Micelio

decreto 1285 de 1918

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Artículo 1Suprímese Una Plaza De Ayudante En La Oficina Telegráfica De San Gil, Y Créase La De Copista En La Del Socorro, Con La Asignación Mensual De $ 40, Y Nómbrase Para Desempeñar Este Empleo Al Señor José María Barrera

Articulo 1° Suprímese una plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de San Gil, y créase la de Copista en la del Socorro, con la asignación mensual de $ 40, y nómbrase para desempeñar este empleo al señor José María Barrera.

Artículo 2Créase La Plaza De Cartero En Cada Una De Las Oficinas Telegráficas De Galeras Y Caimito, Con Las Asignaciones Mensuales De $ 3 Y $ 2, Respectivamente

° Créase la plaza de Cartero en cada una de las Oficinas Telegráficas de Galeras y Caimito, con las asignaciones mensuales de $ 3 y $ 2, respectivamente. El presente Decreto empezará a regir cinco días después de su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno