Artículo 1El Personal Del Departamento De Arancel De La Dirección General De Aduanas Y Sus Asignaciones Mensuales, Serán Las Siguientes: 1 Director 2
° El personal del Departamento de Arancel de la Dirección General de Aduanas y sus asignaciones mensuales, serán las siguientes: 1 Director 2.800.00 1 Subdirector 1.900.00 1 Secretario 1.000.00 1 Oficial de Muestras 900.00 1 Mecanotaquígrafo 900.00 1 Oficial de Correspondencia 450.00 1 Oficial de Radicación 400.00 1 Mensajero 300.00 Sección Técnica. 1 Asistente Técnico 1.800.00 3 Químicos, cada uno 1.700.00 1 Ingeniero Industrial 1.700.00 2 Visitadores Merciólogos, cada uno 1.700.00 2 Expertos Arancelarios, cada uno 1.400.00 3 Mecanógrafos, cada uno 400.00 Sección de Estudios Económicos-arancelarios. 2 Economistas, cada uno 1.800.00 1 Mecanógrafo 400.00
Artículo 2La Sección Del Valor Del Departamento De Arancel De La Dirección General De Aduanas Tendrá Un Comité Asesor, Integrado Por Representantes De La Superintendencia Nacional De Importaciones Y De La Oficina De Registro De Cambios
° La Sección del Valor del Departamento de Arancel de la Dirección General de Aduanas tendrá un Comité Asesor, integrado por representantes de la Superintendencia Nacional de Importaciones y de la Oficina de Registro de Cambios.
Artículo 3Suprímense Los Departamentos Jurídico Y De Inspección Dependientes De La Dirección General De Aduanas, Y En Su Lugar Créase El Departamento Legal, Que Ejercerá Las Funciones Adscritas A Las Dependencias Suprimidas
° Suprímense los Departamentos Jurídico y de Inspección dependientes de la Dirección General de Aduanas, y en su lugar créase el Departamento Legal, que ejercerá las funciones adscritas a las dependencias suprimidas.
Artículo 4El Personal Del Departamento Legal De La Dirección General De Aduanas Y Sus Asignaciones Mensuales, Serán Las Siguientes: 1 Director Abogado 2
° El personal del Departamento Legal de la Dirección General de Aduanas y sus asignaciones mensuales, serán las siguientes: 1 Director Abogado 2.800.00 1 Subdirector Abogado 1.900.00 1 Secretario 1.000.00 1 Oficial de Archivo 800.00 2 Mecanotaquígrafos, cada uno 550.00 Sección Jurídica. 2 Abogados, cada uno 1.500.00 2 Sustanciadores 800.00 2 Mecanógrafos, cada uno 400.00
Artículo 5La Asignación Mensual Del Cargo De Secretario General De La Dirección General De Aduanas Será De Dos Mil Ochocientos Pesos ($2
° La asignación mensual del cargo de Secretario General de la Dirección General de Aduanas será de dos mil ochocientos pesos ($2.800.00).
Artículo 6La Asignación Del Cargo De Jefe De Sección De Exenciones Y Equipajes Del Departamento Administrativo De La Dirección De Aduanas Será De Mil Quinientos Pesos ($1
° La asignación del cargo de Jefe de Sección de Exenciones y Equipajes del Departamento Administrativo de la Dirección de Aduanas será de mil quinientos pesos ($1.500.00) mensuales.
Artículo 7Suprímase El Cargo De Dibujante, En El Departamento Administrativo De La Dirección General De Aduanas, De Que Trata El Decreto 2636 De 1958
° Suprímase el cargo de Dibujante, en el departamento Administrativo de la Dirección General de Aduanas, de que trata el Decreto 2636 de 1958.
Artículo 8Los Funcionarios Que Actualmente Están Desempeñando Los Cargos A Que Se Refiere El Presente Decreto, No Requieren La Nueva Posesión
° Los funcionarios que actualmente están desempeñando los cargos a que se refiere el presente Decreto, no requieren la nueva posesión.
Artículo 9Este Decreto Rige A Partir De Publíquese Y Cúmplase
° Este Decreto rige a partir de