Micelio

decreto 981 de 1959

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 8° de la Ley 35 de 1958

Artículo 1Del Decreto Número 0626, De 3 De Marzo De 1959, En El Sentido De Expresar Que La Partida Asignada En El Capítulo 389, Artículo 4169, Ordinal 4) Del Presupuesto Nacional Vigente, Que Se Distribuye En Diez Meses, Corresponde A Los Meses De Febrero A Noviembre, Y No De Febrero A Diciembre Como Lo Dice El Citado Decreto

Artículo único. Aclarase el artículo 1° del Decreto número 0626, de 3 de marzo de 1959, en el sentido de expresar que la partida asignada en el Capítulo 389, artículo 4169, ordinal 4) del Presupuesto Nacional vigente, que se distribuye en diez meses, corresponde a los meses de febrero a noviembre, y no de febrero a diciembre como lo dice el citado Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República