Micelio

decreto 376 de 1969

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Artículo 1Adiciónense Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1969, Con La Cantidad De Tres Millones De Pesos ($ 3

° Adiciónense los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1969, con la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 5 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32761 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 3

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrase El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Aquí Pdf Diario Oficial 32761 (Tabla De Presupuestos) Pág

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrase el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32761 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 3

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público