El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las facultades que le confieren los Decretos números 1423, 1678 de 1960
Artículo 1
Artículo primero . Sustitivense las denominaciones y grados ocupacionales de los siguientes cargos incorporados en la planta del Ministerio de Salud Pública, por Decretos números 1871, 2394 de 1960 y 398 de 1961 así:
Artículo 2
Artículo segundo . El presente Decreto rige a partir del 1° de marzo de 1961. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República