Micelio

decreto 2611 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 26 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según .consta en el acta respectiva

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capitulo 113 Del Artículo 2272

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 113 Del artículo 2272. Para pagar al Departamento de Boyacá las inversiones hechas en las carreteras Paipa-Pantano de Vargas; Cantino-Coper; Piedra Gorda-Briceño; Espino-Chiscas, y puente de Buenavista, según contratos publicados en el Diario Oficial números 25723 y 25742, de 20 de diciembre de 1944 y de 16 de enero de 1945 $ 111.478.80 CAPITULO 112 Al artículo 2182-D. Par a la carretera Soatá-Salina de Chita. Ley 67 de 1941, articulo 1° $ 111.478.80

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas