Micelio

decreto 18720210 de 1872

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Artículo 1

Artículo único. Declárase vijente el capítulo XXX del decreto orgánico de la Universidad; con la aclaracion de que sus disposiciones se refieren únicamente a los alumnos que pretendan matricularse por primera vez en el establecimiento. Comuníquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores