Micelio

decreto 1613 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, artículo 1576 para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, adiciónase la apropiación del siguiente ordinal, en la distribución parcial que a continuación se indica:

Artículo 1576Para Gastos De Conservación, Adiciones Y Mejoras De La Red De Carreteras Nacionales, Adiciónase La Apropiación Del Siguiente Ordinal, En La Distribución Parcial Que A Continuación Se Indica: Capítulo 115, Articulo 1576

Artículo único. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, artículo 1576 para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, adiciónase la apropiación del siguiente ordinal, en la distribución parcial que a continuación se indica: Capítulo 115, articulo 1576. Zona de Carreteras de Medellín, Ordinal K $160.000.00 Para la carretera Medellín-La Ceja, sector Medellín-Las Palmas 160.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas