Artículo 1
Art. 1.° Apruébase el convenio celebrado el 22 de enero de 1870, entre el Secretario del Tesoro i Crédito nacional i el señor Ignacio Ospina, como apoderado del señor Simon Bolívar O´Leary, aprobado en la misma fecha por el Presidente de la República i relativo al crédito de cinco mil trescientos cincuenta i un pesos, noventa i uno i medio centavos ($5,351-911/2 cs), e intereses que dicho señor O´Leary tiene contra el Tesoro nacional, según la escritura de 8 de abril de 1861.
Artículo 2
Art. 2.° El gasto que ocasione el cumplimiento de dicho convenio se imputará a la vijencia económica de 1869 a 1870, para lo cual se abre al Poder Ejecutivo el crédito adicional equivalente en el respectivo Presupuesto.
Firmas
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional