El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3º del artículo 120 de la Constitución Nacional
Artículo 1º Derogar El Decreto 1825 De Agosto 6 De 1990, Por El Cual Se Reglamenta El Sorteo Extraordinario Anual A Que Tienen Derecho Las Loterías Ordinarias Que Trata La Ley 64 De 1923, Decreto 877 De 1953, Artículo 2°
º Derogar el Decreto 1825 de agosto 6 de 1990, por el cual se reglamenta el Sorteo Extraordinario anual a que tienen derecho las loterías ordinarias que trata la Ley 64 de 1923, Decreto 877 de 1953, artículo 2°.
Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3º del artículo 120 de la Constitución Nacional
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud