Micelio

decreto 18791009 de 1879

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Artículo 1

Art. 1 .° En todas las escuelas oficiales de la Union se enseñará la Moral universal, con la estension que permitan en cada una de ellas la edad i los conocimientos de sus alumnos.

Artículo 2

Art. 2. ° A este decreto se dará inmediato cumplimiento, si el Poder Ejecutivo tiene a bien aprobarlo. Bogotá, octubre 9 de 1879. Antonio Ferro. El Secretario, Pedro V. Londoño. Es copia-El Secretario, Pedro V. Londoño. Despacho de lo Interior i Relaciones Esteriores-Bogotá, 14 de octubre de 1879. Aprobado-Rico.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario, Pedro V. Londoño