Micelio

decreto 2149 de 1955

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Artículo 1

De la partida apropiada en el Capítulo 131, articulo 2752 del Presupuesto vigente, para atender al pago de auxilios dispuestos- por leyes preexistentes, de acuerdo con distribución que hará el Gobierno, hácese la siguiente distribución parcial:

Capítulo 131, artículo 2752.

Artículo 2752Del Presupuesto Vigente, Para Atender Al Pago De Auxilios Dispuestos- Por Leyes Preexistentes, De Acuerdo Con Distribución Que Hará El Gobierno, Hácese La Siguiente Distribución Parcial: Capítulo 131, Artículo 2752

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 131, articulo 2752 del Presupuesto vigente, para atender al pago de auxilios dispuestos- por leyes preexistentes, de acuerdo con distribución que hará el Gobierno, hácese la siguiente distribución parcial: Capítulo 131, artículo 2752. Ordinal 2. Para el Colegio Apostólico Vocacional, de Tuta (Boyacá) -construcción $60.000.00 Ordinal. 3. Para el Colegio de San Luis del Municipio de Yarumal -construcción $60.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas