Artículo 1Trasládase La Suma De $ 1,500, Del Capítulo 45, Artículo 460, De La Ley De Apropiaciones De La Presento Vigencia, Al Artículo 459, Del Mismo Capítulo
º Trasládase la suma de $ 1,500, del capítulo 45, artículo 460, de la Ley de Apropiaciones de la presento vigencia, al artículo 459, del mismo capítulo.
Artículo 2Dése Aviso De La Operación Efectuada Al Señor Contralor General De La República, Y Háganse En Los Libros Del Ministerio Las Anotaciones Del Caso
º Dése aviso de la operación efectuada al señor Contralor General de la República, y háganse en los libros del Ministerio las anotaciones del caso. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Industrias