El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996
Artículo 1
º . Derogar los artículos 30 al 34 del Capítulo IV, del Título IV del Decreto 171 de 2001.
Artículo 2
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996
El Ministro de Transporte