Artículo 1
De la partida asignada en el Capítulo 206, articulo 2366 del Presupuesto de la vigencia en curso, "para pagar contribuciones y aportes para las construcciones de plazas de ferias en el país (Ley 74 de 1926), según distribución que hará el Gobierno Nacional por Decreto separado, en el año", hácese la siguiente distribución:
CAPITUL0 206
Artículo 2366, ordinal 6°
Aporte adicional del Gobierno Nacional Ministerio de Agricultura para auxiliar a la construcción de la Plaza de Ferias de la ciudad de Manizales, en el presente año $ 20.000.00
Artículo 2366Del Presupuesto De La Vigencia En Curso, "para Pagar Contribuciones Y Aportes Para Las Construcciones De Plazas De Ferias En El País (Ley 74 De 1926), Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado, En El Año", Hácese La Siguiente Distribución: Capitul0 206 Artículo 2366, Ordinal 6° Aporte Adicional Del Gobierno Nacional Ministerio De Agricultura Para Auxiliar A La Construcción De La Plaza De Ferias De La Ciudad De Manizales, En El Presente Año $ 20
Artículo primero . De la partida asignada en el Capítulo 206, articulo 2366 del Presupuesto de la vigencia en curso, "para pagar contribuciones y aportes para las construcciones de plazas de ferias en el país (Ley 74 de 1926), según distribución que hará el Gobierno Nacional por Decreto separado, en el año", hácese la siguiente distribución: CAPITUL0 206 Artículo 2366, ordinal 6° Aporte adicional del Gobierno Nacional Ministerio de Agricultura para auxiliar a la construcción de la Plaza de Ferias de la ciudad de Manizales, en el presente año $ 20.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. El pago del aporte y auxilio ordenado en el artículo anterior de este Decreto su manejo e inversión y la rendición de las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, se efectuarán con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones. Comuníquese,