en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que es una obligación del Gobierno Nacional contribuir a las campañas de orden social que mejoren el nivel de vida de las asociados, y Que la C. T. C. no ha recibido aportes del Gobierno para sus obras educativas y sociales
Considerando · 2 motivos
Que es una obligación del Gobierno Nacional contribuir a las campañas de orden social que mejoren el nivel de vida de las asociados, y;
Que la C. T. C. no ha recibido aportes del Gobierno para sus obras educativas y sociales;
Artículo 1
De la partida apropiada en el Capítulo 701, artículo 7011 del Presupuesto de la actual vigencia, destinase la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) moneda corriente, como aporte de la Nación para los gastos que demanden las obras educativas y sociales que adelanta la Confederación de Trabajadores de Colombia C. T. C., suma que será girada al Tesorero de la mencionada institución.
Artículo 7011Del Presupuesto De La Actual Vigencia, Destinase La Suma De Cien Mil Pesos ($ 100
Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 701, artículo 7011 del Presupuesto de la actual vigencia, destinase la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) moneda corriente, como aporte de la Nación para los gastos que demanden las obras educativas y sociales que adelanta la Confederación de Trabajadores de Colombia C. T. C., suma que será girada al Tesorero de la mencionada institución. Comuníquese y cúmplase.