Micelio

decreto 1447 de 1954

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El Presidente de la República

en uso de sus facultades legales, y considerando: Que por Decreto número 3518 del 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Artículo 1A Partir Del 1° De Marzo Del

° A partir del 1° de marzo del .año en curso, incorpórame a la nómina de asignaciones civiles del Departamento Nacional de Educación Física, los siguientes cargo que han venido pagándose a jornal, con los sueldos mensuales que se fijan a continuación. Una Mecanógrafa con asignación mensual de $ 245.00. Un Por tero-Mensajero, con asignación mensual de 180.00. Un Chofer con asignación mensual de 210.00.

Artículo 2Créase Un Cargo De Inspector Nacional De Educación Física, Dependiente Del Departamento Nacional De Educación Física Del Ministerio De Educación

° Créase un cargo de Inspector Nacional de Educación Física, dependiente del Departamento Nacional de Educación Física del Ministerio de Educación.

Artículo 3Los Sueldos Correspondientes A Los Cargos Anteriormente Creados, Se Pagarán Del Capítulo 96, Artículo 1609 Del Presupuesto Nacional Vigente

° Los sueldos correspondientes a los cargos anteriormente creados, se pagarán del Capítulo 96, artículo 1609 del Presupuesto Nacional vigente. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas