Micelio

decreto 1128 de 1971

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Artículo 1Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuesto De Funcionamiento

° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 231 Ministerio de Salud Pública. Programa 256. Sostenimiento de instituciones de asistencia social. 203, - 336, - 412. Artículo 2511. Aportes para sostenimiento de instituciones de asistencia social en el Departamento de Nariño. Ordinal 4. Para incrementar los aportes en el caso de que la institución compruebe la necesidad del aumento o para apropiar a las no incluidas, con la aprobación del Ministerio de Salud y la Dirección General del Presupuesto 22.500 Que se distribuyen así: a) Al Amparo de Ancianos "San José", de Pasto $ 22.500 Total $ 22.500

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público