Micelio

decreto 1288 de 1894

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Artículo 1

Artículo único . Hácense los siguientes nombramientos : MINISTERIO DE GOBIERNO. Sección 1.ª Oficial 1.°, Germán Alvarez G. Oficiales-Escribientes, Enrique Gutiérrez O. y Manuel Alba O. Conserje, Benjamín A. Molina. Sección 3ª Subjefe, Dr. Pablo Antonio Rueda. Oficial-Escribiente, Modesto Medina Sección 4ª Jefe Ignacio Neira. Oficial-Escribiente, Fernando Durán, Escribiente, Camilo Ordóñez S. ministerio de hacienda. Sección 1ª Oficial, Federico Bravo. Sección 4ª Tenedor de libros-auxiliar, José María Lazcano C. Escribiente, Plinio García M. Sección 5ª ( Obras 'públicas ). Jefe, Augusto Torres M. Almacenista, Manuel J. Pardo. Oficial-Escribiente, Ignacio Morales E. Sección 6.ª ( Fomento ). Jefe, Nelson Bonitto H. Oficial-Escribiente, Elías Alvarez D. Escribiente, Arcadio Pereira, ministerio de religiones exteriores. Sección de Estadística. Jefe, Camilo A. Ordóñez. Inspector, Miguel A. Peñarredonda. Oficial Mayor, Antonio J . Sohlessinger. Escribientes : Rafael Largacha. Francisco L. Mezuera. Augusto Martínez. Portero, Teófilo Franco. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho