El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
Artículo 1Créase Un (1) Cargo De Agregado Cultural Ad Honorem En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Estados Unidos De América Y Nómbrase Para Desempeñarlo A La Doctora Beatrice Dávila De Santo Domingo
° Créase un (1) cargo de Agregado Cultural ad honorem en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Estados Unidos de América y nómbrase para desempeñarlo a la doctora Beatrice Dávila de Santo Domingo.
Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y No Causará Ninguna Erogación A Cargo Del Tesoro Nacional
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y no causará ninguna erogación a cargo del Tesoro Nacional. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores