en uso de sus facultades constitucionales
Artículo 1
Artí culo 1º Destínase la suma de un mil pesos ($ 1.000.00) para atender a los eventuales gastos extraordinarios que demande la visita que efectuarán el señor Presidente de la República y señora de Turbay Ayala a Tegucigalpa, Honduras, con motivo de la transmisión del mando presidencial que se llevará a cabo en dicha ciudad.
Artículo 2
Artí culo 2º La suma señalada en el presente Decreto se pagará con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en el Decreto 142 de 1935, y se pondrá a disposición del Coronel Jaime Forero Quiñones, Jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la República, quien deberá rendir cuenta detallada de los gastos efectuados al Auditor Fiscal de la Contraloría General de la República, Delegado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníque se y publíquese.