Artículo 12, Decreto Legislativo 2322 Y Decretos Legislativos 2422 Y 2466 De 1965" Para Efectuar Una Amortización Extraordinaria Por Valor De Quinientos Ochenta Mil Novecientos Noventa Y Cuatro Pesos Con Cuarenta Centavos ($ 580
Artículo primero. Autorízase al Banco de la República "Fideicomisario de los Bonos de Deuda Pública Interna artículo 12, Decreto Legislativo 2322 y Decretos legislativos 2422 y 2466 de 1965" para efectuar una amortización extraordinaria por valor de quinientos ochenta mil novecientos noventa y cuatro pesos con cuarenta centavos ($ 580.994.40), suma correspondiente a los intereses y cuotas de amortización devengados por los Bonos emitidos y no colocados de la emisión adicional autorizada por los Decretos 1624 de 1966, 323 y 986 de 1971.
Artículo 2
Artículo segundo. La diligencia se realizará de acuerdo con lo establecido para estos casos en el contrato de Fideicomisos suscrito entre el Gobierno Nacional y el Banco de la República, para la administración de este empréstito.
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.