El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 106, Literal A, Numeral (6) Del Decreto Número 89 De 1984, Con Fecha Primero (1°) De Septiembre De Mil Novecientos Ochenta Y Seis (1986), Terminase La Comisión Asignada En El Servicio Aéreo A Territorios Nacionales
º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106, literal a, numeral (6) del Decreto número 89 de 1984, con fecha primero (1°) de septiembre de mil novecientos ochenta y seis (1986), terminase la comisión asignada en el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales. Satena, por Resolución número 7367 del 30 de noviembre de 1984, al señor Mayor Miguel Antonio Castro Suárez-6914381, del Comando de la Fuerza Aérea Agregado al Departamento-EMA-1 de Personal.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Defensa Nacional