Micelio

decreto 1448 de 1971

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Artículo 1

Artículo primero. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal del Ministerio de Gobierno: No. de empleos Nombre del empleo Clase Categoría Secretaría General Sección de Servicios Generales. 1 Jefe de Sección III 21 Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad. División Operativa de Acción Comunal. 1 Promotor de Desarrollo de la Comunidad I 15 Dirección General de Intendencias y Comisarías. 1 Secretario Mecanotaquígrafo I 15

Artículo 2

Artículo segundo. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Ministerio de Gobierno: No. de empleos Nombre del empleo Clase Categoría Secretaría General. Sección de Servicios Generales. 1 Jefe de Sección IV 23 Dirección General de Intendencias y Comisarías. 1 Secretario Mecanotaquígrafo III 18

Artículo 3

Artículo tercero. El personal de las anteriores dependencias que sea incorporado a los empleos que se determinan mediante el presente Decreto, deberán tomar posesión de los mismos si hay variación en la denominación, clase y categoría, caso en el cual no requerirán otras formalidades que la firma del acta de posesión respectiva y el pago del impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración.

Artículo 4

Artículo cuarto. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil