Micelio

decreto 824 de 1926

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Artículo 1En Adelante Los Trabajos De La Vía Nacional Del Noroeste, Estarán Al Cuidado Del Siguiente Personal Administrativo: Un Ingeniero Administrador, Responsable De Los Trabajos, Con Sueldo Mensual De Trescientos Pesos ($ 300); Un Ingeniero Ayudante, Con Doscientos Pesos ($ 200), Y Un Cajero Contador, Con Ciento Sesenta Pesos ($ 160), Todos Sin Derecho A Viáticos

° En adelante los trabajos de la vía nacional del Noroeste, estarán al cuidado del siguiente personal administrativo: un Ingeniero Administrador, responsable de los trabajos, con sueldo mensual de trescientos pesos ($ 300); un Ingeniero Ayudante, con doscientos pesos ($ 200), y un Cajero Contador, con ciento sesenta pesos ($ 160), todos sin derecho a viáticos. El Cajero tendrá como residencia la ciudad de Chiquinquirá.

Artículo 2Para Desempeñar Los Puestos De Que Trata El Artículo Anterior, Se Hacen Los Siguientes Nombramientos: Para Ingeniero Administrador, Señor Rutilio Torres, Y Para Ingeniero Ayudante, Señor Tobías Caro

° Para desempeñar los puestos de que trata el artículo anterior, se hacen los siguientes nombramientos: para Ingeniero Administrador, señor Rutilio Torres, y para Ingeniero Ayudante, señor Tobías Caro. El señor Anselmo León Gómez, continuará desempeñando las funciones de Cajero Contador, con la misma fianza que tiene hoy.

Artículo 3Desde Esta Fecha Quedan Suprimidos En La Citada Vía Del Noroeste, Los Puestos De Jefes De Trabajos

° Desde esta fecha quedan suprimidos en la citada vía del Noroeste, los puestos de Jefes de trabajos.

Artículo 4Por Haber Pasado A Ocupar Otro Puesto El Ingeniero Señor José Dulcey, Nómbrase Para Reemplazarlo En El Cargo De Ingeniero Administrador Del Camino Del Suroeste, En La Sección Ibagué-Sevilla, Al Señor Luis A

° Por haber pasado a ocupar otro puesto el Ingeniero señor José Dulcey, nómbrase para reemplazarlo en el cargo de Ingeniero Administrador del camino del Suroeste, en la sección Ibagué-Sevilla, al señor Luis A. Gutiérrez. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas