en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el numeral 1° del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos
Considerando · 4 motivos
Que el numeral 1° del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración' Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para, la vigencia fiscal de 1974 del Departamento Administrativo de Seguridad Nacional por $ 3 604.487.00-;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el. Contralor General .de la República expidió el Certificado de Disponibilidad correspondiente de 1974 del cual se utilizan $ '3.604.487.00 para financiar los créditos adicionales de que trata, este Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De- Rentas E
° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de- Rentas e .Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de.1974, con la cantidad de tres millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos ochenta y siete pesos ($ 3.604.487) monada legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad correspondiente del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Capítulo XIII Recursos del Crédito a) Recursos del Crédito Interno Numeral 124. Emisión pagarés semestrales de emergencia económica 3.604.487 Suma el recurso $ 3.604.487
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adiciónales, Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974: Presupuesto De Funcionamiento Capítulo 030 Departamento Administrativo De Seguridad Nacional Programa 030 Dirección Y Administración Del Departamento Pagarés Semestrales De Emergencia Económica Servicios Personales 102 111 117
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adiciónales, al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Capítulo 030 Departamento Administrativo de Seguridad Nacional Programa 030 Dirección y Administración del Departamento Pagarés semestrales de emergencia económica Servicios Personales 102 111 117. Articulo 0354-A. Prima de Navidad 182.111 Transferencias 201 331 404. Artículo 0369-A. Fondo Nacional de Ahorro 1.873.365 Programa 031 Desarrollo Operativo Pagarés semestrales de emergencia económica Servicios Personales 102 133 117. Artículo 0373-A. Prima de Navidad 1.530.288 Programa 032 Servicios de Docencia y Capacitación Pagarés semestrales de emergencia económica Servicios Personales 102 133 117. Artículo 0383-A. Prima de Navidad 18.723 Suman los créditos adicionales $ 3.604.487
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.