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decreto 1982 de 1955

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Artículo 1Suprimese La Prefectura De Control De Cambios Creada Por Decreto Número 1045, De Fecha 11 De Junio De 1938

° Suprimese la Prefectura de Control de Cambios creada por Decreto número 1045, de fecha 11 de junio de 1938.

Artículo 2Transfiérese A La Oficina De Registro De Cambios Del Banco De La República Las Funciones Que Por Virtud De Disposiciones Legales Habían Sido Atribuidas A La Prefectura De Control De Cambios

° Transfiérese a la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República las funciones que por virtud de disposiciones legales habían sido atribuidas a la Prefectura de Control de Cambios.

Artículo 3Como Consecuencia De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Todos Los Documentos, Archivos, Muebles Y Demás Elementos Que Se Encuentren Actualmente En Poder De La Prefectura De Control De Cambios Deberán Pasar A La Oficina De Registro De Cambios Con La Intervención Del Banco De La República

° Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, todos los documentos, archivos, muebles y demás elementos que se encuentren actualmente en poder de la Prefectura de Control de Cambios deberán pasar a la Oficina de Registro de Cambios con la intervención del Banco de la República.

Artículo 4Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas