El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1A Partir Del 28 De Abril De 1982 Y Por El Término De Quince (15) Días, Llamase En Comisión A Bogotá Al Doctor Alfonso Dávila Ortiz, Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario De Colombia Ante El Gobierno De España, En Funciones Atinentes A Su Cargo
° A partir del 28 de abril de 1982 y por el término de quince (15) días, llamase en comisión a Bogotá al doctor Alfonso Dávila Ortiz, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia ante el Gobierno de España, en funciones atinentes a su cargo.
Artículo 2El Comisionado Tendrá Derecho A Pasaje Aéreo En La Ruta Madrid-Bogotá-Madrid, El Cual Se Pagará Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
° El comisionado tendrá derecho a pasaje aéreo en la ruta Madrid-Bogotá-Madrid, el cual se pagará con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La- Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige a partir de la- fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores