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decreto 2139 de 1997

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y las legales conferidas en el artículo 15 del Decreto 1687 de 1997

Artículo 1º

º. Suprimir de la Planta de Personal del Ministerio del Medio Ambiente, creada mediante el Decreto 2298 de 1994 los cargos que se establecen a continuación: No de cargos Denominación del empleo Código Grado Despacho del Ministro 1 Ministro 0005 5 Asesor 1020 12 3 Asesor 1020 10 1 Técnico Administrativo 4065 14 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Conductor Mecánico 5310 19 2 Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro 5230 25 1 Secretario Bilingüe 5235 26 1 Auxiliar de Servicios Generales 5335 09 Despacho del Viceministro 1 Viceministro 0020 3 Asesor 1020 12 1 Profesional Especializado 3010 19 1 Profesional Especializado 3010 17 1 Secretario Bilingüe 5235 26 1 Técnico Administrativo 4065 14 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 2 Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 24 1 Conductor Mecánico 5310 19 Planta Global 1 Secretario General 0035 22 15 Asesor 1020 11 14 Asesor 1020 09 3 Asesor 1020 08 6 Director Técnico 0100 21 7 Subdirector Técnico 0150 19 5 Jefe de Oficina Asesora de Ministerio 0125 17 3 Jefe División 2040 23 19 Profesional Universitario 3020 09 31 Profesional Especializado 3010 14 33 Profesional Especializado 3010 16 36 Profesional Especializado 3010 17 30 Profesional Especializado 3010 19 17 Técnico Administrativo 4065 14 8 Técnico Administrativo 4065 15 3 Auxiliar Administrativo 5120 08 13 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Auxiliar de Servicios Generales 5335 09 1 Conductor Mecánico 5310 11 6 Conductor Mecánico 5310 15 1 Conductor Mecánico 5310 19 20 Secretario Ejecutivo 5040 20 12 Secretario Ejecutivo 5040 21 7 Secretario Ejecutivo 5040 22 1 Secretario Bilingüe 5235 26

Artículo 2º

º. Las funciones propias del Ministerio del Medio Ambiente, serán cumplidas por la Planta de Personal que se establece a continuación

Artículo 3º

º. El Ministro del Medio Ambiente distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura interna, los planes y programas adoptados por el Ministerio y las necesidades del servicio.

Artículo 4º

º. La incorporación del personal a los empleos de la Planta de Personal de que trata el presente Decreto, se sujetará a la disponibilidad presupuestal.

Artículo 5º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2298 de 1994, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y las legales conferidas en el artículo 15 del Decreto 1687 de 1997 Publíque se y cúmplase
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Viceministro del Medio Ambiente, encargado de las funciones del Despacho del Ministro
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública