Artículo 1
Artículo único. Créase la asignatura de anatomía artística (dos clases semanales) y nocturna de Dibujo en la Escuela Nacional de Bellas Artes, con la asignación mensual de $ 20 oro, y nómbrase para desempeñarla al señor Jorge Herrera. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública