Micelio

decreto 496 de 1983

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que por necesidad del servicio y acuerdo a las modificaciones estructurales que se realizan en el Ministerio de Educación Nacional se hace indispensable personal capacitado para el desempeño de funciones en programas propios de ese Ministerio

Considerando · 2 motivos

Que por necesidad del servicio y acuerdo a las modificaciones estructurales que se realizan en el Ministerio de Educación Nacional se hace indispensable personal capacitado para el desempeño de funciones en programas propios de ese Ministerio;

Que el Decreto que se deroga con el presente no fue comunicado;

Artículo 1

Articuló 1° Derogar el contenido del artículo primero del Decreto número 3302 del 22 de noviembre de 1982 que textualmente dice: "Declarar .insubsistente el nombramiento hecho a Luís Carreño Medina del cargo de Jefe de División 08-2040 de Coordinación de Centres Experimentales Pilotos del Ministerio de Educación Nacional"

Artículo 2Derogar El Contenido Del Artículo Segundo Del Decreto 3302 Del 22 De Noviembre De 1982 Que Textualmente Dice: "nombrase A Aquiles Velandia, Director Del Centro Experimental, De Cundinamarca En El Cargo De Jefe De División 08-2040 De Coordinación De Centros Experimentales Pilotos Del Ministerio; De Educación Nacional, En Reemplazo De Luis Carreño Medina, A Quien Se Le Declaró Insubsistente

° Derogar el contenido del artículo segundo del Decreto 3302 del 22 de noviembre de 1982 que textualmente dice: "Nombrase a Aquiles Velandia, Director del Centro Experimental, de Cundinamarca en el cargo de Jefe de División 08-2040 de Coordinación de Centros Experimentales Pilotos del Ministerio; de Educación Nacional, en reemplazo de Luis Carreño Medina, a quien se le declaró insubsistente.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplanse.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional