en uso de sus facultades legales
Artículo 1Hácense Las Siguientes Modificaciones En El Personal Del Ramo De Correos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Supresiones: Se Suprime Una Plaza De Auxiliar Tercero De La Administración De Correos En Pereira, Que Venía Siendo Desempeñada Por Graciela Bejarano Viuda De Lara, Con Asignación Mensual De $ 50
° Hácense las siguientes modificaciones en el personal del ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Supresiones: Se suprime una plaza de Auxiliar Tercero de la Administración de Correos en Pereira, que venía siendo desempeñada por Graciela Bejarano viuda de Lara, con asignación mensual de $ 50.00 Creaciones: Se crean dos plazas de Calderos para la Administración de Correos en Pereira, con asignación mensual de $ 25.00 cada uno 50.00 y se nombra para desempeñarlas, a Carlos López Gómez y Arcesio Duque.
El gasto que demande el presente artículo continuará imputándose al capítulo 74, articulo 1140 del Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo 2Hácese La Siguiente Modificación En El Personal Del Ramo De Telégrafos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Creación: Se Crea Una Plaza De Cartero Para La Oficina Telegráfica En Ocaña, Con Asignación Mensual De $ 25
° Hácese la siguiente modificación en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Creación: Se crea una plaza de Cartero para la Oficina Telegráfica en Ocaña, con asignación mensual de $ 25.00
El gasto que demande el presente artículo se imputará al capítulo 76, artículo 1162 del Presupuesto de la actual vigencia. Comuníquese y publíquese.