Micelio

decreto 1781 de 1954

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Artículo 1

Artículo primero. Facúltase al Gobierno para suprimir los cargos subalternos que así lo estime conveniente en las entidades de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público. Asimismo el Gobierno queda facultado para crear plazas de Magistrados en los Tribunales Superiores de Distrito, Jueces Superiores, Fiscales, Jueces de Circuito y Jueces Municipales en aquellos Distritos Judiciales en donde el buen servicio de la justicia así lo requiera.

Artículo 2

Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y suspende las disposiciones legales que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Educación Nacional
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas