Micelio

decreto 824 de 1964

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: que la señorita Lucía Múnera, quien desempeñaba el cargo de Bibliotecaria V - 11 del Ministerio de Educación Nacional, falleció en esta ciudad, y que es justo que el Gobierno Nacional destine una partida para los gastos de entierro

Artículo 1

Destínase la suma de dos mil pesos moneda corriente ($ 2.000.00) para atender a los gastos de entierro de doña Lucia Múnera, Bibliotecaria V -11, al servicio del Ministerio de Educación Nacional.

Parágrafo

La suma de que trata el presente Decreto será cancelada a la Funeraria Gaviria, con cargo al Capítulo 701, artículo 7011 del presupuesto Nacional vigente, previa la presentación de la respectiva cuenta de cobro en forma legal.

Artículo 7011Del Presupuesto Nacional Vigente, Previa La Presentación De La Respectiva Cuenta De Cobro En Forma Legal

Artículo único. Destínase la suma de dos mil pesos moneda corriente ($ 2.000.00) para atender a los gastos de entierro de doña Lucia Múnera, Bibliotecaria V -11, al servicio del Ministerio de Educación Nacional.

Parágrafo

La suma de que trata el presente Decreto será cancelada a la Funeraria Gaviria, con cargo al Capítulo 701, artículo 7011 del presupuesto Nacional vigente, previa la presentación de la respectiva cuenta de cobro en forma legal. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional