El suministro de oxígeno distinto al que se consuma en las salas quirúrgicas y de parto, lo pagará el Instituto a precio de venta al público en la institución hospitalaria. Articulo 63. Señálanse para la atención médica ambulatoria e intrahospitalaria las siguientes tarifas: Consulta medica general ambulatoria $ 600 Consulta medica especializada ambulatoria o (Interconsulta médica especializada (ambulatoria o intrahospitalaria.) 750 Consulta de urgencia sin procedimiento de sutura 600 Consulta de urgencia con procedimiento de sutura 600 Control médico general intrahospitalario 500 Control médico especialista intrahospitalario 600 Junta médica (por cada especialista) 600 Artículo 64. Señalase para losservicios ambulatorios de Salud Oral, las siguientes tarifas; Examen de admisión $ 500 Exámen clínico para tratamiento 500 Examen de contra concepto 250 Connsulta estomatológica 800 Radiografías perispicales y/a coronales 250 Radiografías oclusales 400 Radiografía extraorales 1.000 Operatoria dental Obturaciones de una superficie en amalgamas de plata, resinas, compuesta o silicato 890 Carla superficie adicional 300 Periodoncia Control de placa bapteriana e instrucción de cepillado 400 Rrofilaxis (cada arcada) 600 Tallado selectivo (equilibrio de oclusión oadaccuadrante) 600 Detartraje (cada cuadrante) 900 Curetaje radicular (cada cuadrante) 2.000 Gingivectomía y/o gingivoplastia (cada cuadrante) 2.500 Cirugía periodontal con reposición ósea (cada cuadrante) 4.000 Cerclajes o fijaciones temporales (cada cuadrante) 1.300 Endodoncia Tratamiento de conductos en dientes uniradiculares con radiografía previa y de control, no incluido valor R.X. 2.000 Tratamiento de conductos en dientes biradiculares con radiografía previa y de control, no incluido valor R . X 2.500 Tratamiento de conductos en dientes multiradiculares con radiografías previas y de control, no incluido valor R.X 3.000 Cirugía oral Exodoncia simple de uniradiculares 40.0 Exodoncia simple de multiradiculares 450 Endodoncia quirúrgica uniradiculares con radiografía previa y de control, no incluye valor de R.X 1.500 Exodoncia quirúrgica. multiradicular con radiografía previa y de control, no incluido valor de R . X 2.500 Apicectomía de dientes uniradiculares, incluido el relleno radicular con radiografías previas y de control, no incluido valor R.X 3.000 Apipectomía de dientes multiradiculares, incluido el relleno radicular con radiografías previas y de control, no incluido valor R.X 4.500 Regularización de rebordes cada arcada con radiografías previas y de control incluido valor RN 1.300 Enucleación de lesiones de tejidos blandos 2.000 Prótesis Total 1/2 caso (superior o inferior) 4.000 Removible superior o inferior 3.000 Fija cada unidad (soportes y pónticos) 4.000 Materiales ygastos de laboratorio a costo de adquisición Odontopediatría Exámen clínico para tratamiento 500 Radiografías perispicales y coronales 250 Radigrafía colusales 450 Radiografí extraorales 1.000 Control de placa bacteriana e instrucción de cepillado 400 Corona en acero inoxidable 500 Corona en policarbonato 600 Oturaciones de una superficie en: Amalgamas, silicato o resina 500 Cada superficie adicional 300 Aplicación de sellantede fluor cada sesión (incluida la profilaxis) 500 Aplicación de sellante de fosetas y fisuras (cada diente) 200 Tratamiento de conductos dientes temporales 1.000 Exodoncias dientes temporales 250 Prenectomía 1.900

Parágrafo

En estos valores están incluidos los materiales. Artículo 65. Señálanse para el servicio de Rehabilitación Integral Asistencial del beneficiario limitado, (visual, auditivo, etc.) las siguientes tarifas: Atención mensual del paciente interno Alojamiento, alimentación, entrenamiento en actividades básicas y rehabilitación profesional 14.000 Atención mensual del paciente ambulatorio Alimentación, entrenamiento en actividades básicas y rehabilitación profesional 8.300 Artículo 66. Señálanse para el servicio de Rehabilitación Integral del paciente incapacitado mental y o neurológico, las siguientes tarifas: Costo mensual del paciente infantil en programas ambulatorios de: Estimulación temprana en pacientes de alto riesgo biológico establecido $ 3.200 Programas educativos en pacientes en niveles entrenables y educables 3.200 Orientación prevocacional 3.200 Articulo 67 . Señálanse para las formulaciones de Dietoterapia en pacientes ambulatorios, las siguientes tarifas: Determinación de régimen en paciente ambulatorio 400 Articulo 68. Cuando el Instituto requiera la movilización de pacientes en ambulancia, reconocerá las tarifas oficiales de la institución contratista. CAPITULO IV Normas de interpretación y mecanismos de control. Del campo de aplicación Artículo 69. La aplicación de las definiciones, contenidos ytarifas de este Manual, se regirán por las disposiciones legales vigentes, las normas administrativas del Instituto, con estricta sujeción a las de control y vigilancia de la Superintendencia de Seguros de Salud y a las fiscales de la Contraloría General de la República. Igualmente constituirán la pauta para la celebración de los contratos institucionales de asistencia y de prestación de servicios personales de salud. Así mismo, los mecanismos de control establecidos en este capítulo, serán materia de los contratos de servicios de salud que celebre el Instituto. De las definiciones Articulo 70. Determínanse las siguientes definiciones para la correcta interpretación de la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos

a)

Intervención o procedimiento quirúrgico, es el tratamiento manual o instrumental, total o parcial de enfermedades o accidentes;

b)

Tratamiento quirúrgico, es el conjunto de medios médico-quirúrgicos que se ponen en práctica para la curación o alivio de enfermedades o accidentes;

c)

Pasos o tiempos quirúrgicos, son las etapas sucesivas y ordenadas de un mismo acto quirúrgico;

d)

Región operatoria, es la parte del cuerpo humano sobre la cual se practica una intervención quirúrgica;

e)

La vía de acceso para toda intervención quirúrgica se considera como parte integral del procedimiento principal y no da derecho al reconocimiento de valores adicionales;

f)

Intervenciones múltiples, son las practicadas al mismo paciente, en uno o más actos quirúrgicos, por uno o más cirujanos;

g)

Intervención repetida, es la que se efectúa por más de una vez en fechas diferentes, por la misma patología, con igual o similar procedimiento y por el mismo u otro cirujano;

h)

Tratamiento repetido por diferentes procedimientos quirúrgicos, es el que se efectúa en un paciente por la misma patología en fechas diferentes y por distintos procedimientos quirúrgicos;

i)

Intervención complementaria, es la que hace parte o complementa un mismo tratamiento quirúrgico;

j)

Tratamiento quirúrgico integral, es el que se efectúa en varios actos hasta su terminación y comprende las siguientes etapas: - Primer acto quirúrgico: corresponde a la iniciación del tratamiento quirúrgico. - Los subsecuentes, corresponden a intervenciones complementarias efectuadas en fechas diferentes como parte del mismo tratamiento quirúrgico, por el mismo cirujano. - El acto final, es la intervención con Ia cual se termina el tratamiento quirúrgico, practicado por el mismo cirujano.

k)

Exploración quirúrgica, es la intervención que se practica con base diagnóstico y que tiende a resolver o aclarar un diagnóstico y/o tratamiento;

l)

Revisión post-quirúrgica, es la intervención que tiende a corregir fallas funcionales, de técnica quirúrgica o por complicación post-operatoria; ll) Grupos quirúrgicos especiales, son aquellas intervenciones que por su nivel de complejidad requieren para su ejecución, de recursos instrumental altamente tecnificado y de un equipo humano muy especializado. De las juntas médicas o quirúrgicas Articulo 71. Las intervenciones quirúrgicas y los procedimientos médicos electivos que deben ser practicados a los beneficiarios del Instituto, en sus instalaciones propias o en los servicios contratados, deberán someterse al dictamen de un nivel decisorio denominado "Juntas Médico-Quirúrgicas", que determinarán la conducta a seguir en cada caso. Estas Juntas según su constitución y finalidad se llamarán "Juntas Médicas o Juntas Quirúrgicas" Artículo 72. Constitución de las Juntas: Toda Junta Médica o Quirúrgica, estará constituida por un mínimo de tres profesionales, dos de los cuales deben ser especialistas en el caso a estudiar y un tercero especialista en medicina interna. Artículo 73. Las Juntas Médicas o Quirúrgicas operarán en los Centros de Atención Básica, en donde se disponga del recurso de especialistas, Centros de Atención Intermedia y de Alta Especialidad del Instituto y en los Servicios Hospitalarios contratados.

Parágrafo

Habrán tantas Juntas Médicas o Quirúrgicas cuantas sean necesarias, según el nivel de complejidad o el flujo de decisiones a tomar. Artículo 74. Nombramiento de las Juntas Médicas o Quirúrgicas: en los centros de Atención del Instituto, las Juntas Medicas o Quirúrgicas serán nombradas por el Director del Centro, con el visto bueno del Subgerente de Servicios de Salud en las Seccionales A y del Jefe de la División de Servicios de Salud en las Seccionales B. En las Unidades Programáticas de Naturaleza Especial, en donde sean necesarias las Juntas Médicas o Quirúrgicas, serán nombradas por el Jefe del Departamento de Salud. Artículo 75. Funciones de las Juntas Médicas o Quirúrgicas: las Juntas Médicas o Quirúrgicas tendrán las siguientes funciones

1.

Determinar dentro de su nivel de complejidad, cuales procedimientos deben ser sometidos a estudio de la Junta.

2.

Estudiar detenidamente el caso presentado, investigando los antecedentes del paciente, los dates de la historia clínica y el informe de remisión.

3.

Ordenar los estudios de laboratorio que sean necesarios, para definir el diagnóstico.

4.

Dictaminar la conducta aseguir.

5.

Evaluar los casos quirúrgicos que por solicitud de autoridad competente sean requeridos para investigaciones científicas y legales.

Parágrafo

Los métodos de trabajo, los parámetros a seguir y el funcionamiento en general de las Juntas Medicas o Quirúrgicas, serán objeto de reglamentación por la Subdirección de Servicios de Salud. Artículo 76. Los beneficiarios que deban ser sometidos a procedimientos médicos. o quirúrgicos de alta especialidad, definidos en el artículo 44 de este Acuerdo, deberán ser estudiados por la respectiva Junta Médica o Quirúrgica de la unidad Programática Institucional. Artículo 77. Todo paciente candidato para el tratamiento de "Diálisis Renal Crónica" debe ser estudiado sin excepción por la Junta Médica de la U.P.I. en las Seccionales A y por una Junta Ad-hoc en las Seccionales B.

Parágrafo

Estas Juntas evaluarán al paciente, decidirán sobre el tipo y periodicidad del procedimiento, harán la remisión del paciente y fijarán los controles y evaluaciones que crean convenientes. Artículo 78. Cuando un beneficiario del Instituto, es hospitalizado para estudio y tratamiento en los servicios de alta especialidad contratados y debe ser sometido aun procedimiento médico o quirúrgico, las Juntas Médicas o Quirúrgicas de la Institución a contrato, podrán decidir sobre la conducta a seguir con el paciente, siempre y cuando en esta decisión participe un médico del Instituto con delegación específica para esta actividad. Artículo 79. Se exceptúan del estudio por parte de las Juntas Médicas o Quirúrgicas únicamente los siguientes pacientes: Los casos de urgencia definidos en el artículo 25 del Decreto 007 de 1930 como "afecciones súbitas, graves e imprevisibles que requieren atención médica en forma inmediata"; Los que a juicio de las Juntas Médicas o Quirúrgicas por su simplicidad no deban someterse a este trámite. Artículo 80. Los pacientes remitidos con dictámen de las Juntas Médicas o Quirúrgicas del Instituto, a una Institución a contrato podrán ser estudiados nuevamente por la Junta de la Institución que recibe el paciente. Artículo 81. Cuando se presentare disparidad de criterios en cuanto a la conducta a seguir entre las decisiones de las Juntas Médicas o Quirúgicas del Instituto y de las instituciones a contrato. el caso deberá ser revisado y decidido por dos especialistas calificados nombrados cada uno por la respectiva institución. Artículo 82. Las decisiones de las Juntas Médicas o Quirúrgicas del Instituto deberán ser diligencias por escrito y firmadas por todos los integrantes de la misma. Los conceptos iniciales serán objeto de reserva y sólo se comunicará al paciente o a sus familiares la decisión definitiva. Artículo 83. De las reuniones periódicas de las Juntas deberá quedar constancia por escrito, en actas que serán enviadas al Director del Centro de Atención. Copia de las mismas deberán reposar en un archivo de la respectiva Junta. Artículo 84. Los médicos funcionarios de seguridad social que formen parte de las Juntas Médicas o Quirúrgicas, desarrollarán sus labores dentro de su horario de trabajo normal. Para tal fin el Director del Centro de Atención balanceará el tiempo de la jornada diaria, entre sus labores específicas y las dedicadas a la Junta. Artículo 85. Los médicos funcionarios de seguridad social no recibirán honorarios adicionales por sus labores dentro de las Juntas Médicas o Quirúrgicas. Artículo 86. El Instituto no reconocerá honorarios a los profesionales o instituciones a contrato por concepto de Juntas Médicas o Quirúrgicas, salvo en los casos que sean convocados por el Subgerente de Servicios de Salud de las Seccionales A o el Jefe de la División de Servicios de Salud de las Seccionales B. De las normas generales y quirúrgicas Artículo 87. De las intervenciones o procedimientos practicados a los beneficiarios del ISS, deberá quedar constancia en la hoja quirúrgica, que diligenciará el cirujano principal y copia de este documento quedará en la historia clínica del beneficiario. Articulo 88. En las intervenciones en que se extirpen o extraigan órganos y tejidos, la pieza quirúrgica se someterá a examen anatomopatológico y el estudio de este se incluirá en la historia clínica del paciente. Artículo 89. Los procedimientos de diagnóstico y tratamiento se clasificarán por aquel de mayor complejidad practicado en el mismo acto. Artículo 90. Los tratamientos quirúrgicos integrales a que se refiere el artículo 70, ordinal j), del presente Acuerdo, se pagarán a su culminación y en el acto final se detallarán las fechas de las intervenciones realizadas.

Parágrafo 1

En los tratamientos quirúrgicos integrales no habrá reconocimiento de pago, para los actos subsecuentes ni acto final.

Parágrafo 2

En tratamientos de más de 6 meses, se podrán efectuar pagos parciales, previa la autorización de la autoridad científica del ISS. Artículo 91. La extracción de cuerpos extraños se pagará como tal, cuando su resultado sea positivo y se especifique en la descripción quirúrgica, indicando la naturaleza, localización y procedimientos empleados en su extracción. Cuando sea negativo se pagará como una exploración acorde con el tipo de intervención practicada. Artículo 92. Las suturas simples en partes blandas concomitantes con lesiones mayores, se considerarán parte integrante del tratamiento quirúrgico de la lesión. Artículo 93. Las suturas por heridas múltiples simples, se reconocerán como un acto quirúrgico dentro de las siguientes regiones anatómicas: cabeza y cuello; miembros superiores y tórax; abdomen; miembros inferiores. Artículo 94. Las intervenciones con fin diagnóstico, sólo se pagarán por separado cuando no hagan parte del mismo acto quirúrgico. Artículo 95. Cuando en una misma región operatoria, se presenten intervenciones sobre órganos o regiones definidas como interno y externo, superior e inferior, anterior y posterior, por una misma patología, se toma como un solo acto quirúrgico y se paga por la intervención mayor. Artículo 96. En las intervenciones y procedimientos quirúrgicos bilaterales marcados con dos asteriscos en la clasificación, se reconocerá el 100% por Ia primera y el 50% por la contralateral, ya sea que se practique en uno o dos actos quirúrgicos diferentes, caso en el cual se anulará la segunda tarjeta quirúrgica y se aplicará el 150% de la tarifa. Artículo 97. Las intervenciones y procedimientos quirúrgicos bilaterales marcados con un asterisco en la clasificación, se reconocerán en el 100% por cada una, ya sea que se practiquen en uno o en dos actos quirúrgicos. Artículo 98. Las intervenciones y procedimientos quirúrgicos bilaterales que aparecen sin asterisco en la Clasificación se reconocerán como una sola. Artículo 99. En las intervenciones múltiples practicadas en un mismo acto, por un cirujano, en la misma región operatoria y por igual o diferente patóloga, únicamente se reconocerá el 100% de la tarifa correspondiente a la intervención mayor. Artículo 100. Las intervenciones múltiples practicadas por un cirujano en diferentes regiones operatorias, se reconocerán en el 100% de la intervención mayor, más el 50% de la. intervención menor o igual a la primera. Artículo 101. Las intervenciones múltiples practicadas en un mismo acto, por dos o más cirujanos, de diferente especialidad en la misma región operatoria, se reconocerá 100% para cada cirujano principal que intervenga en el acto, siempre y cuando las intervenciones quirúrgicas sean diferentes. Si la intervención no es diferente, el 100% del valor de la misma se distribuirá proporcionalmente entre los cirujanos especialistas principales que intervengan. Artículo 102. En las intervenciones múltiples practicadas en varios actos por dos o más cirujanos de diferente especialidad se reconocerá el 100% para cada uno de los cirujanos que practiquen los diferentes actos quirúrgicos. Artículo 103. Las exploraciones quirúrgicas, se pagarán según el tipo de intervención mayor practicada. Artículo 104. Las reintervenciones quirúrgicas o las revisiones post-quirúrgicas no dan lugar a pago adicional de honorarios médicos, derechos de sala y material de sutura y curación, cuando la intervención inicial haya sido practicada en la misma institución contratista por el mismo o diferente cirujano. Artículo 105. La consulta prequirúrgica y los controles post-operatorios no causan derecho al reconocimiento de honorarios distintos a los que se reconocen por la respectiva intervención quirúrgica, tanto a los cirujanos como a los anestesiólogos, hasta la recuperación del paciente y la finalización de su incapacidad, considerándose como límite máximo de éstas el de sesenta días.

Parágrafo

Si hubiere necesidad de controles rutinarios por la misma causa en un lapso mayor, el Instituto pagará los derechos que por tal motive se causen. Artículo 106. La interconsulta para concepto, solamente se pagará cuando no genere acto o procedimiento quirúrgico, ni sea inherente al mismo cuando sea practicado por médico diferente al cirujano. Artículo 107. Cuando un paciente hospitalizado para intervención quirúrgica, presente complicación médica, causará derecho a pago de interconsulta; así mismo se reconocerá interconsulta, cuando cualquier hospitalizado en los servicios de pediatría, medicina interna, gineco-obstetricia osiquiatría, presente cuadro quirúrgico. Articulo 108. Las intervenciones complementarias de que trata el artículo 70, ordinal i) del presente Acuerdo, no dan lugar a reconocimiento de honorarios adicionales por considerarse parte integral del tratamiento, excepción hecha del tratamiento quirúrgico de las quemaduras.

Parágrafo

El tratamiento quirúrgico de las quemaduras, se reconocerá como sigue

a)

Tratamiento inicial que comprende: lavado, desbridamiento y aplicación de apósitos, más las curaciones siguientes que no requieran anestesia general, de acuerdo con el grupo en el cual est 0 clasificada;

b)

