El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1Concédese Un Auxilio Anual De Mil Ochocientos Pesos ($1,800) Oro Al Colegio De Boyacá (Tunja)
°. Concédese un auxilio anual de mil ochocientos pesos ($1,800) oro al Colegio de Boyacá (Tunja).
Artículo 2Concédese Un Auxilio Anual De Doce Mil Ciento Sesenta Pesos ($12,160) Oro Á La Universidad De Bolívar (Cartagena)
°. Concédese un auxilio anual de doce mil ciento sesenta pesos ($12,160) oro á la Universidad de Bolívar (Cartagena).
Artículo 3
° . Concédese un auxilio anual de trescientos cuarenta pesos ($340) oro al Colegio del Carmen de Cartagena. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública