Micelio

decreto 2970 de 1956

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y CONSIDERANDO que la Empresa de Acueductos y Alcantarillados de Bogotá, D. E., ha solicitado licencia para importar 179 toneladas de tablestacas metálicas para las obras del nuevo acueducto del río Bogotá, y demostró que Acerías Paz del Río S. A., no puede suministrarle oportunamente tales artículos

Artículo 1

Artículo primero. Autorízase a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, D. E., para importar con destino a las obras del nuevo acueducto del río Bogotá, ciento setenta y nueve (179) toneladas de tablestacas metálicas.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir da la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público