en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1En Las Resoluciones Sobre Concesiones De Fuerza Hidráulica Que Se Otorguen De Acuerdo Con La Ley 113de 1928 E1 Gobierno Fijará La Caución Que Estime Necesaria Para Garantizar El Cumplimiento De Las Obligaciones A Que Queden Sometidos Los Concesionarios
° En las resoluciones sobre concesiones de fuerza hidráulica que se otorguen de acuerdo con la Ley 113de 1928 e1 Gobierno fijará la caución que estime necesaria para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a que queden sometidos los concesionarios.
Artículo 2Este Decreto Regirá Desde Su Expedición
°. Este Decreto regirá desde su expedición.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El ministro de Hacienda Y Crédito Público, encargado del Despacho de Agricultura y Comercio
Gonzalo Restrepoencargado