Micelio

decreto 1979 de 1943

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en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de octubre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos,, según consta en la nota número 1406, procedente dé 1 Secretarla de dicha entidad

Artículo 1Hacense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Aquí Pdf Diario Oficial 25373 (Tabla De Presupuesto) Pág

° Hacense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 25373 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 3.

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos