El presidente de la República de Colombia
Considerando · 1 motivo
Que el Ramo Fluvial en el Ministerio de Hacienda y Tesoro no tiene relación alguna con el Ramo de Aduanas;
Artículo 1
Artículo único. Segrégase de la Dirección General de Aduanas la Oficina del Ramo Fluvial en el Ministerio de Hacienda y Tesoro, la cual continuará como anteriormente, a cargo de un Jefe y un Oficial Escribiente, con las mismas asignaciones que hoy tienen.
Parágrafo
Para el desempeño de dichas funciones continuarán los empleados que al efecto fueron nombrados. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho
Lino De Pomboencargado