Micelio

decreto 2349 de 1928

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Auméntase A Doscientos Veinte Pesos ($ 220) El Sueldo Mensual Del Ingeniero Ayudante De Construcción De La Carretera Soatá-Ónzaga

º Auméntase a doscientos veinte pesos ($ 220) el sueldo mensual del Ingeniero Ayudante de Construcción de la carretera Soatá-Ónzaga.

Artículo 2Por No Haber Aceptado El Señor José M

º Por no haber aceptado el señor José M. Ramos Obando el puesto de que trata el artículo anterior, nómbrase para desempeñarlo al señor Bernardo Fajardo. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas