Micelio

decreto 3668 de 1954

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que según el Decreto número 0981 del 26 de marzo, por el cual, se distribuyen las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Nacional de Educación Física Masculina

Considerando · 4 motivos

Que según el Decreto número 0981 del 26 de marzo, por el cual, se distribuyen las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Nacional de Educación Física Masculina; se asigna la suma de $ 37 080.00 moneda corriente, para el pago de 41 becas para alumnos a razón de $ 90.00 mensuales;

Que por diferentes motivos ha quedado un saldo de $5.130.00 en el renglón de becas.

Que la partida asignada para material es insuficiente para atender a las muchas y urgentes necesidades de la Escuela, y;

Que tanto el renglón de becas como el de material están contemplados en el citado Decreto de distribución, dentro del Capítulo 96, artículo 1620 del Presupuesto Nacional vigente;

Artículo 1Cancélanse Las Siguientes Becas En La Escuela Nacional De Educación Física Masculina, Así: Febrero 7 A $ 90

° Cancélanse las siguientes becas en la Escuela Nacional de Educación Física Masculina, así: Febrero 7 a $ 90.00 $ 630.00 Marzo 4 a 90.00 360.00 Abril 5 a 90.00 450.00 Mayo 4 a 90.00 360.00 Junio 4 a 90.00 360.00 Julio 4 a 90.00 360.00 Agosto 5 a 90.00 450.00 Septiembre 8 a 90.00 720.00 Octubre 8 a 90.00 720.00 Noviembre 8 a 90.00 720.00 Totales 57 a $ 90.00 c/u 5.130.00

Artículo 2Autorízase El Gasto De La Suma De Cinco Mil Ciento Treinta Pesos ($ 5

° Autorízase el gasto de la suma de cinco mil ciento treinta pesos ($ 5.130.00) moneda corriente, del Capítulo 96, artículo 1620 del Presupuesto Nacional vigente, del Capítulo 96, artículo 1620, en materiales, de acuerdo con la siguiente distribución: Mensual. Total Servicio de energía, agua, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, pago de conferencias, drogas, excursiones, jornales, trofeos, publicaciones, imprevistos y demás gastos, en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1954 $ 1.710.00 $ 5 130.00 Total $ 5.130.00

Parágrafo

Queda en esta forma modificado el Decreto número 0981 del 26 de marzo de 1954. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional