en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1º de la Ley 60 de 1990
Artículo 1O.
ARTICULO 1o. Suprímese la siguiente denominación de la nomenclatura de empleos del nivel directivo de que tratan los artículos 15 del Decreto-ley 90 de 1988 y 14 del Decreto-ley 10 de 1989, así: DENOMINACION Código Grado Rector de Universidad 0045 13 11 09 08
Artículo 2O
ARTICULO 2o. Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel directivo de que tratan los artículos 15 del Decreto-ley 90 de 1988, y 14 de los Decretos-ley 10 de 1989 y 50 de 1990, así: Denominación Código Grado Decano de Colegio Mayor 0160 04 03 Decano del Instituto Colombiano de Estudios Internacionales 0086 11 10 Decano de Universidad 0085 05 04 Director de Escuela, o de Instituto o de Centro, o Jefe de Departamento de Institución Universitaria 0095 04 03 Director General de Protocolo 0087 11 10 Director General de Aduanas 0115 16 15 Director General de Crédito Público 0120 16 15 Director General de Impuestos Nacionales 0125 16 15 Director General de Presupuesto 0130 16 15 Director General de Servicios Administrativos 0135 16 15 Director General del Centro de Información y Sistemas 0140 16 15 Director de Superintendencia 0105 08 07 Director General de Ministerio o Departamento Administrativo 0100 16 15 Gerente, Presidente o Director General de Establecimiento Público 0015 17 16 Gerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado (Sector Defensa) 0018 14 13 Gerente del Club de Empleados Oficiales 0155 07 Miembro del Consejo de Obras Públicas 0022 16 Rector de Colegio Mayor 0055 05 04 Rector de Institución Tecnológica 0050 05 04 Rector de Universidad 0045 14 13 11 10 08 Secretario General de Ministerio o Departamento Administrativo 0035 16 15 Secretario General de Superintendencia o Entidad Descentralizada 0037 11 10 Secretario General de Universidad 0075 11 10 Subgerente, Vicepresidente o Subdirector General de Establecimiento Público 0040 11 10 Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado (Sector Defensa) 0043 06 05 Subsecretario de Relaciones Exteriores 0044 11 10 Subdirector de Ministerio o Departamento Administrativo 0150 11 10 Superintendente 0030 17 16 15 Superintendente Delegado 0110 12 11 Tesorero General de la República 0145 16 15 Vicerrector o Director Administrativo de Institución Tecnológica o de Colegio Mayor 0065 04 03 Vicerrector o Director Administrativo de Universidad 0060 12 11
Establécese la siguiente equivalencia del empleo que se señala a continuación: SITUACION ANTERIOR SITUACION NUEVA Denominación Código Grado Denominación Código Grado Rector de Universidad 0045 13 Rector de 0045 13 11 Universidad 11 09 10 08 08
Artículo 3O
ARTICULO 3o. Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel asesor de que tratan los artículos 16 del Decreto-ley 90 de 1988 y 15 del Decreto-ley 50 de 1990, así: Denominación Código Grado Administrador Especial en Gerencia Pública 1035 10 09 Asesor 1020 09 08 Asesor del Consejo Superior del Servicio Civil 1008 09 08 Consejero 1015 06 04 Consejero Especial en Gerencia Pública 1040 10 09 Especialista en Gerencia Pública 1030 09 08
Artículo 4O
ARTICULO 4o. Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel ejecutivo de que tratan los artículos 17 del Decreto-ley 90 de 1988, 15 del Decreto-ley 10 de 1989 y 16 del Decreto-ley 50 de 1990, así: Denominación Código Grado Administrador de Aduanas 2070 18 17 Administrador de Impuestos 2060 21 20 Consejero de Relaciones Exteriores 2091 09 08 Controlador Presupuestal 2200 15 14 Director de Centro 2105 05 04 Director de Centro de Institución Técnica Profesional 2170 05 04 03 Director de Centro o de Carrera o Jefe de Departamento de Institución Tecnológica 2140 09 08 Director de Clínica 2010 15 14 Director de Fábrica (Sector Defensa 2130 10 09 Director de Museo 2090 07 06 Director de Orquesta o Banda 2065 08 07 Director de Unidad Tecnológica o Unidad Académica 2135 13 12 Director de Unidad de Institución Técnica Profesional 2195 09 08 Director de Unidad Administrativa Especial 2025 14 Director Regional 2035 20 19 Director Seccional 2095 08 07 Jefe de Departamento de Ayudas Educativas del INEM, CASD o ITA 2148 02 01 Jefe de División 2040 19 18 Jefe de Grupo 2085 07 06 Jefe de Grupo de la Presidencia de la República 2175 10 09 Jefe de Oficina 2045 21 20 Jefe de Programa de Institución Técnica Profesional 2165 09 08 Jefe de Proyecto 2080 07 06 Jefe de Sección 2075 14 13 Jefe de Sección Médico-Asistencial 2077 17 16 15 Jefe de Unidad 2055 12 11 Ministro Consejero 2031 15 14 12 Ministro Plenipotenciario 2006 19 18 15 Rector de Institución Técnica Profesional 2155 12 11 Registrador Delegado 2050 12 11 Registrador Principal 2015 19 18 Registrador Seccional 2185 12 11 Secretario de Facultad 2150 09 08 Secretario de Institución Técnica Profesional 2160 07 06 Secretario General de Institución Tecnológica o de Colegio Mayor 2180 13 12 Subadministrador de Aduanas 2100 06 05 Subadministrador de Impuestos 2190 13 12 Subdirector 2030 12 11 Superintendente Seccional 2115 21 20 18 Vicerrector Administrativo del INEM, CASD o ITA 2145 04 03
Artículo 5O
ARTICULO 5o . Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel profesional de que trata el artículo 25 del Decreto-ley 1042 de 1978 y demás disposiciones que lo modifican y adicionan, así: Denominación Código Grado Primer Secretario de Relaciones Exteriores 3055 11 10 08 Profesional Especializado 3010 16 15 Profesional Universitario 3020 07 Segundo Secretario de Relaciones Exteriores 3056 07 06
Artículo 6O
ARTICULO 6o. Suprímese la siguiente denominación de la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 9º del Decreto-ley 193 de 1987 y demás normas que lo modifican o adicionan, así: Denominación Código Grado Técnico Profesional Intermedio 4175 09 08 07
Artículo 7O
ARTICULO 7o. Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel técnico de que trata el artículo 26 del Decreto-ley 1042 de 1978 y demás disposiciones que lo modifican y adicionan, así: Denominación Código Grado Asistente Administrativo 4140 17 16 Técnico Profesional 4175 09 08 07 Técnico en Telecomunicaciones 4030 14 13 12 Tecnólogo 4165 11 Tercer Secretario de Relaciones Exteriores 4076 11 10 09
Establécese la siguiente equivalencia del empleo que se señala a continuación: SITUACION ANTERIOR SITUACION NUEVA Denominación Código Grado Denominación Código Grado Técnico Profesional Intermedio 4175 09 Técnico Profesional 4175 09 08 08 07 07
Artículo 8O.
ARTICULO 8o. Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel administrativo de que trata el artículo 27 del Decreto-ley 1042 de 1978 y demás disposiciones que lo modifican o adicionan, así: Denominación Código Grado Auxiliar Administrativo 5120 10 08
Artículo 9O
ARTICULO 9o . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias; y modifica en lo pertinente el Decreto-ley 1042 de 1978, y las normas que lo modifican o adicionan.