Los procedimientos posteriores que se realizan bajo anestesia general se reconocerán independientemente según la clasificación de las mismas. Tales procedimientos son: cirugías plásticas reparadoras, injertos, abrasiones y trasplantes. Artículo 109. Cuando haya lugar a repetir un acto quirúrgico por la misma patología, se requerirá autorización previa de la autoridad médica competente del ISS, para su reconocimiento y pago. Articulo 110. El ISS reconocerá honorarios por concepto de Ayudantías Quirúrgicas en la proporción establecida en el literal. "c" del artículo 46 de este Acuerdo. Los valores allí establecidos se reconocerán para las intervenciones quirúrgicas clasificadas del Grupo VII (séptimo) en adelante, incluyendo los Grupos Especiales, siempre y cuando a juicio médico la ayudantía se justifique y que en el control de la cuenta médica se pueda demostrar que efectivamente se cause). Artículo 111. En los tratamientos ortopédicos para corrección con yesos, de luxación de cadera y malformaciones a nivel de pie, siempre y cuando sea de origen congénito, el Instituto pagará al especialista por cada uno de los cambios de yeso subsiguientes al procedimiento inicial, la cantidad de un mil seiscientos pesos ($ 1.600.00). Artículo 112. En los casos en que el Instituto contrate un número de estancias mensuales fijas, no se podrá reconocer el pago de estancias adicionales, mientras no se superen los índices ocupacionales normales de la Institución. Artículo 113. Defínese como cirugía plástica o reparadora la que se practica sobre órganos o tejidos con la finalidad de mejorar o restaurar la función de los mismos, o, para evitar alteraciones orgánicas o funcionales en otros órganos relacionados entre sí. Se excluye por lo tanto la cirugía estética o cosmética destinada a alterar o mejorar la apariencia física; el Instituto no podrá autorizar o reconocer valor alguno, por intervenciones o procedimientos que a juicio de las autoridades médicas se considere como cirugía estética o cosmética. Artículo 114. Defínese como optometría la disciplina dirigida a evaluar los defectos visuales atribuibles a problemas de refracción y a procurar su corrección mediante la formulación de lentes. El examen de optometría se pagará según el valor determinado en el artículo 29 de este Acuerdo. Artículo 115. Defínese como ortóptica el tratamiento de los problemas funcionales de la visión binocular en toda edad. Artículo 116. Defínese como pleóptica el tratamiento de la "ambliopía" (agudeza visual deficiente sin causa orgánica que la justifique). Este tratamiento se realiza únicamente en niños. Artículo 117. Los exámenes y tratamiento de ortóptica y pleóptica se encuentran especificados en el artículo 29 de este Acuerdo. Los valores allí establecidos se reconocerán únicamente a los profesionales con título académico de "Ortoptistas" o a los optómetras cuya preparación universitaria demuestre que están capacitados para realizar los exámenes y tratamiento de ortóptica y pleóptica. Articulo 118. La fototerapia del recién nacido se encuentra incluida en la estancia del niño sea en el servicio de Pediatría o en el de obstétrica. Por consiguiente el Instituto no reconocerá ningún valor adicional por este tratamiento. Tampoco reconocerá suma alguna por la fototerapia del recién nacido que se practique en forma ambulatoria. Artículo 119. La utilización del equipo de rayos láser en los procedimientos médicos o quirúrgicos están comprendidos dentro de los derechos de sala determinados en el artículo 47 de este Acuerdo. Por consiguiente, el Instituto no reconocerá valor adicional alguno por la utilización de este instrumento. Artículo 120. En los procedimientos de biopsias y endoscopias, descritos en los artículos 18 y 19 del Capítulo I, de este Acuerdo, las tarifas correspondientes a los grupos allí determinados, son los únicos valores que el Instituto reconoce como honorarios profesionales, incluida la utilización del equipo propio para la práctica del procedimiento

Parágrafo

En la práctica de algunos de estos procedimientos el Instituto reconoce adicionalmente derechos de sala, según lo dispone el artículo 50 de este Acuerdo. Artículo 121. En todos los exámenes y procedimientos de diagnóstico y tratamiento establecido en el Capítulo II, de los artículos 20 a 38 inclusive, las tarifas allí determinados son los valores máximos que el Instituto reconoce como honorarios profesionales, incluido el uso del equipo correspondiente para la práctica completa del examen o procedimiento y el informe escrito del profesional. Artículo 122. Bajo ninguna circunstancia podrá el Instituto realizar o autorizar la práctica de procedimientos médicos o quirúrgicos o de apoyo diagnóstico o terapéutico, de tipo experimental, en los cuales exista evidencia o presunción científica de que a causa de ellos, se crean, aumenten o prolongan los riesgos para la salud del paciente, o exista duda razonable sobre su bondad o eficiencia.

Parágrafo

El juicio para evaluar las características de los procedimientos descritos en este artículo, será responsabilidad de las autoridades médicas competentes del Instituto y de las Juntas Médicas o Quirúrgicas ad-hoc. Si es necesario se consultarán los Comités Etico-científicos Seccional y Nacional. Artículo 123. Los materiales de sutura y curación, drogas de sala, agentes y gases anestésicos, a que se refiere el artículo 53 de este Acuerdo, corresponden en su totalidad a los que pudiere demandar cualquier intervención quirúrgica y por este concepto el Instituto, sólamente reconocerá los valores allí establecidos, cualquiera que sea su clase, contenido y volumen.

Parágrafo

Se entiende, que las drogas de sala, agentes y gases anestésicos a los que se refiere el artículo 53 de este Acuerdo, son el conjunto de medicamentos, soluciones y gases que se utilizan específicamente para el proceso normal de la anestesia, comprendido este, desde la premedicación y la inducción, hasta la recuperación de la conciencia y la normalización de los signos vitales del paciente. Artículo 124. Defínase como urgencias, Ias afecciones súbitas, graves e imprevisibles que requieren atención médica en forma inmediata. Bajo esta definición, el Instituto considerará el reconocimiento del pago del reembolso a que haya lugar, de las urgencias que se atiendan por fuera de los servicios propios o contratados, en las siguientes circunstancias

a)

Afección médica o quirúrgica súbita, grave e imprevisible que por su naturaleza cause pérdida de la conciencia y por lo tanto incapacidad de señalar su condición de beneficiario, a las personas que lo trasladen a un centro asistencial. Se presume que cuando esta afección ocurre en el domicilio o en el sitio de trabajo, esta causal no es valida, ya que tanto en el hogar como en la empresa, debe existir pleno conocimiento de la calidad de beneficiario del paciente.

b)

Afección médica o quirúrgica súbita, grave e imprevisible, para quien haya solicitado los servicios médicos en los centros asistenciales propios o contratados del Instituto y estos no hayan tenido disponibilidad de recurso médico u hospitalario en forma oportuna. Esta causal debe ser certificada por el Coordinador del Centro de Atención o el Director del Centro Hospitalario o en su defecto, por el médico responsable del servicio;

c)

Afección médica o quirúrgica, súbita, grave e imprevisible, acaecida y atendida en localidades en donde el Instituto no posee servicios médicos propios o contratados

Parágrafo 1

Los servicios médicos que se presten bajo la denominación de urgencias, sin sujeción a la definición y circunstancias descritas en este artículo, no serán materia de reconocimiento alguno por parte del ISS.

Parágrafo 2

En los casos anteriores, la calificación de la urgencia será evaluada por la autoridad médica competente del Instituto, quien juzgará, si es procedente o no su reconocimiento. Las autoridades médicas competentes del Instituto serán: Los Subgerentes de Servicio de Salud en las Seccionales A; los Jefes de División de Servicios de Salud en las Seccionales B y los Jefes de Departamento Médico en las Unidades Programáticas de Naturaleza Especial. El Subdirector de Servicio de Salud, será consultado únicamente como recurso de apelación.

Parágrafo 3

La maternidad no se considera como un riesgo imprevisible ypor lo tanto el Instituto no reconocerá gastos ocasionados por la atención de partos a domicilios o en instituciones con las cuales el ISS no tenga contratado este tipo de servicio. Artículo 125. Cuando la urgencia diere lugar a hospitalización y esta se efectuare en servicios diferentes a los propios o contratados por el Instituto, el paciente, sus familiares o allegados, deberán dar aviso a la autoridad médica competente del ISS dentro de los dos días siguientes al de la hospitalización. La autoridad médica competente del Instituto, estudiará el caso y decidirá su manejo, sea autorizando su permanencia en la institución en donde se encuentra hospitalizado el paciente u ordenando su traslado a un servicio, propio o contratado por el ISS. Si el paciente, sus familiares o el patrono no dan el aviso, o se oponen a su traslado, el Instituto se releva de toda responsabilidad profesional y económica. En caso de presentarse esta negativa, la autoridad médica competente del ISS, procederá a diligenciar un acta firmada ante testigos de esta situación. Artículo 126. El trámite para el estudio y reconocimiento de los gastos de urgencia a la entidad que presto el servicio, o el reembolso de los mismos al beneficiario, se hará según lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 007 de 1980. Cumplido este requisito, la autoridad médica del Instituto, otorgará o negará el reconocimiento de los gastos. El Nivel Nacional solo será consultado como recurso de apelación. Artículo 127. Cuando un beneficiario, decida "motu propio" ser atendido por un médico particular, o contravenga órdenes de los médicos al servicio del Instituto u ocupe servicios hospitalarios o de apoyo diagnóstico, o apoyo terapéutico, sin la debida autorización escrita de autoridad médica competente del ISS, no tendrá derecho a ningún reconocimiento por concepto de cuentas ocasionadas por estos servicios y el Instituto se releva de toda responsabilidad profesional y económica. Se exceptúan de esta disposición los casos de urgencia dentro del país y los casos fortuitos acaecidos en el exterior y reglamentados en este Acuerdo. Artículo 128. Para los efectos de la aplicación del artículo 12 Decreto-ley 1650 de 1977, se definen las circunstancias de fuerza mayor y caso fortuito, de Ia siguiente manera

a)

Considéranse como circunstancias de fuerza mayor la determinada por la carencia en el país de los recursos científicos y tecnológicos para la realización de procedimientos diagnósticos y terapéuticos. El ISS tramitará las remisiones al exterior con instituciones de salud que funcionen en otros países, cuando la eficacia de estos recursos, esté científicamente acreditada y de cuya aplicación se espere un beneficio significativo para la salud del paciente;

b)

Caso fortuito es el ocasionado por la atención médica de urgencias prestada por instituciones de salud a los beneficiarios que se encuentren transitoriamente en otro país y que sufran lesiones accidentales o episodios de enfermedad grave o de carácter agudo, de acuerdo con el régimen prestacional vigente.

Parágrafo 1

La legalización de Ios pagos efectuados en el exterior y su reconocimiento en circunstancias de fuerza mayor, se hará conforme a lo dispuesto en el artículo 199 del Acuerdo 158 de 1980, emanado de la Junta Administradora del ISS.

Parágrafo 2

La legalización de los pagos y su reconocimiento, en los casos fortuitos atendidos en el exterior, se hará conforme a lo dispuesto en los artículos 81 y 82 del Acuerdo 158 de 1980, emanado de la Junta Administradora del ISS. Artículo 129. Considérase también circunstancia de fuerza mayor, Ia determinada por la carencia en los servicios propios y contratados del Instituto en el país, de los recursos científicos y terapéuticos, y que éstos existan en instituciones no vinculadas contractualmente con el ISS.

Parágrafo

El reconocimiento y pago de los servicios autorizados previamente por la autoridad competente del Instituto, en circunstancias de fuerza mayor dentro del país, se hará, por resolución motivada del ordenador del gasto, previa presentación de los siguientes documentos

a)

Certificación expedida por la autoridad competente del ISS;

b)

Resúmen de los servicios prestados al beneficiario, con los resultados de los exámenes y procedimientos de diagnóstico y tratamiento que se hayan practicado;

c)

Relación valorizada de cada uno de los servicios prestados al beneficiario, con la verificación de este o de sus parientes, cuando el beneficiario no lo pudiere hacer. Artículo 130. Los gastos médicos en circunstancias de urgencia, fuerza mayor y caso fortuito, serán reconocidos por el Instituto así: a) Los ocasionados en caso de urgencia, fuerza mayor dentro del país y caso fortuito atendido en el exterior, de acuerdo con las normas y valores del Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas delISS, vigente a la fecha en que fueron causados; c) Los ocasionados por fuerza mayor en el exterior, par el valor de las facturas de los servicios estrictamente médicos, de la institución o de la persona que prestó el servicio.

Parágrafo

El Instituto no reconocerá los gastos causados en el exterior, por pacientes que aleguen fuerza mayor y que no hayan sido previamente autorizados, acorde con los reglamentos vigentes. Artículo 131. El Instituto de Seguros Sociales de acuerdo con las normas legales, administrativas y fiscales vigentes, implantará dentro de su sistema de información, las formas estadísticas, los requisitos y los trámites que se deben llenar para el reconocimiento y pago de toda cuenta por concepto de compra de servicios de salud. A esta norma deben someterse las entidades y personas que vendan servicios de salud al Instituto, y en los respectivos contratos, deberá pactarse el sometimiento a la misma. Artícu l o 132. Toda cuenta por concepto de servicios de salud contratados, que conlleve una intervención o procedimiento quirúrgico y obstétrico a un beneficiario del Instituto, debe cumplir con el requisito mínimo indispensable para su trámite, del diligenciamiento de la epicrisis médica, quirúrgica u obstétrica, aprobada por el Instituto dentro de las formas estadísticas a las que se refiere el artículo anterior. Artículo 133. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto reglamentario 007 de 1980, el Instituto no reconocerá valores adicionales cuando las intervenciones, procedimientos, exámenes y actividades contempladas en este acuerdo, se ejecuten en horas nocturnas , dominicalesy festivos. Artículo 134. Cuando se trate de la compra de servicios para exámenes y procedimientos de diagnóstico y tratamiento, altamente especializados, y que por sus características particulares sean prestados por el Ministerio de Salud directamente o a través de sus institutos adscritos, podrán pactarse, bajo condiciones excepcionales, valores diferentes a los establecidos en este Manual, previo concepto de la Junta Administradora del ISS.

Parágrafo

Para la determinación de los costos de los procedimientos arriba anotados, los institutos contratantes deberán tener como referencia las disposiciones legales vigentes para cada uno de ellos y, los estudios de costos aprobados por el Ministerio de Salud. Artículo 135. En los contratos de atención médica y odontológica a grupo de población y la atención de nivel intermedio que esta población requiera, el ISS podrá pactar con los servicios Seccionales de Salud o con los hospitales regionales y locales adscritos al Sistema Nacional de Salud, una suma mensual global, que involucre los costos estimados por algunos conceptos asociados a la atención específica, como por ejemplo: los servicios profesionales de anestesiólogo y de ayudante quirúrgico, derechos de sala de cirugía y materiales de sutura y curación, asociados a la intervención quirúrgica; el cuidado médico intrahospitalario del especialista tratante en pacientes no quirúrgicos ni obstétricos, asociados a Ia estancia.

Parágrafo 1

En los contratos de que trata este artículo, la suma mensual global que se pacte por conceptos asociados, no podrá sobrepasar el valor del mismo servicio , aplicando a cada uno de los componentes las tarifas establecidas en el Manual.

