Artículo 1Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Presente Vigencia Fiscal: Departamento Administrativo De Planeación Y Servicios Técnicos
° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal: Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos. Contracréditos. Capitulo 655. Personal y Material. Gastos generales en bienes y servicios. 106. Del artículo 6555. Viáticos y gastos, de transporte del personal de nómina del Consejo Nacional de Política Económica y Planeación, del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos y de Expertos enviados por Organismos Internacionales, y los del Departamento, cuando viajen en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores $ 35.000.00 Suman los contracréditos $ 35.000.00 Créditos. Capítulo 655. Personal y material. Gastos generales en bienes y servicios. 106. Al artículo 6556. Portes aéreos y terrestres, empaques, acarreos, a seguros y transportes de elementos y demás gastos -menores similares inherentes a estos servicios, en la presente vigencia y anteriores $ 5.000.00 106. Al artículo 6558. Servicio telefónico local, de alumbrado y fuerza eléctrica, acueducto, aseo y desinfección, materiales, traslados y demás gastos de sostenimiento y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 25.000.00 105. Al artículo 6563. Gastos de conservación, aseguro mecánico, reparación y repuestos del equipo mecánico y mobiliario, reparaciones, menores y adaptación de locales al servicio del Consejo Nacional de Política Económica y Planeación y del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos, y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 5.000.00 Suman los créditos $ 35.00.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,