El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 8° de la Ley 35 de 1958
Artículo 1Del Decreto Número 0626, De 3 De Marzo De 1959, En El Sentido De Expresar Que La Partida Asignada En El Capítulo 389, Artículo 4169, Ordinal 4) Del Presupuesto Nacional Vigente, Que Se Distribuye En Diez Meses, Corresponde A Los Meses De Febrero A Noviembre, Y No De Febrero A Diciembre Como Lo Dice El Citado Decreto
Artículo único. Aclarase el artículo 1° del Decreto número 0626, de 3 de marzo de 1959, en el sentido de expresar que la partida asignada en el Capítulo 389, artículo 4169, ordinal 4) del Presupuesto Nacional vigente, que se distribuye en diez meses, corresponde a los meses de febrero a noviembre, y no de febrero a diciembre como lo dice el citado Decreto. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República