Parágrafo 2

En estos contratos debe estipularse claramente los componentes de cada uno de los paquetes médico quirúrgicos u obstétricos que se pacten y la obligación de evaluar semestralmente lo efectivamente causado, con el objeto de que se hagan los ajustes respectivos para el período siguiente. Artículo 136. El presente Acuerdo rige a partir del 1° de junio de 1983 hasta el 31 de mayo de 1984. Comuníquese y cúmplase.

Artículo 2

Artículo segundo . Cuando se presten servicios de salud a beneficiarios del ISS en Seccionales o Unidades Programáticas Locales diferentes a la que aportan, el cruce de cuentas se hará de conformidad, con las normas y tarifas previstas en el "Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas"

Artículo 3

Artículo tercero . Cuando excepcionalmente el Instituto de Seguros Sociales se vea precisado a prestar servicios de salud a personas naturales o jurídicas no amparadas per el régimen de Seguros Sociales Obligatorios, el cobro de dichos servicios se hará conforme a las tarifas estipuladas en el "Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas Igualmente Se aplicarán estas tarifas a los servicios prestados en cumplimiento de los convenios celebrados con Institutos de Seguros Sociales de otros países.

Artículo 4

En las Unidades Programáticas de Naturaleza Especial, cuando las circunstancias de orden socioeconómico y de extensión de cobertura de los seguros de salud del ISS lo exijan, el Instituto para contratar con las instituciones adscritas al Sistema Nacional de Salud, podrá pactar hasta un veinticinco por ciento (25%) adicional sobre las tarifas establecidas en este Manual, previa recomendación de la Subdirección de Servicios de Salud y aprobación de la Junta Administradora.

Parágrafo 1

En los contratos de prestación de servicios de salud que el Instituto celebre con profesionales independientes o con asociaciones de profesionales, para la atención de consulta médica ambulatoria e intrahospitalaria, en las áreas geográficas de que trata este artículo, el Instituto podrá reconocer hasta un veinticinco por ciento (25%) adicional sobre las tarifas establecidas en el artículo 63 del Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, en las mismas condiciones exigidas para las instituciones adscritas al Sistema Nacional de Salud.

Parágrafo 2

En caso de que por disposición del Gobierno Nacional, la estructura orgánica de las Unidades Programáticas de Naturaleza Especial existentes, se modifique a Seccional de Tipo B, se extenderá a las mismas los incrementos considerados en este artículo.

Artículo 63Del Manual De Definiciones, Contenidos Y Tarifas, En Las Mismas Condiciones Exigidas Para Las Instituciones Adscritas Al Sistema Nacional De Salud

Artículo cuarto . En las Unidades Programáticas de Naturaleza Especial, cuando las circunstancias de orden socioeconómico y de extensión de cobertura de los seguros de salud del ISS lo exijan, el Instituto para contratar con las instituciones adscritas al Sistema Nacional de Salud, podrá pactar hasta un veinticinco por ciento (25%) adicional sobre las tarifas establecidas en este Manual, previa recomendación de la Subdirección de Servicios de Salud y aprobación de la Junta Administradora.

Parágrafo 1

En los contratos de prestación de servicios de salud que el Instituto celebre con profesionales independientes o con asociaciones de profesionales, para la atención de consulta médica ambulatoria e intrahospitalaria, en las áreas geográficas de que trata este artículo, el Instituto podrá reconocer hasta un veinticinco por ciento (25%) adicional sobre las tarifas establecidas en el artículo 63 del Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, en las mismas condiciones exigidas para las instituciones adscritas al Sistema Nacional de Salud.

Parágrafo 2

En caso de que por disposición del Gobierno Nacional, la estructura orgánica de las Unidades Programáticas de Naturaleza Especial existentes, se modifique a Seccional de Tipo B, se extenderá a las mismas los incrementos considerados en este artículo.

Artículo 5

Artículo quinto . Para el estudio, revisión y adopción de un nuevo Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, el Instituto de Seguros Sociales podrá tener en cuenta el concepto de lasentidades adscritas y vinculadas al Sistema Nacional de Salud.

Artículo 6

Cuando el Instituto celebre contratos de Servicios de Salud, teniendo en cuenta el termino previsto en el artículo 30 del Decreto-ley 1652 de 1977, las tarifas aplicables serán las que estén vigentes en el momento de la prestación del servicio.

Artículo 30Del Decreto-Ley 1652 De 1977, Las Tarifas Aplicables Serán Las Que Estén Vigentes En El Momento De La Prestación Del Servicio

Artículo sexto . Cuando el Instituto celebre contratos de Servicios de Salud, teniendo en cuenta el termino previsto en el artículo 30 del Decreto-ley 1652 de 1977, las tarifas aplicables serán las que estén vigentes en el momento de la prestación del servicio.

Artículo 7

Artículo séptimo . El Instituto de Seguros Sociales para obtener del Gobierno Nacional la aprobación de las tarifas de pago por cada clase de servicios de salud prestados, presentará el proyecto de "Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas" con antelación mínima de sesenta (60) días a la fecha de vencimiento del Acuerdo que se aprueba.

Artículo 8

Artículo octavo . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 31 del Decreto-ley 1652 de 1977
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social
El Ministro de Salud