en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales
Artículo 1Por El Año Gravable De 1985, Ampliase El Plazo Para La Expedición De Los Certificados De Retención En La Fuente A Que Se Refieren Los Artículos 6º, 22 Y 25 Del Decreto 460 De 1986, Hasta El 21 De Marzo De 1986
º Por el año gravable de 1985, ampliase el plazo para la expedición de los certificados de retención en la fuente a que se refieren los artículos 6º, 22 y 25 del Decreto 460 de 1986, hasta el 21 de marzo de 1986.
Artículo 2Amplianse Los Plazos Para La Presentación De Las Declaraciones Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios Contenidos En El Artículo 2º Del Decreto 3834 De 1985 Que Correspondan Al Grupo Número 1 Del Formulario Blanco, Es Decir Personas Naturales Y Sucesiones Ilíquidas Que No Sean Socias De Sociedades De Responsabilidad Limitada Y Asimiladas Ni Posean Acciones De Sociedades Anónimas Y Asimiladas Cuyo Valor Patrimonial Se Determine Con Base En El Patrimonio Líquido De La Sociedad, Hasta Las Fechas Que Se Indican A Continuación Atendiendo La Primera Letra Del Primer Apellido, Así: Si La Primera Letra Es Hasta El Día A 1º De Abril B 2 De Abril C, Ch, D, E, F 3 De Abril G 4 De Abril H, I, J, K, L, Ll 7 De Abril M, N, Ñ 8 De Abril O, P, Q 9 De Abril R 10 De Abril S, T, U, V, W, X, Y, Z 11 De Abril Parágrafo
º Amplianse los plazos para la presentación de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios contenidos en el artículo 2º del Decreto 3834 de 1985 que correspondan al Grupo número 1 del formulario blanco, es decir personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean socias de sociedades de responsabilidad limitada y asimiladas ni posean acciones de sociedades anónimas y asimiladas cuyo valor patrimonial se determine con base en el patrimonio líquido de la sociedad, hasta las fechas que se indican a continuación atendiendo la primera letra del primer apellido, así: SI LA PRIMERA LETRA ES Hasta el día A 1º de abril B 2 de abril C, CH, D, E, F 3 de abril G 4 de abril H, I, J, K, L, LL 7 de abril M, N, Ñ 8 de abril O, P, Q 9 de abril R 10 de abril S, T, U, V, W, X, Y, Z 11 de abril
Los demás plazos y el resto de disposiciones del Decreto 3834 de 1985 continuarán vigentes tal como en él se estableció.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.