Micelio

decreto 982 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero . A partir de la fecha del presente Decreto, suyrímese el cargo de Ingeniero Ayudante de la ínterventoría de la Carretera Popayán - Cali, arcado por Decreto número 2105 de 1951.

Artículo 2650Del Presupuesto De Gastos Vigente

Artículo segundo . A partir de la fecha del presente Decreto, créase el cargo de ingeniero i Residente de la ínterventoría de la Carretera Popayán - Cali, con una asignación mensual de mi! pesos ($ 1.000.00), suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 123, artículo 2650 del Presupuesto de gastos vigente.

Artículo 3

Artículo tercero. Para desempeñar el cargo creado por el artículo anterior, nómbrase al señor Hernando Pérez Barona. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas