Artículo 1
Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1914, con la suma de novecientospesos ($900), que llevará la siguiente imputación :
MINISTERIO DE GOBIERNO
capitulo 4.° bis
Tribunales de lo Contencioso Administrativo.
Tribunal Supremo.
Artículo 6.° A. Sueldos de los empleados de este Tribunal, de 1.° de abril a 31 de diciembre próximo, así:
Tribunales Seccionales.
Artículo 6.° B. Sueldos de los empleados de estos Tribunales, de l.° de abril a 31 de diciembre próximo, así :
Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.
Artículo 6A
Artículo único. Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1914, con la suma de novecientospesos ($900), que llevará la siguiente imputación : MINISTERIO DE GOBIERNO capitulo 4.° bis Tribunales de lo Contencioso Administrativo. Tribunal Supremo. Artículo 6.° A. Sueldos de los empleados de este Tribunal, de 1.° de abril a 31 de diciembre próximo, así:
° Del Portero Escribiente, a $ 50 mensuales en vez de $ 30 (completo) $ 180 Tribunales Seccionales. Artículo 6.° B. Sueldos de los empleados de estos Tribunales, de l.° de abril a 31 de diciembre próximo, así :
° De ocho Porteros Escribientes, uno para cada Tribunal, a $ 40 mensuales cada uno, en vez de $ 30 (completo) 720,900 Total $ 900
Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.