El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y especial de las que le confiere el artículo 3° del Decreto extraordinario número 1448 de 1954
Artículo 1Autorizase Al Departamento De Santander Del Norte Destinar El Empréstito Aprobado Por Decreto Número 3404, De 23 De Noviembre De 1954, A La Financiación De Maquinaria Y Equipo Para El Desarrollo De La Electrificación De Ese Departamento
° Autorizase al Departamento de Santander del Norte destinar el empréstito aprobado por Decreto número 3404, de 23 de noviembre de 1954, a la financiación de maquinaria y equipo para el desarrollo de la electrificación de ese Departamento.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público