Micelio

decreto 3695 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 22 de noviembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según conste en el acta respectiva

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Relaciones Exteriores Capítulo 8° Del Artículo 102

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 8° Del artículo 102. Para sueldos del personal del Ministerio y Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, en el año $ 6.634.28 Del artículo 103. Para jornales del servicio de aseo y de otras necesidades de las dependencias del Ministerio, en el año 1.282.36 Del artículo 109. Para gastos de representación del Secretario General del Ministerio, del Jefe y Subjefe del Protocolo, de los Directores Generales de Departamento, y del Oficial Mayor de la Secretaría General, en el año 401.00 Capítulo 9° Del artículo 115. Para atender al pago de viáticos y gastos de representación de Delegaciones a Congresos, Conferencias y Reuniones Internacionales, en el año 324.00 Capítulo 12. Del artículo 133. Para atender a la repatriación de colombianos pobres 4.798.20 Suman los contracréditos $ 13.439.84 Capítulo 9° Al artículo 116. Para viáticos del personal diplomático, en el año $ 10 000.00 Capítulo 10. Al artículo 120. Para viáticos del personal consular, en el año 3.439.84 Suman los créditos $ 13.439.84

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público