Micelio

decreto 2956 de 1985

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales

Artículo 1Modifícase El Artículo 2° Del Decreto Número 2880 Del 4 De Octubre De 1985, En El Sentido De Que El Doctor Mauricio Cabrera Galvis, Director General De Crédito Público Tendrá Derecho A Viáticos Por Los Días Entre El 11 Y El 20 De Octubre De 1985 A Razón De Us$ 200

°. Modifícase el artículo 2° del Decreto número 2880 del 4 de octubre de 1985, en el sentido de que el doctor Mauricio Cabrera Galvis, Director General de Crédito Público tendrá derecho a viáticos por los días entre el 11 y el 20 de octubre de 1985 a razón de US$ 200.00 diarios, los cuales serán sufragados con cargo al presupuesto de la actual vigencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público